Sobre el autor

, Buenos Aires, 1949. Ha trabajado, por este orden, en redacciones de televisión, revistas semanales y diarios en Argentina; trabaja, desde hace 36 años en Madrid, en diarios, revistas, radio y televisión. Ha escrito ocho libros.

Las materias de Analítica son
las de un viejo proverbio latino:
"Nada humano me es ajeno"...

Sobre el blog

El periodismo para seguir siéndolo debe ser Periodismo Analítico... O no será. El viejo adagio según el cual los periodistas son como mínimo tan buenos como sus fuentes requiere una actualización. Necesitamos, según dice el profesor norteamericano Mitchell Stephens, periodistas con cinco cualidades: Informados, Inteligentes, Interesantes, Industriosos, y, sobre todo, Perspicaces.

Periodismo analítico

Libros

Queríamos tanto a Luis
Terminada la investigación judicial, el relato más completo de la relación entre Luis Bárcenas y el presidente del PP y del Gobierno de España, Mariano Rajoy.

El caso Bárcenas (Editorial Espasa, 2013)
El autor sigue los rastros del tesorero nacional del Partido Popular desde su imputación en la trama corrupta de Francisco Correa.

Sed de Poder .La verdadera historia de Mario Conde (Espasa, 2012)
La crisis de Bankia y del sistema financiero español es una ocasión para revisitar la historia del ex presidente del Banco Español de Crédito (Banesto), destituido junto con su consejo de administración a finales de noviembre de 1993.

Indecentes. Crónica de un atraco perfecto (Espasa, 2012)
El relato, a partir de entrevistas e información inédita, hace un viaje hacia la gestación y estallido de una crisis que dará lugar a la Gran Depresión que afecta a la economía y la sociedad española.

Yo, Augusto (Aguilar, 2003)
Tras obtener, en abril de 2000, el Premio Ortega y Gasset de periodismo por su cobertura del caso Pinochet en las páginas de EL PAÍS, el autor publica este libro en coincidencia con el XXX aniversario del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.

El Farol. La primera condena de Mario Conde (Temas de Hoy, 1997)
El 20 de marzo de 1997, la Audiencia Nacional condena a Mario Conde a seis años por los delitos de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil. El delito: el pago de una factura de 600 millones de pesetas (3,07 millones de euros) en 1990 a una sociedad domiciliada en Antillas Holandesas.

Vendetta (Plaza & Janés, 1996)
He aquí la violenta historia de dos financieros: Mario Conde y Javier de la Rosa. Practican el chantaje con un doble objetivo: añadir dinero a sus capitales fuera de España y neutralizar la acción de la justicia mediante presión sobre las instituciones.

Banqueros de rapiña. Crónica secreta de Mario Conde (Plaza & Janés, 1994)
Título premonitorio. La rapiña. Este libro analiza la crisis de Banesto, las maniobras para conseguir salvar la entidad mediante un acuerdo de ampliación de capital, la mayor de la banca española hasta entonces.

José María Ruiz-Mateos. El último magnate (Plaza & Janés, 1985)
Una radiografía del imperio oficial y clandestino, del magnate de Jerez.

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Bankia, salvar al soldado Celma

Por: Ernesto Ekaizer | 26 jul 2016

                                 1434718453_609041_1434719843_noticia_normal

 

    El caso salida a Bolsa de Bankia atraviesa cuatro días decisivos. Siete testigos, cuatro propuestos por Francisco Celma, socio auditor de la empresa Deloitte, y tres por Alejandro Luzón, responsable del procedimiento desde su puesto de teniente fiscal de la Fiscalía General del Estado, comienzan a prestar declaración entre este martes y el próximo viernes en el juzgado central de instrucción número 4 de la Audiencia Nacional. La ronda comienza por Jerónimo Martínez Tello (está citado a las 9.00 horas) que fuera director general de Supervisión del Banco de España durante la constitución y salida a bolsa del grupo BFA-Bankia, actualmente "adjunto" de dicho director, y Julio Durán, director general de Regulación de la citada entidad  (11.00 horas)

   Martínez Tello es nombrado en el Banco de España director de Departamento de Cajas de Ahorro en mayo de 2008. Hasta entonces era director del antiguo departamento II, grandes bancos, y el 14 de abril de 2009 asciende a director general de Supervisión, en sustitución de Javier Aríztegui, quien a su vez es nombrado subgobernador, el número dos de Miguel Ángel Fernández Ordoñez, en sustitución de José Viñals, que marcha al Fondo Monetario Internacional (FMI). Permanece Martínez Tello en el puesto hasta su cese en octubre de 2012. 

