Esta entrada ha sido escrita por Marta Martínez Muñoz, socióloga y fundadora de Enclave. @DDHH_Infancia
Foto del proyecto "Bana Poveda" de reinserción de niños de la calle en Kinshasa, extraída de informe de Experiencias de En Clave.
En los primeros días del próximo mes de marzo, tendrá lugar en Paraguay el IX Encuentro Latinoamericano y del Caribe de Niñas, Niños y Adolescentes Trabajadores, en el cual participarán un buen numero de movimientos nacionales de diferentes países de América Latina como Argentina, Bolivia Colombia, Ecuador, Perú, Paraguay, México, Venezuela. Una expresión poderosa de organización política de este colectivo con los que comparto experiencias solidarias desde hace más de 15 años.
El primer antecedente de estos encuentros se remonta al Perú de 1988, donde tuvo lugar la primera edición y coincidiendo con la celebración del 10 aniversario del MANTHOC (Movimiento de Adolescentes y Niños Trabajadores Hijos de Obreros Cristianos). A partir de entonces, se inicia una serie de encuentros que daría lugar a la creación del Movimiento Latinoamericano y del Caribe MOLACNATs. Tal y como se recoge en la presentación, este IX encuentro se celebrará en un contexto singular en la región debido a la reciente aprobación por parte de Bolivia del Nuevo Código de la Niñez y Adolescencia, siguiendo la tendencia de discusión, revisión y cambio de los Códigos que se está dando en varios países de América Latina, luego de 20 años de la aprobación de la CDN. Un proceso que no ha estado exento de polémica por parte de quienes hacen un análisis limitado del binomio infancia-trabajo, ya que reconoce formalmente al sector de los NATs y contempla mecanismos de sistemas de protección.
El nuevo Código boliviano fue aprobado por el Parlamento del Estado Plurinacional de Bolivia el 2 de julio de 2014 y contempla el trabajo infantil a partir de 14 años y reconoce, bajo determinadas condiciones y excepciones, el trabajo a partir de los 10 años, y el aporte del trabajo a la economía familiar como un espacio de dignidad y socialización. Tanto en el debate previo como en su posterior desarrollo y redacción, hay que resaltar que la UNATSBO (Unión de Niños y Adolescentes Trabajadores de Bolivia) ha tenido un rol definitorio, un movimiento que agrupa a más de 10.000 NNA, y miembro del MOLACNATs.
Es necesario precisar que el reconocimiento del trabajo a partir de determinadas edades conlleva la aplicación de leyes que protejan las condiciones bajo las cuales se realiza la actividad laboral, pero que no se trata de una legalización del mismo, sino de proteger de iure y de facto a los niños y niñas que tienen que trabajar. Una discusión que va más allá de las fronteras latinoamericanas, como así lo refleja el debate que tuvo lugar el pasado 21 de enero en el Parlamento Europeo, en el marco de la Comisión de Desarrollo (Committee on Development-DEVE) y en el que el embajador de Bolivia en la UE, junto a otros expertos, defendió este código.
Si bien el comité de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aún no se ha pronunciado al respecto (lo hará en febrero de 2015), las dudas en cuanto al respeto de Bolivia por los derechos de los niños están en el aire en la Eurocámara desde el verano. Quienes se oponen al sentido de esta ley esgrimen el argumento de que puede conllevar una legalización del trabajo temprano, y, por lo tanto un posible incumplimiento de las convenciones internacionales. Sin embargo tanto desde UNICEF como por parte de otras organizaciones, se entiende como un elemento innovador porque contempla una mirada más cercana a las realidades socioculturales de los NATs, y persigue la erradicación de las causas que generan pobreza extrema y, por tanto, las peores formas de trabajo infantil.
Las medidas abolicionistas/erradicacionistas que se remontan a la creación de la OIT en 1919, tanto programáticas como legislativas, se han demostrado insuficientes para erradicar el mal llamado “trabajo infantil”, y especialmente desde que en el año 1992 se iniciara el programa IPEC (por sus siglas en inglés del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil). Y es que la prohibición no sólo no ha dado los frutos esperados, sino que ha tenido un efecto negativo para los NATs al no implantarse las medidas de protección necesarias que garanticen sus derechos, y al contribuir a la criminalización de los mismos niños y niñas y de sus padres, por actuar fuera de la ley.
Un fenómeno que en Europa cuenta con más de dos siglos de historia, que exige tanto medidas de protección social como aquellas que aseguren, por ejemplo, el derecho a la educación de quienes trabajan desde edades tempranas en condiciones de desprotección. Un fenómeno en el que la prohibición ha contribuido más a su invisibilización y clandestinidad y, por tanto, a generar mayores condiciones de explotación y vulneración de sus derechos. Un fenómeno en el que sus principales protagonistas, los NATS, deben ser tomados en cuenta de forma responsable por los adultos como ha sucedido en Bolivia con la audaz puesta en marcha de este enfoque en el nuevo Código. Pese a ello habrá quienes lo entiendan como un intento de legalizar el “derecho al trabajo” y no como una apuesta por la protección los derechos de los niños y niñas mientras trabajan.
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