Sobre el autor

, Buenos Aires, 1949. Ha trabajado, por este orden, en redacciones de televisión, revistas semanales y diarios en Argentina; trabaja, desde hace 36 años en Madrid, en diarios, revistas, radio y televisión. Ha escrito ocho libros.

Las materias de Analítica son
las de un viejo proverbio latino:
"Nada humano me es ajeno"...

Sobre el blog

El periodismo para seguir siéndolo debe ser Periodismo Analítico... O no será. El viejo adagio según el cual los periodistas son como mínimo tan buenos como sus fuentes requiere una actualización. Necesitamos, según dice el profesor norteamericano Mitchell Stephens, periodistas con cinco cualidades: Informados, Inteligentes, Interesantes, Industriosos, y, sobre todo, Perspicaces.

Periodismo analítico

Libros

Queríamos tanto a Luis
Terminada la investigación judicial, el relato más completo de la relación entre Luis Bárcenas y el presidente del PP y del Gobierno de España, Mariano Rajoy.

El caso Bárcenas (Editorial Espasa, 2013)
El autor sigue los rastros del tesorero nacional del Partido Popular desde su imputación en la trama corrupta de Francisco Correa.

Sed de Poder .La verdadera historia de Mario Conde (Espasa, 2012)
La crisis de Bankia y del sistema financiero español es una ocasión para revisitar la historia del ex presidente del Banco Español de Crédito (Banesto), destituido junto con su consejo de administración a finales de noviembre de 1993.

Indecentes. Crónica de un atraco perfecto (Espasa, 2012)
El relato, a partir de entrevistas e información inédita, hace un viaje hacia la gestación y estallido de una crisis que dará lugar a la Gran Depresión que afecta a la economía y la sociedad española.

Yo, Augusto (Aguilar, 2003)
Tras obtener, en abril de 2000, el Premio Ortega y Gasset de periodismo por su cobertura del caso Pinochet en las páginas de EL PAÍS, el autor publica este libro en coincidencia con el XXX aniversario del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.

El Farol. La primera condena de Mario Conde (Temas de Hoy, 1997)
El 20 de marzo de 1997, la Audiencia Nacional condena a Mario Conde a seis años por los delitos de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil. El delito: el pago de una factura de 600 millones de pesetas (3,07 millones de euros) en 1990 a una sociedad domiciliada en Antillas Holandesas.

Vendetta (Plaza & Janés, 1996)
He aquí la violenta historia de dos financieros: Mario Conde y Javier de la Rosa. Practican el chantaje con un doble objetivo: añadir dinero a sus capitales fuera de España y neutralizar la acción de la justicia mediante presión sobre las instituciones.

Banqueros de rapiña. Crónica secreta de Mario Conde (Plaza & Janés, 1994)
Título premonitorio. La rapiña. Este libro analiza la crisis de Banesto, las maniobras para conseguir salvar la entidad mediante un acuerdo de ampliación de capital, la mayor de la banca española hasta entonces.

José María Ruiz-Mateos. El último magnate (Plaza & Janés, 1985)
Una radiografía del imperio oficial y clandestino, del magnate de Jerez.

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El `empleado´ Bárcenas

Por: Ernesto Ekaizer | 30 mar 2015

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La defensa letrada de Luis Bárcenas sostiene que ni los papeles o caja B o contabilidad B que el exgerente y ex tesorero llevó desde 1990 hasta 2008 deberían formar parte como pieza separada del caso Gürtel, ni constituyen un delito contra la Hacienda pública como sostiene en su auto de conclusión el juez Pablo Ruz. 

  Y, además, que, en todo caso, Bárcenas no era administrador ni representante del PP ante Hacienda. Porque los administradores del partido  "son aquellos en los que el Congreso del Partido Popular otorga los poderes generales".  

   Este es, en esencia, el recurso de reforma presentado por la defensa ante el propio juez. Una vez que el juez previsiblemente resuelva desestimarlo, la defensa podrá acudir en apelación a la sección cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional.

   El tema de la pieza separada ya ha sido zanjado por la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional en 2013. Pero he aquí que en aquel momento, los letrados de Bárcenas consideraron que el juez Ruz debía instruir los papeles publicados por éste periódico el 31 de enero de 2013.

  Los abogados Miguel Bajo y Alfonso Trallero propusieron que se instruyera en  Plaza de Castilla, sacando provecho de una denuncia de Manos Limpias.

   No ha sido el único recurso presentado. Una de las acusaciones populares personadas, Observatori Desc, cuestiona el auto del juez Ruz, tanto en lo que se refiere a la estimación de que los delitos contables y electorales han prescrito como a imputar exclusivamente a Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Cristóbal Páez, en su calidad de administradores o representantes del PP.

  El juez Ruz decía en su auto del pasado 23 de marzo al hacer las imputaciones por el pago en negro, sin tributar, de las obras de remodelación de Génova, que llegaron hasta primeros de 2010, que "cabe tener por presuntos responsables a sus administradores y socios [de la empresa Unifica] Gonzalo Urquijo y Belén García, así como a su empleada Laura Montero, así como del Partido Popular respecto de los hechos por los que cabe tener por presuntos responsables a sus empleados Luis Bárcenas (en su condición de gerente y después tesorero), Álvaro De Lapuerta (en su condición de tesorero) y Cristóbal Páez (en su condición de adjunto al gerente, y más tarde gerente de la formación política)".

      Esta definición de "empleados" es sugerente. Porque plantea el tema de los administradores de derecho tal cual se describe en el artículo 31 del Código Penal vigente en el momento de los hechos. 

   "El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente".

 http://blogs.elpais.com/analitica/2015/03/contabilidad-ilegal-pura-y-dura.html

  Sucede que al PP no se le puede sentar en el banquillo porque la ley para poder acusar a partidos políticos en tanto personas jurídicas sólo está vigente desde finales de 2012, anterior a los hechos presuntamente delictivos.

  En su escrito, la defensa de Bárcenas, plantea que "nuestro patrocinado no tiene la condición ni actuó en ningún momento como administrador o responsable legal de la formación política". Añade que "los administradores o legales representantes del Partido Popular son aquellos en los que el Congreso Nacional del Partido Popular otorga los poderes generales y habilitaciones especiales con carácter indistinto y solidario, con las más amplias competencias para la administración, disposición y representación de los bienes e intereses del Partido y para la comparecencia con plenas facultades ante todos los organismos de la Administración Pública".  Y remata: que "el Sr. Bárcenas no fue responsable ni lo ha sido nunca de la elaboración y conformación de las liquidaciones practicadas por el PP ante la Agencia Tributaria".