   Por tanto, ya desde su posición en la cajas de ahorro, antes de ser el máximo responsable de toda la supervisión, Martínez Tello es la persona con mayor conocimiento de la situación particular de las siete cajas de ahorro que se van a fusionar para dar nacimiento a BFA -Bankia. Y durante la salida a Bolsa de la entidad y, también, durante  la reformulación de las cuentas en 2012, está allí, al pie del cañón.

  Martínez Tello ha declarado en calidad de testigo el 21 de julio de 2014. El juez Andreu, de la mano del fiscal Luzón, ha rechazado ahora la declaración de Martínez Tello en calidad de investigado, según la propuesta de la acusación popular de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) que representa el abogado Andrés Herzog.

  Entonces, ¿por qué vuelve a la Audiencia Nacional?

  Como se ha apuntado, es testigo propuesto por Francisco Celma, socio auditor responsable de BFA Bankia en Deloitte. Celma y la empresa Deloitte han sido imputados, una iniciativa de Herzog que ha sido apoyada por el fiscal Luzón y fue asumida por el juez Andreu.

  En su escrito de propuesta de diligencias, Celma explica, después de prestar declaración ante el juez, por qué quiere hacer una serie de preguntas tanto a Martínez Tello como a Pedro González, director del departamento de Cajas de Ahorro desde el 14 de abril de 2009, en sustitución de Martínez Tello, citado a su vez para el día miércoles.

 "A esta parte interesa preguntar sobre las actuaciones supervisoras llevadas a cabo por el Banco de España para la salida a Bolsa de Bankia ya que...fueron sus interlocutores habituales respecto de los trabajos realizados para Bankia y BFA", señala Celma.

   Celma ya ha precisado que toda su actuación se hizo de conformidad tanto con el Banco de España como de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Planteado de otro modo, ¿sí él y Deloitte están imputados y pueden ir al banquillo, como acusado y responsable civil subsidiario, respectivamente, qué pasa con los funcionarios de Banco de España y la CNMV a cargo de la operación? Estamos, pues, ante una movida de alcance.

   En cambio, la citación de Julio Durán no tiene que ver con su presencia en el momento de los hechos, es decir, la salida a Bolsa de Bankia, porque no estaba en el Banco de España. Pero Celma busca apoyo de Durán para otra guerra.

  Contra los informes de los peritos judiciales del pasado 30 de marzo, los también inspectores del Banco de España, Víctor Sánchez y Antonio Busquets.

  El auditor apunta a conseguir el respaldo de Durán para justificar la existencia fantasmal de una provisiones llamadas "específicas sin asignar" de 6.913 millones de euros que figuraban en el folleto de salida a Bolsa de Bankia. Según uno de los peritos judiciales, Antonio Busquets, esas provisiones inexistentes no eran más que una añagaza comercial utilizada por el equipo de Rato para dar garantías de solvencia a los futuros inversores en la salida a Bolsa.

  ¿Por qué cree Celma que Durán le va a ayudar?

  Porque Durán ya ha incurrido en contradicciones. Si bien su dirección, la de Regulación, apunta, en un informe a la comisión ejecutiva del Banco de España de 3 de marzo de 2015, en respuesta a la comisión rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que esas presuntas provisiones "no tienen impacto patrimonial ni económico" (esto es, eran inexistentes), como miembro de la citada comisión gestora del FROB aprueba un escrito según el cual sí existían esas provisiones específicas sin asignar, escrito que sirve de base para elaborar un informe contrario a los peritos judiciales, considerados dos ovejas negras  por la dirección del Banco de España, que es aportado al juzgado. Vaya, el Banco de España actúa contra unos propios a los que antes ha propuesto al juez Andreu como peritos de la causa.

