La renuncia a la exigencia del Impuesto sobre el Patrimonio. César Martínez

Por: | 29 de agosto de 2012

CÉSAR MARTÍNEZ SÁNCHEZ. Investigador del Área de Derecho Financiero y Tributario de la UAM.

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A fin de reducir el déficit público, últimamente se están sucediendo notables subidas de impuestos (de forma señalada el IVA), así como importantes recortes en las partidas presupuestarias de gasto.  Esta crisis fiscal se está manifestando con especial virulencia en las comunidades autónomas, alguna de las cuales tendrá que recurrir a la ayuda estatal para afrontar los pagos más inmediatos. En este contexto, llama poderosamente la atención el hecho de que las Islas Baleares, Madrid y la Comunidad Valenciana mantengan una bonificación del 100% sobre la cuota del Impuesto del Patrimonio (en adelante, IP). Esto es, dichas comunidades han renunciado completamente a los ingresos que podrían obtener por dicho tributo. Este "regalo fiscal" es especialmente controvertido -a nuestro juicio, rayando en lo obsceno- si se tiene en cuenta que, tanto la Comunidad Valenciana como las Islas Baleares, son dos de las comunidades autónomas más endeudadas de toda España (en términos relativos, la segunda y cuarta respectivamente).

Sería muy deseable que los responsables políticos de las comunidades autónomas que han renunciado al IP explicaran por qué dejan de exigir este tributo, que grava a los ciudadanos más acaudalados, al tiempo que realizan recortes de gasto en materias importantes como la sanidad o la educación.

En su momento se utilizaron dos argumentos para defender la obsolescencia de este tributo: la supuesta incompatibilidad entre la globalización y el IP y, por otro lado, la inadecuación del IP respecto de los objetivos que perseguía. Como ya sostuvimos en un trabajo anterior acerca de este impuesto, no podemos admitir esta argumentación.

En cuanto a lo primero, quizá se estaba haciendo referencia a la posibilidad de que, dentro de la llamada competencia fiscal internacional, la existencia del IP podría favorecer la temida fuga de capitales o, en su caso, el desincentivo de las inversiones extranjeras. Sin embargo, esta afirmación no parece acertada puesto que el IP, en su modalidad de obligación personal, se refiere a todos los bienes, estén donde estén, poseídos por los residentes en España. Así, a pesar de que en los hechos puedan existir problemas con el intercambio de información, los residentes en España están tan obligados a contribuir por los bienes que estén en territorio nacional, como por los que se encuentren en el extranjero. Precisamente, no hace mucho que se ha anunciado la obligación de que todos los ciudadanos declaren cuantos bienes tengan en el extranjero. La cuestión es más clara todavía en lo que se refiere a la obligación real por los bienes inmuebles que radiquen en nuestro país. En este caso, no hay peligro de que estos bienes escapen del control de Hacienda ya que, por su propia definición, no son susceptibles de ser trasladados.

En cuanto a que el IP ya no cumple los motivos para los que se creó, hemos de recordar previamente que las finalidades del mismo son cuatro: conseguir una mayor equidad en la carga tributaria; fomentar una utilización más productiva del patrimonio; procurar una mejor distribución de la riqueza y, por último, servir de complemento al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

La afirmación de que el IP trata de conseguir mayor equidad se puede comprender mejor a través de un ejemplo: A y B perciben la misma renta a lo largo de un año, por lo que, a priori, habrán de satisfacer la misma cuota de IRPF. Sin embargo, A posee un patrimonio preexistente, mientras que B no lo posee. Pues bien, parece sensato sostener que la posesión de ese patrimonio hace que A tenga una mayor capacidad económica que B, a pesar de que perciban rentas idénticas. De ahí que se establezca un gravamen sobre el patrimonio que, en nuestro ejemplo, sólo debería ser satisfecho por A y no por B.

Por otro lado, a través de la exención del patrimonio afecto al ejercicio de actividades económicas, el IP trata de incentivar a los poseedores de un patrimonio a que hagan un uso productivo de él y no sólo meramente acumulativo. Esta pretensión se ve reforzada por el hecho de que actualmente las rentas provenientes de ahorro gozan de un tratamiento privilegiado frente al resto de rentas.