    ¿Qué dicen las escrituras aportadas por la asesoría jurídica del PP al juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional?

  El decimoquinto y el decimosexto Congreso Nacional del Partido Popular utilizan la misma fórmula. El primero, 12 de noviembre de 2004, en favor de Rajoy y de Ángel Acebes, presidente y secretario general, respectivamente.

  El segundo, de 1 de octubre de 2008, "otorga los poderes generales y habilitaciones especiales a D. Mariano Rajoy Brey y a Dña. María Dolores de Cospedal, Presidente Nacional y secretario general del Partido Popular, respectivamente, con carácter indistinto y solidario, con las más amplias competencias para la administración,disposición y representación de los bienes e intereses del Partido y para la comparecencia con plenas facultades ante todos los organismos de la Administración Pública y Tribunales de todo el Estado en todas sus jurisdicciones e instancias, en los términos que dichos poderes han sido conferidos con anterioridad y dentro de las previsiones estatutarias..."

   La defensa de Bárcenas plantea, según hemos apuntado, que él no ha sido nunca representante legal del PP.

   Sin embargo, la Agencia Tributaria remitió al juzgado un documento, a requerimiento del juez Ruz, el 15 de abril de 2013, en el que aportaba el llamado Modelo 036 o declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios.

 Este modelo decía: "Actualmente en el Censo figura como representante desde el 29/10/1997 Luis Bárcenas Gutiérrez. No se conserva el origen del dato".

  Otro dato aportado por la Agencia sobre los "participantes y participados" que el PP declara en el Impuesto de Sociedades en 1996-2005 es el nombre de Luis Bárcenas, el único como "administrador-socio".

  

 

 

Contabilidad ilegal, pura y dura

Por: Ernesto Ekaizer | 24 mar 2015

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    El juez Pablo Ruz ha confirmado, en su auto de conclusión de la investigación de los papeles secretos de Bárcenas, que el PP tuvo una caja b, o contabilidad b, entre 1990 y 2008.  Esto nos lleva a una conclusión elemental: el PP salió ileso del caso Naseiro en 1992 -el Tribunal Supremo anuló la instrucción sobre las comisiones ilegales- y sin solución de continuidad perfeccionó su sistema de financiación ilegal. Luis Bárcenas ya estaba allí con Rosendo Naseiro. Y siguió más tarde bajo la tesorería de Alvaro de Lapuerta Quintero, el hombre que cubrió la plaza de Naseiro por decisión de José María Aznar.

   Dice el juez, en el auto dictado este lunes, que se ha constatado "un sistema de financiación del Partido Popular llevado a cabo a través de aportaciones procedentes de fuentes privadas que, de forma sistemática, entre los años 1990 y 2008, habrían incumplido los límites, requisitos y condiciones establecidos en la ley, estando a cargo del gerente nacional del partido -el imputado Luis Bárcenas Gutiérrez - y del tesorero de la formación -el imputado - Álvaro de Lapuerta Quintero- desde 1993 hasta junio de 2008, siendo entonces sustituido en el cargo por Luis Bárcenas".

  Si los papeles publicados por EL PAÍS estremecieron a la opinión pública nacional e internacional en febrero de 2013, fuerza es reconocer que el auto del juez Ruz no es menos conmovedor. Porque relata cómo la investigación ha confirmado la mayor parte de las anotaciones manuscritas de Bárcenas, gerente has junio de 2008 y tesorero después de la convención de Valencia de aquel año.

   En cuanto a las donaciones ilegales, dice el juez que la investigación "permite dotar de suficiente apariencia de veracidad al conjunto de aportaciones económicas registradas y atribuidas a los querellados". Pero, al tiempo, señala que "no resulta posible establecer una vinculación o relación entre los ingresos por donaciones investigados y la adjudicación de contratos públicos a los presuntos donantes, la conclusión provisional deber ser a tal respecto la de la ausencia, por el momento, de suficientes indicios para estimar justificada la comisión de los delitos atribuidos a los distintos querellados, procediendo en consecuencia el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto de los mismos".

   Considera el juez como presuntos responsables de los delitos cometidos con la caja b del PP (donativos ilegales y pagos en negro de las obras de Génova) "a sus empleados Bárcenas (en su condición de gerente y después tesorero), Álvaro de Lapuerta (en su condición de tesorero) y Cristóbal Páez (en su condición de adjunto al gerente, y más tarde gerente de la formación)". Y si estas personas no pudieran reparar lo defraudado caso de sentencia condenatoria, el PP deberá pagar por ellos. Eso es ser responsable civil subsidiario.

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  Pero como dice Ruz, Bárcenas y los demás eran "empleados". La definición es muy pertinente. Porque por encima, los administradores de derecho, eran otras personalidades.

¿Quiénes eran los responsables/administradores según las escrituras aportadas por el PP al juzgado?

En 2004, ya Rajoy junto con Ángel Acebes.

 Y, ¿en 2008? Rajoy y María Dolores de Cospedal. Pero, a diferencia de Bárcenas, para ellos no se ha interrumpido el plazo de prescripción porque no se les imputó en su día.  

http://politica.elpais.com/politica/2015/03/22/actualidad/1427055795_548318.html

  Por tanto, si se les quisiera imputar  ahora como administradores responsables que habían delegado en sus "empleados", como los califica Ruz, ya no sería posible.

  Ruz hace un minucioso análisis de la obra en el cuartel general de Génova en los años 2007, 2008 y 2009, piso por piso.

  Y se detiene ampliamente en la séptima planta, la de Rajoy, con los trabajos y las múltiples facturas.

  ¿Se puede creer que el responsable de la administración del PP, Mariano Rajoy, y la secretaria general, María Dolores de Cospedal, también responsable, según la escritura de 1 de octubre de 2008, no supieran nada de cómo se financiaban y pagaban las obras ejecutadas a lo largo de varios años?

    Ustedes mismos.

La doble cara del `sentido común´

Por: Ernesto Ekaizer | 16 mar 2015

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   Mariano Rajoy ha vuelto a exhibir su talante favorito e ideal, el del sentido común, al hablar esta mañana sobre la imputación en nuestro sistema legal.

