Una prioridad en materia sanitaria

Por: | 21 de septiembre de 2016

JAVIER REY (*)

 

 

HospitalFachada del hospital de la Paz

 

Pese a los problemas estructurales que padece el Sistema Nacional de Salud, incluídos los de carácter económico, su situación no ha sido objeto de atención específica ni en la campaña electoral anterior, ni en la más reciente. Las únicas propuestas formuladas respecto al SNS, soslayando los problemas de fondo, han ido dirigidas a resolver algunas de las cuestiones más llamativas planteadas derivadas del RD-Ley 16/2012, el que aplicó los recortes en el terreno sanitario. En contraste, la población española sigue considerando dichos problemas entre los que más afectan de hecho su vida cotidiana en los barómetros mensuales del CIS, las quejas a la Oficina del Defensor del Pueblo, o las denuncias publicadas en los medios de comunicación.

Un factor que contribuye a esta dicotomía entre los intereses de la ciudadanía y las actuaciones de los partidos políticos ha sido el acercamiento de éstos últimos a los intereses de los altos cargos y de los cuerpos de funcionarios que constituyen un soporte principal a sus gobiernos. En el terreno sanitario esto se ha traducido en el mantenimiento de un régimen de protección sanitaria diferenciada para las Mutualidades de funcionarios (MUFACE, MUGEJU e ISFAS), que permite cubrirla con seguros privados, como un mecanismo especial de captura del regulador por el regulado.

Los efectos sanitarios de esa situación especial y otras semejantes en términos de desigualdades en el acceso a los servicios sanitarios, sobre todo a la atención especializada, se vienen describiendo desde hace tiempo, reproduciendo un patrón semejante al que se da en otros países: la capacidad de acceder a seguros privados incrementa las desigualdades en el acceso a los servicios de salud. Trabajos más recientes con datos procedentes de las Encuestas Nacional y Europea de Salud permiten confirmar que la población cubierta por el SNS, además de hacer un menor uso de los servicios especializados, espera casi el doble en promedio que la cubierta por las mutualidades para consultar con el especialista (54 días frente a 30), y que las diferencias en el tiempo de espera antes de un ingreso hospitalario entre unos y otros son más de 4 veces menores a favor de los mutualistas (1,4 meses frente a 5,8). Por otra parte, comparada con los mutualistas, la población cubierta por el SNS presente un peor estado de salud autopercibido y una mayor presencia de enfermedades crónicas. El SNS concentra una población con menor nivel de renta, más factores de riesgo para la salud, e incluso un menor grado de apoyo social y posibilidades de contribuir al cuidado de los enfermos.

 

Con todo, más allá de las inequidades que genera, el efecto más importante de la persistencia de esos sistemas de protección diferenciada, cuya desaparición estaba prevista en la Ley General de Sanidad (LGS) de 1986, es su impacto político de carácter profundamente antidemocrático: a los colectivos cubiertos por esos sistemas especiales se les dota de la capacidad de intervenir de manera decisiva en la definición de las reglas que se aplican a la organización y gestión del SNS, incluídas las de carácter económico (como el sistema de financiación, o los recortes), a la vez que, al disponer de sus propios dispositivos y recursos asistenciales privados, quedan excluídos de las consecuencias de las medidas que se aplican a quienes reciben la atención sanitaria del propio Sistema. Entre esos grupos se encuentran ministros, cargos y funcionarios de todos los Ministerios, y en especial de aquéllos que gestionan las tres Mutualidades funcionariales de manera independiente del Mº de Sanidad, que sólo coordina y “gestiona” el SNS. 

Mantener esa situación sin incluir esos sistemas en éste, como preveía hace ya treinta años la LGS, y después el Pacto de Toledo, ha sido un criterio legal sostenido de manera expresa por los dos partidos que han ejercido desde entonces el gobierno de la nación: tanto el PSOE, en la Ley 33/2011, General de Salud Pública, como el PP, en el propio RD-Ley 16/2012, incluyeron una cláusula de contenido literal idéntico, estableciendo que “lo dispuesto en (otros apartados) no modifica el régimen de asistencia sanitaria de las personas titulares o de beneficiarias de los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por MUFACE, MUGEJU o ISFAS, que mantendrán su régimen jurídico específico”. La aplicación de esas cláusulas sucesivas ha tenido efectos diversos:

1) Ha servido para mantener la atención sanitaria de esos grupos de población como prestación del sistema de Seguridad Social, rompiendo el criterio de diferenciación universal de las prestaciones no contributivas de aquélla previsto en el Pacto de Toledo.   Desde un punto de vista más concreto, ha permitido excluir de la elevación de los copagos farmacéuticos previstos en el RD-Ley 16/2012 a los copagos diferenciados en esa misma materia de que disponen esos regímenes. Por su parte, la exportación de riesgos y el cambio de pacientes al SNS a coste cero han aumentado las disponibilidades presupuestarias de las Mutualidades, permitiéndoles elevar las primas de los conciertos con las compañías aseguradoras sanitarias (un 5,1% entre 2015 y 2017),al tiempo que se practicaban los recortes económicos que desde 2011 ha sufrido el SNS.