   Sí, en efecto. Y este comportamiento de Durán obedeció a una petición que consta en acta: la propia comisión gestora (cuatro miembros del Ministerio de Economía y cuatro del Banco de España, entre ellos Durán, bajo la presidencia de Restoy) había solicitado al Banco de España que les "echara una mano" en relación a los peritos. Eso sí, según se lee en el acta, 24 de febrero 2015, aportada por el perito Víctor Sánchez en su informe del 30 de marzo pasado, se tenía que hacer discretamente. Rezaba: "Hay que mantener la menor visibilidad o injerencia del Banco de España".

   Esta cruzada contra los peritos Sánchez y Busquets se inicia a partir de sus dos primeros informes respectivos, en diciembre de 2014. Sirve de plataforma de apoyo a los peritos de parte que a su vez presentan los imputados durante la instrucción sumarial. Se hace con el respaldo de la dirección general de Supervisión, a cargo de  Mariano Herrera, que a diferencia de Durán, sí asegura que existen las "provisiones genéricas sin asignación". Así lo hace constar en un informe solicitado al Banco de España por un juzgado de Navalcarnero, Madrid, que entiende de una demanda sobre Bankia. En dicho dictamen no participa el director general de Regulación, Julio Durán.

   Sin embargo, la cruzada fracasa. En sus últimos informes respectivos, del pasado 30 de marzo, Sánchez y Busquets insisten en señalar que no existen estas "provisiones genéricas sin asignar", y califican el folleto de salida a Bolsa, como "fraudulento". Retrospectivamente, los informes dan mayor contundencia a la resolución de la sala civil del Tribunal Supremo que ha calificado a finales de enero de 2016 de engaño la salida a Bolsa y obligó a devolver el dinero invertido por los pequeños inversores. "Lo determinante es que los adquirentes de las acciones ofertadas por el banco se hacen una representación equivocada de la solvencia de la entidad", decían los magistrados.  

    Pero Celma necesita a Durán para persuadir al juez de que lo que hizo tenía fundamento. Y también necesita a Herrera, el actual director general de Supervisión. A finales de 2010, Herrera es nombrado coordinador ejecutivo del departamento I de Supervisión (entonces, departamento de Cajas de Ahorros) en sustitución de Francisco Monzón. Y permanece como coordinador ejecutivo de Cajas de Ahorros durante 2011, hasta que es designado director general del FROB. Es Herrera quien avala las "provisiones genéricas sin asignar" y quien elabora el informe dirigido al juzgado de Navalcarnero sobre este asunto. Ya prestó declaración como testigo en julio de 2014.

   El último de los testigos propuestos por Celma es la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, citada para el próximo viernes. 

   La pregunta es: ¿qué pinta? ¿que le puede aportar a Celma?

   Elvira Rodríguez es nombrada presidenta de la CNMV el 28 de septiembre de 2012. Por tanto, nada tiene que ver con la salida a Bolsa de Bankia en julio de 2011. Celma propone su declaración porque ella ha escrito en su día, el 31 de mayo de 2013, al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) una carta en la que aseguraba la independencia de Deloitte durante su gestión de Bankia. La carta buscaba evitar una sanción a la empresa auditora. Pero el expediente se cierra con una multa por infracciones continuadas muy graves (12,3 millones de euros, rebajados por falta de antecedentes a 10,4 millones).

   Pero la presencia de Elvira Rodríguez hace brillar por su ausencia la declaración de Fernando Restoy (En la foto que abre esta entrada Restoy en el centro).

  El actual subgobernador del Banco de España, nombrado en junio de 2012, en sustitución de Javier Aríztegui, ha sido con anterioridad vicepresidente de la CNMV y consejero del Banco de España, y actuó como presidente en funciones de la CNMV durante el proceso de constitución y salida a bolsa de BFA-Bankia a raíz de la enfermedad del entonces presidente, Julio Segura. Su imputación, solicitada por Herzog, ha sido rechazada por el fiscal Luzón y por el juez Andreu.

    El fiscal tiene, a su vez, tres testigos, según hemos apuntado. En su desestimación de las imputaciones de los funcionarios del Banco de España, el pasado 15 de junio, Luzón exoneraba a dicha institución. "No solo no existen elementos en la causa que permitan sostener tal imputación -ni siquiera a título de dolo eventual-, sino que la misma resulta incompatible con la intervención que estas instituciones han tenido con vistas a la corrección de diversas malas prácticas en su momento detectadas", escribió. El juez Andreu recogió casi literalmente esta exoneración.