  "Hay imputaciones e imputaciones. La imputación no significa condena. Hace pocas fechas, el Tribunal Supremo ha archivado acusaciones contra dirigentes políticos importantes. El gran problema que tiene la imputación... y hacer que una persona no pueda presentarse a las elecciones, es que se está haciendo un juicio antes de que proceda", le dijo al periodista Carlos Herrera en Onda Cero. 

  "Todos los casos son distintos, en cada caso concreto habrá que tomar una decisión concreta", precisó.

 Bien.

   Se supone que Rajoy se refiere a casos de su partido, pero no desconocerá, entre otros, el archivo de las diligencias contra su paisano Pepe Blanco, ex secretario de Organización del PSOE y actual eurodiputado, cuya investigación durante más de un año, sin tramitarse su desafuero o suplicatorio para imputarle, como es preceptivo, acabó finalmente en sobreseimiento. El Partido Popular solicitó en 2013 su renuncia al escaño.

   Pero es que Rajoy acaba de insinuar algo parecido hace pocas fechas.

  "¿Cómo me habla de corrupción cuando tiene diputados y senadores llamados por el Tribunal Supremo y no les ha pedido ninguna responsabilidad?", le espetó a Pedro Sánchez el pasado 24 en la primera jornada del debate sobre el Estado de la Nación, en referencia a Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

 Sin embargo, ante los medios de comunicación, Rajoy exhibe sentido común con su frase "hay imputaciones e imputaciones".

  Precisamente, el presidente del Gobierno sabe, porque ya lo ha vivido en julio de 2009 con el entonces tesorero (dimitido temporalmente en aquellas fechas) del PP y senador Luis Bárcenas, que los representantes de la soberanía popular pueden acogerse al artículo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal y ofrecerse a declarar sin esperar a que se pida antes el suplicatorio.

 Como no se les puede privar de su derecho a la defensa, diputados y senadores declaran como imputados. Luego el juez instructor y la sala deciden sobre si se cursa o no el suplicatorio a las cámaras.

  Pero con anterioridad ha habido otra circunstancia en la que Rajoy dice una cosa y hace otra.     

  Me refiero al caso de Magdalena Álvarez.

  Mientras Luis de Guindos, ministro de Economía, intentaba apartarla de una de las vicepresidencias del Banco Europeo de Inversiones (BEI) por su imputación en el caso de corrupción de los ERE de Andalucía, veamos lo que decía Rajoy en esas fechas.

  El 21 de marzo de 2014, el presidente del Gobierno explicaba desde Bruselas: "A mi no me gusta adelantar acontecimientos. En estos momentos hay una imputación que en absoluto supone una declaración de culpabilidad. Por tanto, mientras no se demuestre lo contrario todas las personas son inocentes".

  http://blogs.elpais.com/analitica/2014/08/christine-magdalena.html

  Sin embargo, el ministro impulsó la destitución de Magdalena Álvarez aprovechándose de las decisiones judiciales, algunas de las cuales, como las fianzas, fueron anuladas posteriormente por prematuras. Pero para esas fechas, Guindos ya había conseguido colocar a Román Escolano en lugar de Magdalena Álvarez en el BEI.

Gómez Bermúdez, puente de plata a París

Por: Ernesto Ekaizer | 12 mar 2015

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    El ministro de Justicia Rafael Catalá ha decidido proponer el nombramiento del juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez para sustituir en París, como magistrado de enlace, al magistrado  Juan Pablo González. La designación debe ser aprobada por el consejo de ministros y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero fuentes de toda solvencia aseguran que la decisión está tomada.

   Javier Gómez Bermúdez es titular del juzgado central de instrucción número 3 de la Audiencia Nacional después de ejercer como presidente de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

    Fue el magistrado que presidió el tribunal que enjuició a los responsables del atentado islamista de Atocha, el 11-M de 2004, con su secuela de 192 muertos.

  Todas las presiones políticas y mediáticas para que dejara abierta la posibilidad de que dicha masacre pudo haber tenido alguna influencia o participación de grupos terroristas ajenos a los grupos fundamentalistas islámicos, ETA por ejemplo, chocaron con la decisión del juez Gómez Bermúdez de disipar cualquier sombra de duda sobre el carácter yihadista de la barbarie terrorista.

  Aún es el día de hoy que dirigentes políticos, como ha sido el caso de Esperanza Aguirre, esta misma semana, con ocasión del 11 aniversario de la masacre, insisten que el atentado debería esclarecerse. Otros que llevaron adelante una persistente campaña de prensa sobre la posible participación de una mano negra de ETA ahora ya definen el atentado como "islamista".

 Gómez Bermúdez está haciendo un curso acelerado de francés, un idioma que no domina, para trasladarse a Francia una vez que el consejo de ministro apruebe la propuesta del ministro Catalá.

 En los últimos tiempos, el juez Miguel Carmona, ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se presentó a concurso en 2012 por la plaza del juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional que ocupaba en comisión de servicios el juez Pablo Ruz. Carmona solicitó al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón marchar al exterior, al Tribunal Internacional de la antigua Yugoslavia. Errores cometidos en Justicia impidieron presentar la candidatura de Carmona.

   Finalmente, el ministro y Carmona acordaron otro destino: la plaza de magistrado de enlace en Londres nunca ocupada hasta entonces.

    El juez Gómez Bermúdez disgustó al PP entonces en la oposición, con su sentencia sobre el atentado de Atocha precisamente, según se ha apuntado, por cerrar la puerta a una participación de ETA junto con los radicales islamistas. En las horas y días posteriores a la masacre, el gobierno de Aznar difundió a los medios de comunicación y al exterior que la autoría era de la banda terrorista ETA.

   En marzo de 2013, el juez Gómez Bermúdez provocó cierto pánico en el PP cuando admitió una querella de Izquierda Unida en base a los llamados Papeles de Bárcenas, publicados por EL PAÍS el 31 de enero de 2013 en momentos en que el partido despreciaba el material como una fotocopia sin valor probatorio.

    Gómez Bermúdez citó a declarar a Bárcenas primero en un calendario del 25, 26 y 27 de marzo de 2013. Un poco después lo hizo el juez Pablo Ruz anticipándose al jueves 21 de marzo, pero a raíz de una petición de la defensa del extesorero, Bermúdez accedió a tomarle declaración el mismo día que Ruz, 21 de marzo.