2) La financiación mutualista a las aseguradoras constituye una contribución sustantiva para su sostenibilidad económica, aunque no cuantitativamente principal, pues los ingresos por pólizas de asistencia sanitaria de las mutualidades suponen ahora alrededor del 20% de los ingresos de esas compañías. Pero además contribuye, de manera aún más decisiva, a la capacidad de influencia de éstas sobre la definición del futuro del SNS, en cuya gestión participan de manera directa e indirecta, a través de fórmulas específicas de gestión de determinados centros de ciertas CCAA. Y sobre todo es la base para defender la necesidad de su participación complementaria para garantizar la sostenibilidad del SNS a través de modelos, como el de las mutualidades, que, sin embargo,                                                                                                                                                                                                                                          resultan imposibles de generalizar, tanto por razones de costes como organizativas y competenciales, en el conjunto del SNS.

3) El efecto quizás más negativo del mantenimiento de esas formas de atención sanitaria diferenciada para quienes, por otra parte, gobiernan el sistema común, es su contribución a romper la imagen constitucional de una protección sanitaria universal e igual para todos que, además de condiciones legales, requiere de condiciones de ejemplaridad democrática. Condiciones que, al igual que lo que está ocurriendo con el sistema judicial, deberían alcanzar incluso a las más altas instancias del poder del Estado , en un momento político en el que el rechazo a las élites parece constituir una de las razones principales de muchas decisiones no previstas adoptadas mediante votación popular.

4) Por otra parte, el mantenimiento de esos sistemas de protección diferenciada está por sí mismo puesto en cuestión también por razones económicas, pese al incremento presupuestario efectuado en los últimos años en concepto de “aportaciones del Estado” para compensar la reducción del número de mutualistas. Esta última es una tendencia que no se debe sólo, aunque sí principalmente, al envejecimiento de la población cubierta por las mismas, que está provocando en los últimos años jubilaciones masivas de personal, que deja así de aportar sus cotizaciones a las Mutualidades. Ni tampoco sólo a la eliminación de las situaciones de doble cobertura (mutualidad +SNS) no legales (lo son , por la naturaleza contributiva mutualista, las de los pluriempleados o “plurijubilados” fuera de la Administración), denunciadas por el Tribunal de Cuentas hace años, que se van reduciendo merced a cruces de las relaciones de población cubierta (titulares y beneficiarios) por cada uno de esos sistemas, y otros ajustes: unas operaciones que, según las propias aseguradoras, dieron lugar a una caída de 400.000 mutualistas entre 2002 y 2006. A esos factores se suma la elevación progresiva del número de funcionarios que también desde hace años opta de manera estable por recibir su atención a través del SNS .

Aunque no quepa esperar cambios en el plazo legislativo más inmediato, hay que recordar dos pasos necesarios para pasar desde la situación actual de gestión independiente de las Mutualidades a su integración plena en el SNS que se deben ir dando:

1) La cesión de las bases de datos de cobertura sanitaria de las mutualidades a la base de datos de población protegida por el SNS, que, debería ser transferida en su conjunto desde el INSS al Mº de Sanidad. Eso permitiría reducir hasta hacerlas desaparecer las duplicidades de cobertura entre ambos sistemas, díficiles de estimar, pero que siguen existiendo.   

2) En tanto se producen los ajustes legales necesarios para convertir la prestación sanitaria hoy contributiva de las mutualidades en una prestación universal vinculada a la condición de ciudadanía española, los órganos que gestionan aquélla, y los presupuestos que gestionan, deberían integrarse con el rango y la independencia adecuados en el organigrama del Mº de Sanidad, con el fin de facilitar la integración progresiva de las prestaciones sanitarias de las mutualidades con las del SNS. Una medida semejante se ha adoptado en Portugal, donde se daba una situación similar de funcionarios civiles y militares dotados de sistemas diferenciados de protección sanitaria.  

Por otra parte, hay dos cuestiones que deberían ser en todo caso objeto de atención pública en un plazo más o menos inmediato:

1)Por razones de equidad cuya vulneración no se debe tolerar de nuevo, es necesario garantizar que el personal incluído en la protección de las mutualidades no quede excluído de medidas personales iguales a las que pudieran aplicarse a la población cubierta por el SNS, en caso de tener que adoptar medidas de recorte sanitario para la reducción del déficit. Tales medidas han sido excluídas verbalmente por todos los partidos, como ocurrió en 2012, pero si fueran aplicadas luego por quien ejerza el gobierno, las diferencias de trato habidas entonces resultarían ahora por completo inaceptables.

2) Por las mismas razones, debe ser objeto de control público atento la renovación del acuerdo entre las mutualidades y las aseguradoras privadas, que en principio se desarrollará a lo largo de 2017, de manera que se eviten condiciones materiales y económicas privilegiadas para el sostenimiento de las mutualidades.

Si el gobierno que se forme no es capaz de adoptar medidas en esas líneas, o los partidos que ejerzan la oposición no las demandan, y unos u otros pretenden volver a mostrar verbalmente su interés y compromiso supuestos por la sanidad y los servicios sanitarios de este país, no merecerán otra respuesta que la de los versos del poeta León Felipe: “No me cuenten más cuentos”.  

 

(*) Javier Rey es doctor en Medicina 

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