   Sin embargo, en un escrito posterior, de 30 de junio, Luzón señala: "La veracidad de los estados financieros de BFA y Bankia en la fecha de la OPV [Oferta Pública de Venta] de 20 de julio de 2011 es la cuestión determinante para establecer la concurrencia del elemento objetivo del delito del artículo 282 bis del Código Penal que se imputa a los querellados en este procedimiento. En este sentido, obran ya en la causa diversos informes periciales elaborados tanto por los peritos judiciales como por otros expertos, con importantes discrepancias entre ellos. También se ha pronunciado sobre la corrección de los registros contables de Bankia quien fuera su auditor, el socio de Deloitte Francisco Celma". 

   Bien.

  ¿Adónde va el fiscal?

  "La distinta interpretación que del contenido de tales informes se hace por unos y otros expertos contables hace preciso que sean los propios inspectores que intervinieron en la elaboración de dichos informes quienes efectúen una interpretación auténtica de los mismos, en particular sobre los activos crediticios de la entidad, la suficiencia de su cobertura y, en definitiva, sobre la situación de la entidad en la fecha de la salida a bolsa".

   El fiscal pone en pie de igualdad a los peritos judiciales con los peritos de parte, es decir, aquellos que son contratados por los imputados, bajo la fórmula de "unos y otros expertos".

   La "interpretación auténtica", pues, tienen que hacerla los propios inspectores. Luzón ha hecho una selección: deben prestar declaración José Antonio Casaus (5 de septiembre) Pedro Comín (miércoles 27 de julio) y Pedro Bravo (29 de julio)

   Casaus fue inspector de Caja Madrid en 2010 y más tarde en Bankia, en 2011. Ya declaró como testigo el 21 de julio de 2014, Comín fue nombrado jefe de grupo del recién constituido grupo BFA-Bankia en sustitución de Javier del Río y supervisó el proceso de salida a Bolsa de Bankia, en 2011. El 6 de julio de 2012 es nombrado director ejecutivo del FROB. Y desde el 20 de febrero de 2014 es director adjunto de Supervisión del Banco de España. Precisamente, en la mano discreta que le echa el Banco de España al FROB se cuenta un documento firmado por Comín y Javier Azcárate, jefe de la secretaría técnica, en el que se habla de la existencia de las "provisiones genéricas sin asignación". El tercer testigo ha sido un inspector, Bravo, en Caja Madrid y Bankia. 

    Algunos de los directivos actuales del Banco de España que se aprestan a declarar han participado desde posiciones inferiores o intermedias en la operación de fusiones de cajas y salida a Bolsa de Bankia proceso tras el cual han protagonizado un ascenso importante en la institución. Están, pues, interesados en defender lo que hicieron y cómo lo hicieron contra viento y marea. Y Celma y la empresa auditora Deloitte se consideran parte del mismo proyecto. Maquinistas del mismo barco. 

   

    

 

 

 

Bankia y su línea roja

Por: Ernesto Ekaizer | 03 jul 2016

                           

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       El juez Fernando Andreu se encamina a concluir su instrucción en el caso Bankia. El pasado viernes, día 1 de julio, rechazó la solicitud de citar a declarar como investigados; vamos, la petición de imputar, a Miguel Ángel Fernández Ordoñez, gobernador del Banco de España en el momento de los hechos, al subgobernador Javier Arístegui, al entonces director general de Supervisión, y actual adjunto, Jerónimo Martínez Tello, y al subgobernador, Fernando Restoy, vicepresidente y presidente en funciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en julio de 2011, la fecha de aprobación del folleto de salida a Bolsa de Bankia.

     Esta solicitud fue elevada por Andres Herzog, abogado que abrió la causa con una querella criminal en nombre del partido Unión Progreso y Democracia (UPD), en calidad de acusación popular, en julio de 2012. Herzog, que ha abandonado la política, representa ahora a la acusación popular Confederación Intersindical de Crédito.

      Herzog solicitó estas imputaciones después de conocerse los informes definitivos de los peritos judiciales, los inspectores del Banco de España Víctor Sánchez y Antonio Busquets, aportados al juzgado el pasado 30 de marzo.