  Esta circunstancia desencadenó presiones del PP en la judicatura por temor a lo que pudiera resultar de la declaración de Bárcenas ante Gómez Bermúdez, quien había dejado saber que tenía preparado el borrador de un auto de prisión.

  El juez Enrique López, de la sección segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, lideró a sus colegas. El fiscal de la fiscalía Anticorrupción, Antonio Romeral, el mismo que en las últimas horas acaba de solicitar a Ruz que anule la imputación de nueve empresarios que aportaron donaciones ilegales al PP, incurrió  en una conducta per saltum (es decir, saltando las etapas procesales) acudió directamente a López y a la sección segunda, logrando la anulación de la comparecencia de Bárcenas ante Gómez Bermúdez. La Fiscalía General del Estado, por su parte, se pronunció en contra de la actitud de Gómez Bermúdez. La causa de los Papeles de Bárcenas la instruyó el juez Ruz.

   Precisamente intenta deprisa y corriendo terminar estos días antes de que venza, a finales de marzo, el plazo que le ha dado la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ, por iniciativa de su presidente, Carlos Lesmes. 

   Por tanto, del mismo modo que Carmona consiguió un destino fuera de España, también en el caso del juez Gómez Bermúdez, en este caso el ministro Catalá ha decidido poner puente de plata a...París.

   

    

    

Transparencia y Justicia y el `caso Aguirre´

Por: Ernesto Ekaizer | 12 mar 2015

       

 

    La Asociación Transparencia y Justicia, entidad que anima el comisario José Manuel Villarejo, decidió actuar en el caso del incidente de tráfico de Esperanza Aguirre en la Gran Vía madrileña en mayo de 2014.  El abogado David Macías, representante legal de la citada asociación, contrató para ello a un letrado independiente, el abogado Luis Gerez, quien se personó como acusación popular. 

   Cuando el juez Carlos Valle, titular del juzgado de instrucción número 14 de Plaza de Castilla, decidió tramitar la causa como una falta, en línea con las afirmaciones del fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Manuel Moix, el letrado contratado por Transparencia y Justicia consideró que era necesario presentar un recurso de apelación. Estimaba que se trataba de un delito de desobediencia de carácter grave.

   La sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid estimó el recurso de apelación elevado por Gerez. El auto del 5 de septiembre de 2014 no valora la acreditación de los hechos como tales, tal como ocurre en un recurso de apelación en esta fase de instrucción.

   Pero señala en su fundamento de derecho segundo que “los hechos denunciados…vendrían a suponer una desobediencia tenaz, contumaz y rebelde, decidida y terminante, representada por múltiples actos concretos de desobediencia, a los diversos mandatos de los agentes de movilidad y los policías municipales, acompañada la desobediencia incluso de expresiones de menosprecio hacia los citados agentes en el ejercicio de sus funciones, por lo que no puede descartarse que la gravedad de la lesión causada por la conducta de la denunciada al bien jurídico protegido con la tipificación del delito de desobediencia, cual es el orden público, tenga la suficiente entidad como para calificar provisionalmente dicha conducta como delito de desobediencia del art. 556 del Código Penal, excediendo la entidad de la desobediencia del carácter meramente leve de la falta de desobediencia del artículo 634 del Código Penal”.

 Añade: “Debe incluso señalarse, a mayor abundamiento, que los actos de desobediencia tuvieron lugar en la vía pública, en una zona muy concurrida, por lo que se incrementa la gravedad de los actos de desobediencia al lesionar en mayor grado la dignidad del ejercicio de la función pública llevada a cabo por los agentes de movilidad”. Y señala al juez “que resulta procesalmente adecuado que los hechos denunciados sean instruidos en el marco de la diligencias previas del procedimiento abreviado por revestir provisionalmente los indicados hechos caracteres de un posible delito de desobediencia a los agentes de la autoridad del artículo 556 del Código Penal”.

    Bien.

   Esta victoria procesal, empero, condujo a una situación insólita.

  La Asociación Transparencia y Justicia, una vez iniciada las diligencias en el marco del procedimiento abreviado por un presunto delito de desobediencia (declaración de Esperanza Aguirre y de los agentes de movilidad y policías municipales, aportación de las grabaciones que reflejan la persecución de la infractora) resolvió prescindir de los servicios de Gerez.

    David Macías, quien contrató y otorgó poderes a Gerez, le dijo que su trabajo había terminado. La Asociación ya le había abonado la minuta. El letrado nada tenía que objetar. El cliente es quien manda.

   Macías trabaja con Villarejo y figura en algunas de sus sociedades como administrador único.

   El pasado 19 de enero, después de tomar declaración a Aguirre, a los agentes de movilidad y a los policías municipales, el juez Valle decidió archivar el caso. Ni falta y delito de desobediencia. Según presumía el magistrado ya la Audiencia Provincial de Madrid descartaba la falta al ordenar instruir la causa por un delito de desobediencia.

    La fiscal Marta A. Jainaga recurrió el 3 de febrero la decisión de archivo. Según decía, la Audiencia Provincial consideraba los hechos como constitutivos de un delito de desobediencia “pero en ningún caso excluye que una vez realizada la investigación pueda apreciarse por el instructor que los mismos podrían ser constitutivos de falta”.

   La letrada Esther Macías (sin parentesco con David Macías) en representación del agente de movilidad lesionado y personado como acusación particular, señala en su recurso de apelación contra el archivo decretado por el juez Valle, 26 de enero de 2015, que del auto de la Audiencia Provincial “no se desprende en modo alguno una afirmación tan contundente, únicamente se hace mención al hecho de que, habida cuenta de los hechos denunciados, se considera que procesalmente deberán ser instruidos en el marco de las diligencias previas toda vez que, provisionalmente, los indicados hechos pueden revestir los caracteres de un posible delito de desobediencia”.

    La fiscal de Madrid, Marta A. Jainaga, recurrió el 3 de febrero la decisión de archivo. Según decía, la Audiencia Provincial consideraba los hechos como constitutivos de un delito de desobediencia “pero en ningún caso excluye que una vez realizada la investigación pueda apreciarse por el instructor que los mismos podrían ser constitutivos de falta”.

    El juez Valle, por tanto, justifica su decisión en un auto que de ninguna manera excluye el delito de falta.

     Bien.

     La causa, por tanto, está abierta al quedar sin firmeza el auto del juez, a expensas de lo que resuelva la sección sexta de la Audiencia Provincial.