Asimismo, se ha de tener presente que los estudios empíricos realizados en España muestran que los impuestos directos, y entre ellos el IP, presentan un carácter progresivo que coadyuva a una mejor distribución de la riqueza en nuestro país.

Igualmente, parece acertado sostener que el IP ayuda a una mejor gestión administrativa del resto de impuestos puesto que sirve como instrumento para combatir la defraudación, ya que permite un control recíproco de rentas y patrimonios y, a su vez, establece los índices de valoración que serán tomados como referencia en otros impuestos.

De igual modo, la afirmación relativa a que el IP es un tributo que pagan exclusivamente las clases medias, que nunca fue completamente cierta como ya demostramos, se hace insostenible al haberse elevado el mínimo exento hasta un patrimonio neto individual de un millón de euros (700.000 más 300.000 de la vivienda habitual).

En definitiva, aunque se trate de un impuesto mejorable, no entendemos por qué se renuncia a exigir este tributo, ya que es un instrumento idóneo para que, tal y como ordena la Constitución, los sujetos con mayor capacidad económica colaboren al sostenimiento de los gastos públicos.

Hay 5 Comentarios

Estimado Ramón:
En efecto, el actual IP declara exenta la vivienda habitual hasta 300.000 euros. El patrimonio afecto a actividades económicas también está exento y, además, los primeros 700.000 euros tampoco son sometidos a tributación.
En consecuencia, a pesar de lo que puedan decir personas mal informadas o malintencionadas, el ciudadano medio no ha de pagar el IP.
Gracias por su comentario.

El impuesto sobre el patrimonio, es decir, sobre los bienes inmuebles, es un instrumento idóneo para controlar los movimientos de fondos. Ahora bien, no es lo mismo poseer una vivienda para habitarla que poseer varias viviendas con fines lucrativos. Lo mismo puede aplicarse a locales con fines comerciales o industriales ajenos a la actividad de la empresa que se posea. Y muy importante, que el gravamen fiscal no se aplique para ciertos tipos y niveles de valores patrimoniales.

Estimada Anaa:

Comparto su preocupación por la eficiencia del gasto público pero, como bien dice, es una cuestión distinta de la existencia del IP. En cuanto a que penaliza el ahorro, imagino que sabe que el IRPF dispensa un trato más favorable a las rentas del ahorro que al resto. Por otro lado, el IP no grava el ahorro sino la acumulación de un patrimonio neto individual superior al millón de euros. El pequeño empresario que ahorra cincuenta o cien mil euros no tiene que pagar el IP.
Gracias, en todo caso, por su comentario.

Yo estoy a favor de la utilización del Impuesto sobre el Patrimonio, pero debo reconocer al mismo tiempo mi preocupación por su uso en manos de gobernantes insensatos.
Este impuesto es concebido por algunos como un instrumento para financiar gasto público sin necesidad de acudir a los mercados (“que paguen los ricos”), por lo que el gobernante manirroto siempre tendrá tendencia a bajar los mínimos, cuando desde mi punto de vista debe limitarse a patrimonios muy elevados, no debe gravar pequeños patrimonios formados con los ahorros de remuneraciones medias. El ejemplo que pone el autor (A tiene un patrimonio pre-existente) es claro, pero lo habitual en nuestro país es que el patrimonio de A se haya formado con ahorros e inversiones, en vez de optar como B por el simple, fácil y gratificante a corto plazo gasto.
Por otra parte, este impuesto mal estructurado puede retraer el ahorro y la inversión. Si para crear un pequeño negocio debo antes ahorrar una parte de lo que me va a costar la instalación y ese ahorro se va a ver disminuido todos los años por impuestos, es indudable que desincentiva el ahorro y la inversión y fomenta que me gaste el dinero en cuanto lo gane.

No es nada raro que en la selva humana los mas poderosos en términos económicos (los mas ricos) sean los verdaderos depredadores. Esos mangantes usan a los políticos, a los cuales sobornan, para mantener su avaricia y agrandar su poder. Tal como va el mundo creo que las hienas humanas tienen sus días contados.

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