Stefano Ussi, 1867, pintura sobre la ópera de Donizzetti "Pia de' Tolomei", citada en el canto V del Purgatorio en La Divina Comedia.
El abogado Jesús María Silva, tras conocer la convocatoria de su clienta, la infanta Cristina, para que preste declaración el próximo 8 de marzo, ha dicho sobre el auto de imputación, dictado por el juez José Castro, que no descarta la posibilidad de que acuda a prestar declaración.
"Ya que tantas ganas hay de oírla, pues que lo cuente. Es una posibilidad que no descarto".
Añadió, como ya había anticipado un rato antes su colega Miguel Roca, quien asume la portavocía de facto de la infanta, que, "en principio, obviamente recurriremos, pero hay que valorar si el recurso es procedente o no".
Silva ha ido más allá al decir que el proceso judicial es "una especie de infierno, de purgatorio casi". Esto, pues, va de sufrimiento.
La palabra utilizada por el jefe de la Casa del Rey, Rafael Spottorno, el viernes 4 de enero de 2014, para definir lo que le está cayendo a la Corona como institución ha sido la de un "martirio".
La Real Academia Española da estas cuatro definiciones de martirio:
1 m. Muerte o tormentos padecidos por causa de la religión cristiana.
2 m. Los sufridos por cualquier otra religión, ideales, etc.
3 m. Dolor o sufrimiento, físico o moral, de gran intensidad.
4 m. Trabajo largo y penoso.
Pero, volvamos a Silva, que es el penalista a pie de obra.
Ha dicho: "Tenemos muchos argumentos para sostener que la imputación no es adecuada a derecho". Y como Spottorno hace unos días, ha criticado que el proceso judicial se esté alargando tanto.
A propósito del Purgatorio, Dante escribe en La Divina Comedia (117):
De movernos estamos tan ansiosos
que parar no podemos; tú perdona
si la justicia te es descortesía.
Cualquier ciudadano tiene derecho a una justicia sin dilaciones.
Es un derecho constitucional. Pero los argumentos utilizados por el jefe de la Casa del Rey y el letrado Silva transmiten la idea de que el juez Castro está obsesionado con la infanta y que es él quien está dilatando la instrucción.
Sería un hecho grave que estuviera en curso una violación del debido proceso.
Pero la verdad es otra: el juez se ha visto obligado por un auto de la Audiencia de Palma, mayo de 2013, a investigar los posibles delitos fiscales y de blanqueo de capitales.
A la luz de lo que se tarda en investigar y de los informes técnicos que se requieren, nadie puede sostener de manera justificada que el juez Castro ha dilatado o alargado indebidamente la investigación de estos dos posibles delitos, de mayo de 2013 hasta diciembre de 2013.
"Ya que tantas ganas hay de oirla", recuerda no sin sorna Silva.
¡Vaya descortesía de la Justicia que representa el juez Castro!
¿Pero qué pasa aquí?
¿Es que el juez Castro está violando un derecho soberano, inexistente, el derecho sacrosanto de la infanta Cristina a no declarar ante la Justicia?
¿Es que de verdad se quiere blindar su estatus por encima de la ley?
El juez Castro, si se hace caso de la frivolidad de algunos presuntos primeros espadas del derecho español, debería entonar un mea culpa:
...tú perdona
si la justicia te es descortesía
En el auto, el juez Castro señala, página 116, que resulta "inadmisible que se pretenda adornar la convocatoria de personajes públicos, especialmente aquellos vinculados a Instituciones Centrales del Estado, de un especial cuidado en el momento de valorar la solidez de los posibles indicios que hipotéticamente habrían de conducir a su convocatoria, tal como se ha llegado a argumentar en el seno de esta pieza separada [caso Instituto Nóos-Iñaki Urdangarin]."
Ante esto, el juez dice: "Si por "especial cuidado" se ha de entender aquél del que en circunstancias no especiales se carece estaríamos bendiciendo la institucionalización de imputaciones especialmente cuidadosas frente a otras que no lo son, simplemente por la diferente repercusión social de la imputación lo que, si bien es cierto que así suele acontecer, nunca debe propiciar una diferencia en el trato judicial, siendo los personajes públicos quienes están llamados a observar ese especial cuidado para no situarse en órbitas que pudieran resultar cuando menos comprometedoras".
Y frente a aquellos que ahora reprochan al juez de ir por su cuenta, ya que solamente una de las acusaciones personadas ha solicitado la imputación de la infanta, habida cuenta de la muralla china que intentan erigir contra su declaración la Fiscalía General del Estado, la Abogacía del Estado y la Agencia Tributaria, el auto recuerda el abecé de una instrucción sumarial.
"Tampoco se le exige a la decisión judicial el que venga precedida de una previa petición o excitación de celo procedente del Ministerio Fiscal o de las restantes partes acusadoras, tanto porque no se pretende la adopción de medida alguna privativa o restrictiva de derechos fundamentales, como por hallarnos en la fase de instrucción en la que, salvo supuestos legalmente previstos, no rige el principio acusatorio formal", afirma el juez.