     A todo esto, ¿por qué se ha esfumado la acusación popular Transparencia y Justicia? ¿Por qué el comisario Villarejo y el abogado Macías decidieron abandonar el caso después de ganar el recurso de apelación el 5 de septiembre pasado?

 Fuentes jurídicas consultadas señalan que esta aparición y desaparición es un modus operandi del tándem Villarejo-Macías. Que la acusación popular, aseguran dichas fuentes, es un instrumento para obtener ciertos objetivos que se fijan cuando se deciden a emprender la personación en casos sonados    

  Y, al parecer, esos objetivos inconfesables fueron alcanzados también en este caso.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Discriminación natural y... objetiva

Por: Ernesto Ekaizer | 03 mar 2015

             

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    Hay en España 15 presidentes de Tribunales Superiores de Justicia (encargados, entre otras cosas, de enjuiciar a aforados cuya atribución no corresponda al Tribunal Supremo).

    Y, desde octubre de 2010, recae la presidencia de uno de ellos, del TSJ de la Comunidad Valenciana, en una mujer: Pilar de la Oliva.

   Hace pocos semanas se abrió y cerró una segunda posibilidad al término del mandato del magistrado Juan Martínez Moya, vocal del CGPJ, en el Tribunal Superior de Justicia de la Región Murcia.

  Esa posibilidad parecía estar al alcance de la magistrada Pilar Alonso, candidata a presidir el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Pero el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) resolvió elegir el pasado 28 de enero, por 12 votos contra 7, a Miguel Pascual del Riquelme para este puesto. Hubo un tercer candidato, Andrés Pacheco Guevara, que obtuvo 2 votos.

  La magistrada Alonso ha anunciado su decisión de recurrir el nombramiento.

  Y tiene fundamentos.

  Hay un voto particular que analiza la situación creada.

  Lo firma la presidenta de la Comisión de Igualdad, Clara Martinez de Careaga, y tiene la adhesión de los vocales Victoria Cinto, Roser Bach, Pilar Sepúlveda, Rafael Mozo, Concepción Sáez.

  Según Martínez de Careaga "el nombramiento cuestionado no respeta los principios de mérito y capacidad, incumple los requisitos anunciados en la convocatoria e integra, a mi entender, un supuesto claro de desviación de poder, con absoluta independencia de que la solicitante fuese una magistrada".

  El voto disidente añade: "Pero además constituye un caso manifiesto de discriminación por razón de sexo. Hasta ahora se justificaba la escasa presencia de mujeres en puestos de responsabilidad en la carrera judicial (Solo una Presidenta en 15 Tribunales Superiores) por el hecho de que no existían mujeres con antigüedad suficiente. Cuando las mujeres comenzamos a alcanzar esa antigüedad, como sucede con Pilar Alonso Saura, que lleva más de treinta años en la carrera judicial, entonces se decide nombrar a magistrados varones, que se encuentran más de mil puestos por debajo en el escalafón".

   El magistrado Pascual del Riquelme (en primer plano en la foto, delante de Pilar Alonso) tomará posesión este miércoles del cargo en un acto al que acude el presidente del CGPJ y Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, integrante de la mayoría que le votó.

   El voto particular no pone en cuestión los antecedentes del magistrado ganador.

   "Nos consta que el magistrado designado es un Juez preparado y competente, que dejó un buen recuerdo a su paso como letrado de este Consejo General del Poder Judicial", dicen.

  Y añaden: "Pero es indudable que en razón de los destinos hasta ahora ocupados, su actividad jurisdiccional no puede parangonarse en términos objetivos con la realizada por la magistrada preterida, a lo largo de los 23 años en los que ha desarrollado su labor en una Audiencia Provincial".

   Al analizar los méritos a valorar para acceder a la plaza, según las bases de convocatoria, destaca uno de los primeros requisitos, el tiempo de servicio activo en la carrera judicial. Alonso, magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia, tiene el número 280 del escalafón mientras que Pascual del Riquelme, titular de un juzgado penal, es el 1440. La antigüedad de Alonso es de 31 años y la de Pascual del Riquelme 22.

  Esta diferencia de 1160 puestos, siendo importante, no lo decide todo. Los que suscriben el voto matizan, empero, "que la discrecionalidad tiene sus límites y saltarse una diferencia de antigüedad tan notoria y acusada, en perjuicio de una candidata mujer, sin más justificación que una subjetiva valoración del proyecto de actuación del candidato varón, bordea la arbitrariedad, e incurre en discriminación".

   El voto analiza los destinos en los órdenes jurisdiccional civil y penal, el tiempo de servicio en órganos colegiados, las resoluciones judiciales de especial relevancia jurídica, la participación en órganos de gobierno del poder judicial, en especial tribunales y conocimiento órganos jurisdiccionales en la plaza de la Comunidad Autónoma de Murcia.

  En todos estos capítulos, el voto particular le da la primacía a Pilar Alonso.

  Bien.

  ¿Qué quieren decir los discrepantes al afirmar que Pascual del Riquelme ha sido elegido "sin más justificación que una subjetiva valoración del proyecto de actuación"?

   Los candidatos han expuesto su respectivo plan de actuación para el TSJRM.

   Según el voto el magistrado que resultó nombrado "presentó un plan de actuación partiendo de tres presupuestos: a) necesaria alineación de los órganos de la base del gobierno judicial con las políticas y directrices emanadas de su cúspide; b) constatación del extraordinario proceso de innovación  y modernización experimentado en los últimos diez años en el TSJ de Murcia; c) el reto que las reformas ya acometidas ofrecen de profundizar en el proceso de modernización e innovación y abrir nuevas áreas de mejora".

   La magistrada Alonso expuso "su convicción de que la Administración de Justicia es un servicio público, por lo que su funcionamiento ha de estar presidido por la transparencia, eficacia, eficiencia, agilidad y calidad, en conjunción con la racionalización de los recursos personales y materiales, propuso una serie de iniciativas que desarrolla en diversos  apartados: ámbito jurisdiccional, ámbito gubernativo, mediación, medios materiales a servicio de la administración de justicia, relaciones externas y política de comunicación y formación".

   Al parecer, lo que decide es esta presentación.

  Según la minoría "la motivación del nombramiento  prescinde de los datos objetivos anteriormente reseñados,  exigidos en la convocatoria, y hace especial hincapié en el proyecto de actuación presentado y defendido en la comparecencia"

   Este modo de proceder supone dar preeminencia a una valoración subjetiva.

  "Estimamos que esta apreciación subjetiva, en la que prácticamente solo se valora  una percepción personal no verificable  acerca de uno  de los requisitos de la convocatoria, prescindiendo del resto, que integra datos objetivos y constatables,  constituye una desviación de la buena praxis en materia de nombramientos. Con esta técnica, que no es la primera vez que se utiliza en este Consejo, se dota a la decisión de una motivación meramente aparente o rituaria, y se vacían absolutamente los términos de la convocatoria, privando de efectividad alguna a datos objetivos relevantes como la antigüedad, experiencia, actividad jurisdiccional, pertenencia a órganos colegiados".

   Los discrepantes subrayan el hecho de que en su comparecencia Pascual del Riquelme enfatizara “la necesidad de alineación de los órganos de base de gobierno del Poder Judicial con la políticas y directrices emanadas desde su cúspide”.

   Por ello advierten: "Entonces la preocupación se incrementa, pues parece que la explicitación de la sumisión se impone sobre el mérito y la capacidad, lo que tratándose de órganos jurisdiccionales donde el principal valor constitucional es la independencia, no nos parece que sea  lo más conveniente". 

 

     

  

   

    

  

    

   

 

  

 

 

La mujer tras el Estado de la Nación

Por: Ernesto Ekaizer | 02 mar 2015

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  Mariano Rajoy dijo esto sobre las mujeres en su intervención del pasado 24 de febrero, durante el debate sobre el Estado de la Nación: "Quiero recordar además que seguiremos trabajando por la plena igualdad de oportunidades con medidas como el plan especial para la igualdad entre hombres y mujeres en los ámbitos laboral y salarial o el de promoción de la mujer en el medio rural. Seguiremos poniendo en marcha medidas concretas".

  A las 4:18, mientras Pedro Sánchez entonaba su réplica y criticaba el espacio insignificante que había ocupado el tema de la igualdad de la mujer en la intervención de Rajoy, los servicios del Palacio de la Moncloa creían necesario subrayar que el presidente del Gobierno sí había considerado a la mujer en su discurso inicial.

Seguiremos trabajando por la plena igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres presentando un Plan Especial #HayFuturo #DEN2015

 4:18 - 24 de feb. de 2015
 
 Bien.
 
 Cuando los rescoldos del debate todavía no se habían apagado, el consejo de ministros aprobaba el pasado viernes pasado, día 27 de febrero, el proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que introduce  modificaciones en la propia ley vigente que elaboró el actual presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes.
  
  Y he aquí que la afirmación de Rajoy conocía un desmentido flagrante.
  
  ¿Por qué?
  
   Veamos el punto 87, pág 55 del proyecto aprobado.

  "Ochenta y siete. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 610, que quedan redactados como sigue:

«1. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente, de entre sus Vocales, y atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, a los componentes de la Comisión de Igualdad y designará, entre ellos, a su Presidente.

2. La Comisión de Igualdad estará integrada por tres Vocales.» 

   Planteado así, como quien no quiere la cosa, parece pensado como para que ocurriera lo que, en efecto, ha sucedido.

   Y es que ha pasado inadvertido.

   Es una enmienda como la copa de un pino de la ley vigente, elaborada por Lesmes hace poco menos de dos años.
 
   ¿Qué decía la ley ahora reformada?
    
   "La Comisión de Igualdad
 
  Artículo 610
 
  1. El Pleno del CGPJ elegirá anualmente, de entre sus vocales, y atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, a los componentes de la Comisión de Igualdad.
   
 2. La Comisión de Igualdad estará integrada por tres vocales, y será presidida por la vocal con mayor antigüedad en el ejercicio de su profesión jurídica"
 
    La ley es, pues, meridiana.
    
    La comisión de igualdad "será presidida por la vocal con mayor antigüedad en el ejercicio de la profesión jurídica".
    
    Aquí parece necesario resaltar lo obvio.
    
    Primero, será presidida por una vocal.
   
   Segundo, por aquella con mayor antigüedad en el ejercicio de la profesión jurídica.
   
   Bien.
   
    Al nombrar el 20 de diciembre de 2013 a los actuales miembros de la Comisión de Igualdad se adoptó el siguiente acuerdo:
    
  Seis.- Nombrar, en los términos previstos en el artículo 610 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a los miembros de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial que se indican a continuación: 

Dña. Clara Martínez de Careaga García 

D. Rafael Mozo Muelas 

Dña. María Pilar Sepúlveda García de la Torre

    Clara Martínez de Careaga, magistrada del Tribunal Supremo, fue considerada como la vocal de mayor antigüedad en el ejercicio de la profesión jurídica.
   
   Veamos, ahora, el plan de Lesmes.
   
   En julio pasado, el pleno del CGPJ vota una propuesta según la cual se trata de "ampliar" el perímetro, por así decir, de competencias de la Comisión de Igualdad, mediante la incorporación de la respuesta judicial a los llamados delitos de odio (ataque de una persona a otra eligiéndola como víctima de un determinado grupo social).
   
   El informe presentado a los vocales no presumía de sutilezas. 
   
   "En virtud de esta importante ampliación competencial no parece apropiado que se imponga que la presidencia recaiga sobre una mujer"
   
   A confesión de parte...relevo de prueba.
   
  Esta ampliación buscaba, lisa y llanamente, eliminar el núcleo del artículo 610.2, a saber, que debía presidir la Comisión de Igualdad una mujer.
   
  Con estos mimbres ya sabemos una cosa. El consejo de ministros ha aprobado el pasado viernes 27 la propuesta del CGPJ: cargarse la norma por la cual la Comisión de Igualdad debe ser presidida por una vocal. Por una mujer.
   
   Y también ha eliminado el requisito de antigüedad que hemos citado.
   
   A primeros de julio pasado, seis vocales (Roser Bach, María Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga, y Pilar Sepúlveda y Concepción Sáez) presentaron un voto particular colegiado por el que planteaban la enmienda de la totalidad del anteproyecto de reforma de la mayoría dirigida por Lesmes.
 
  El CGPJ diseñado por Lesmes en 2013 tiene cuatro comisiones: Comisión Permanente, Disciplinaria, Económica y de Igualdad.
 
 Las tres primeras son presididas por hombres.
 
 La única presidida por una mujer es la de Igualdad.
 
 La presidenta de la Comisión de Igualdad, aparte de unirse al voto colegiado, presentó un voto particular habida cuenta que las propuestas contenidas en el anteproyecto se hicieron sin consultar con ella.
  
  Según señala Martínez de Careaga, "dado que la aplicación respetuosa y estricta de la ley [2013] ha conducido al parecer a un resultado no deseado por la mayoría conservadora del Consejo, lo procedente es cambiar la ley. Suprimamos las fastidiosas limitaciones legales para poder nombrar a quien nos interese".
 
  La vocal advertía que la reforma no buscaba "compensar la desigualdad sino que propone derogar precisamente la única norma legal [elección de una mujer] que ha salvaguardado para la mujer esta mínima representación".
 
  La aplicación del artículo 610.2 había llevado a la elección de la vocal Martínez Careaga como presidenta de la Comisión de Igualdad. Según el informe debatido, había que tener en cuenta las normas que en su aplicación, desde finales de 2013, habían sido "distorsionadoras".
   
  La presidenta de la Comisión de Igualdad se pregunta:
 
"¿Qué es lo que resulta distorsionador en la aplicación del sistema legal de nombramiento de la presidenta de la Comisión de Igualdad aprobado por el Parlamento en 2013? ¿Que aplicando el sistema legal no ha resultado elegida la persona  que interesaba a la mayoría conservadora? ¿Que ha resultado elegida una mujer, magistrada del Tribunal Supremo, que no pertenece al grupo mayoritario? ¿Constituye este resultado y el deseo de cambiarlo motivo justificado para proponer una modificación legislativa? ¿O, más bien, se pretende instrumentalizar el informe de este órgano constitucional para obtener una modificación legislativa ad personam, que faculte para alterar el resultado producido por la aplicación estricta y respetuosa de la legalidad vigente?"
   
    Colofón: el ministro Catalá desestimó la propuesta de ampliar las materias de la Comisión de Igualdad que proponían Lesmes y su mayoría.
   
    "En virtud de esta importante ampliación competencial no parece apropiado que se imponga que la presidencia recaiga sobre una mujer", decía.
     
      Bien.
      
    Pero al cargarse esta ampliación...no tuvo complejos en respaldar lo que era su conclusión: la anulación de la norma legal por la que una mujer tiene que ser la presidenta de la Comisión de Igualdad. 
     
    Y el consejo de ministros la hizo suya.
 
   Tres días antes de cargarse la normal legal, Rajoy prometía el ya citado 24 de febrero: "Seguiremos trabajando por la plena igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres presentando un Plan Especial".
    
    Borrar de un plumazo la condición de que una mujer debe presidir la Comisión de Igualdad del CGPJ es, sin duda, un plan muy especial. 
    
    A sangre fría.
 
 
 
  
   
   
   
  
   

  

 

 
  
 

 

Lo que queda del día

Por: Ernesto Ekaizer | 01 mar 2015

 

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   Mientras seguía el debate del Estado de la Nación en el programa especial de Las Mañanas de Cuatro que conduce el periodista Jesús Cintora - la tarde del martes 24 - anoté durante la contrarréplica de Mariano Rajoy lo siguiente: Iziguro-Hopkins.

  El momento fue el siguiente. A modo de conclusión, Rajoy dice esto casi al acabar la primera respuesta a Sánchez. Cito del Diario de Sesiones del Congreso:

 "Señoría, creo que se ha equivocado usted de discurso. (Rumores). Se lo digo con absoluta franqueza. No es lo propio de un partido que pretende ser alternativa de Gobierno, por muchas dificultades que tenga que superar ese partido, hacer una intervención como la que usted ha hecho aquí en el día de hoy. (Rumores). Se lo digo tal y como lo pienso. Incluso, se la podría haber construido yo, fíjese (El señor Luena López: ¡Gracias!) —se lo digo tal y como lo pienso—, criticándome a mí mismo (Rumores), pero con un discurso más moderado, más equilibrado y más sensato (Rumores)."

  Bien.

  No es frecuente que el cine supere a la literatura. Pero alguna excepción, como las meigas, haberla haylas. La novela del escritor británico Kazuo Ishiguro, nacido en Japón y formado desde los seis años en el Reino Unido, puede ser una de ellas.

 Me refiero a la novela The remains of the day, traducida como Lo que queda del día, y la versión cinematográfica de James Ivory y guión de Ruth Prawer Jhabvala, que en España se llamó Lo que queda del día. Los principales personajes están representados por Anthony Hopkins (el mayordomo Mr. Stevens) y Emma Thompson (la criada Miss Kenton).

  Según ha explicado Ishiguro, eligió el tema porque el mito del mayordomo está entre las "cosas que me resultan más exóticas de la cultura inglesa". También por esto: "El mayordomo es una buena metáfora de la relación de gente común, gente de pueblo, con el poder ".

  Desde luego, Stevens-Hopkins es todo lo contrario de Fígaro. Allí donde Ishiguro muestra a un mayordomo obediente que dedica la vida entera a despilfarrar su talento en favor de su amo, el criado de Beaumarchais se burla e indigna ante la nobleza y juega a representar a una nueva clase. Es la búsqueda de una nueva oportunidad. Todo lo contrario del mensaje de la serie inglesa que tanto éxito está cosechando: Downton Abbey. Cada uno está destinado a cumplir con su posición en la vida, hay que elegir aquello sobre lo que existe una expectativa razonable de cumplimiento.

   Habituados a considerar el debate sobre el Estado de la Nación como una producción cinematográfica o teatral y a definir qué actores han interpretado mejor su papel (quién gana, quién pierde), hay algunos rasgos del debate 2015 que merece la pena observar o que es necesario analizar en detalle.

  El recurso retórico de Rajoy de aconsejar a Pedro Sánchez que hubiese debido acudir a él, como a un padre, para ayudarle a construir su discurso, no deja de tener interés. 

  "Incluso, se la podría haber construido yo, fíjese  —se lo digo tal y como lo pienso—, criticándome a mí mismo pero con un discurso más moderado, más equilibrado y más sensato".

  Es cierto que Rajoy podría haber subido a la tribuna y en su contarréplica haber dicho, por ejemplo:

  "Señor Sánchez. Tiene usted razón cuando dice que la recuperación económica no es justa. Si de mi discurso se ha desprendido tal cosa es que me he explicado mal. Está en su papel de líder de la oposición subrayar los límites de esa recuperación. Y, yo, como presidente del Gobierno, estaría fuera de la realidad si afirmase que las cosas van estupendamente con 5.457.700 parados o un 23,7% y con un número de hogares de 1.766.300 que tienen a todos sus miembros activos en paro. La recuperación no es justa y es desigual. En eso, usted y yo estamos de acuerdo".

  Pero Rajoy se arroga el monopolio de la realidad. Y trata a Sánchez como un criado que en todo caso... debía acudir a él para construir un discurso de crítica...¡a Rajoy!  

   Pero Sánchez no es Stevens. Y quiere una oportunidad.

  Hay, desde luego, otras razones por las que Rajoy tuvo, lo que llamo yo, un estallido sobrecogedor al entrar a la contrarréplica.

  Y entre esas razones está Luis Bárcenas.

   "Sus logros y cómo pasará usted a la historia de España será por tres conceptos: primero, precariedad; segundo, impuestos y, tercero, Bárcenas, señor Rajoy, Bárcenas", dijo Sánchez.

  Y:

  "Señorías, les voy a decir una cosa: el presidente del Gobierno me echa en cara casos de corrupción y yo le digo, señor presidente, que lecciones de usted sobre corrupción ninguna, yo soy un político limpio, ¡yo soy un político limpio, señor Rajoy! ¡Lo soy! ¡Lo soy! (Aplausos.—La señora Álvarez-Arenas Cisneros: ¡Como mínimo igual que tú!). Tengo que reconocerle que a veces ustedes tienen toques de humor negro brillantes. Vamos a ver, señorías, ¿cómo y de dónde sacó Bárcenas la fortuna? A ver, señor Rajoy, pensemos usted y yo: Bárcenas era gerente del PP, luego tesorero del PP, manejaba las cuentas del PP, pagaba las obras de los locales del PP, compraba las sedes del PP, repartía los sobres para los altos cargos en la sede del PP, se dice incluso, señorías, que en cajas de puros; Bárcenas contrataba a las empresas que trabajaban para el PP y pagaba las campañas electorales del PP. Señor Rajoy, usted confiaba tanto en Bárcenas que le ascendió de gerente a tesorero y de tesorero a senador; y tenía tanta confianza en él que se mandaban cariñosos mensajes. (Rumores). Bárcenas, señor Rajoy, obtuvo la fortuna de las mismas fuentes con las que ustedes pagaron las obras en negro de la sede del Partido Popular. Bárcenas sacó su fortuna de las mismas fuentes y con idénticos métodos por los cuales la fiscalía ha pedido ocho años de cárcel por financiación irregular a la cúpula del Partido Popular en Valencia. Señor Rajoy, Bárcenas y el PP compartían fuentes porque Bárcenas y el PP eran lo mismo. Y ese es su gran problema, señor presidente, por eso usted jamás va a ser creíble en la lucha contra la corrupción, porque su nombre y su historia están indisolublemente ligados al nombre y a la historia de Bárcenas. (Aplausos). Así que, señor Rajoy, lecciones de usted, ninguna, porque yo soy un político limpio. (Rumores). Por usted no pone la mano en el fuego ni la señora Aguirre, señor Rajoy, ni la señora Aguirre". 

   El hombre, Rajoy, que declara esto en agosto pasado, al referirse a la ex ministra Magdalena Álvarez ("En estos momentos hay una imputación que en absoluto supone una declaración de culpabilidad... Por tanto, mientras no se demuestre lo contrario todas las personas son inocentes"), ahora en este estallido declama el 24 de febrero:

  "¿Cómo me habla usted de corrupción cuando tiene diputados y senadores que han sido llamados por el Tribunal Supremo y no les ha pedido ninguna responsabilidad?" 

  Rajoy tergiversa. Los cinco aforados que han ofrecido su declaración al juez instructor del Supremo en uso del artículo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal han sido finalmente convocados. Y solo pueden serlo, cuando se ha admitido la exposición motivada de la juez Alaya, en calidad de imputados, lo cual, según ha dicho con anterioridad Rajoy, no supone "culpabilidad".

 Pero, ¿qué hizo el actual presidente del Gobierno respecto a sus senadores y diputados en 2009?

 Barcenas ofreció declarar voluntariamente en junio de 2009. El Tribunal Supremo lo citó a declarar en calidad de imputado el 22 de julio. El instructor solicitó después, el 29 de julio, el suplicatorio. Y el Senado  votó a favor en septiembre de 2009. 

 ¿Cuándo dejó el escaño Bárcenas?

  Siete meses después del desafuero. En abril de 2010.

  Pero el estallido de Rajoy refleja más cosas. Muchas más cosas sobre la política en España. Y una de ellas es la jubilación de la vieja guardia.

  Juan Carlos I (5-1-38) ha abdicado en Felipe VI (20-1-1968), treinta años más joven. Alfredo Pérez Rubalcaba (28-7-51) ha cedido el paso a Pedro Sánchez (29-2-72), veintiún años más joven. José Antonio Griñán (7-6-46) renunció en favor de Susana Díaz (18-10-74), veintiocho años menor. Cayo Lara (29-1-52) ha dado paso a Alberto Garzón (9-10-85) en IU.

  Ahora tenemos en ascenso a Podemos cuyo líder es Pablo Iglesias (17-10-1978) y a Ciudadanos con Albert Rivera (15-11-79). Y Arturo Mas (31-1-56) ya le lleva sus años a Oriol Junqueras (11-4-1969)

   Seguimos con Rosa Díez (27-5-52).

   Y Rajoy (27-3-55) 

   Ya en noviembre pasado Rajoy le dijo a Sánchez que el PSOE estaba "mejor con Rubalcaba".

   Era y es, pues, el estado de negación del salto generacional que se ha operado en 2014, un escenario que el debate del Estado de la Nación de 2015 acaba de reflejar y que el de 2016, tras las elecciones generales, perfilará de manera todavía más espectacular.

  Y, en medio de este proceso, Rajoy está en un diálogo consigo mismo sobre quiénes serán los candidatos del PP a las elecciones municipales y autonómicas del 24-M.

   ¿Más de lo mismo?

  ¿Renovar?

  Si su estallido sobrecogedor en el debate del 24-F nos quiere decir algo, ¿quizá es que se aferrará a sus usos y costumbres?

  O no.

   

  

 

El País

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