    El fiscal y el juez apoyaron la primera petición realizada por el abogado tras el informe pericial: la imputación de la empresa auditora de Bankia, Deloitte España, y de su socio auditor, responsable de los trabajos en la entidad financiera, Francisco Celma. Tanto Celma como el representante legal de la auditora, Manuel Arranz, ya han prestado declaración y han solicitado la citación de varios altos cargos del Banco de España como testigos para avalar sus argumentos.

    En su auto, el juez Andreu ha dejado pendientes y promete resolver en resolución aparte otras dos peticiones de Herzog: el requerimiento al Banco de España para que aporte los informes de seguimiento de los inspectores correspondientes a 2012, que arrojan luz sobre la reformulación de unas cuentas que han exigido aportaciones publicas para recapitalizar y sanear Bankia por 23.465 millones de euros, y la declaración, en calidad de testigo, del inspector José Antonio Casaus, responsable de inspección de Bankia desde su creación.

    El juez señala que se puede rechazar sumariamente la petición simplemente con el argumento de que lo que se dilucida en este caso es el delito de estafa a los inversores "de manera que la médula del tipo no es otra que la del engaño, lo que requiere un dolo específico, de forma y manera que en ningún caso cabe la participación imprudente en un delito de estafa". Y como el artículo 12 del Código Penal determina que las acciones u omisiones imprudentes solo se castigarán cuando expresamente lo disponga la ley y esta forma de participación en un hecho delictivo no está contemplada ni en el 382 bis ni en el 290 del Código Penal, pues... aquí paz y después gloria.

   Pero el juez prefiere abundar y suscribe los argumentos del fiscal Alejandro Luzón, teniente fiscal de la secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado.

    En sus argumentos, Herzog sostenía que "no hubo una verdadera supervisión. O peor aún, la supervisión consistió en impulsar el SIP [Sistema Institucional de Protección] y fomentar la salida a Bolsa de Bankia, colaborando a la perpetración de los delitos objeto de la investigación que no se podrían haber cometido sin la actuación del Banco de España y la CNMV. No podemos hablar siquiera de captura del supervisor. Pues era el propio supervisor el que, sobre la base de cuestionables criterios políticos, fomentó la huída hacia adelante causante del inmenso quebranto patrimonial de la entidad lo cual en modo alguno serviría, por cierto, de atenuante a la responsabilidad que incumbe tanto a los gestores de BFA-Bankia como a los auditores".

    ¿Qué responde el juez?

    "La única forma de participación de los mismos [altos responsables del Banco de España y la CNMV] en los delitos investigados lo sería mediante la comisión dolosa de los mismos, lo que supondría que todos los funcionarios del Banco de España y de la CNMV, interviniese en las labores de supervisión y control en las entidades bancarias afectas a esta instrucción, participaran de forma consciente, voluntaria y materialmente al resultado lesivo, esto es: a la causación del perjuicio a los inversores, y ello dentro de un plan delictivo acordado con los querellados en el que a aquellos les correspondería hacer cuanto pudieran para mantener una continuada inacción institucional, tal como indica el ministerio fiscal".

  Y añade: "En efecto, no cabe otra forma de hablar propiamente de "participación" en sentido jurídico-penal. Y dicha elaboración táctica es inverosímil. No solo no existen elementos en la causa que permitan sostener esta atribución dolosa de participación -ni siquiera a título de dolo eventual- sino que la misma resulta radicalmente incompatible con la intervención que el Banco de España y CNMV han tenido de cara a la corrección de diversas malas prácticas en su momento detectadas".

   A diferencia de lo que sostiene Herzog, sí ha habido una verdadera supervisión. Tanto los informes de la Intervención General del Estado (IGAE) como los de los peritos Sánchez y Busquets así lo ratifican. Según un informe de la unidad de la IGAE en la Fiscalía Anticorrupción, "de la documentación de las inspecciones se observa que las conclusiones iniciales de los inspectores se van resumiendo y suavizando hasta concluir en un escrito de recomendaciones que, a veces no parece reflejar con crudeza los problemas que debe solucionar la entidad”.

    Y en relación a lo que el juez Andreu califica como el papel del Banco de España en "la corrección de diversas malas prácticas entonces detectadas, veamos lo que señala el citado informe de la IGAE: “De todas estas debilidades, incumplimientos y actuaciones incorrectas, los informes de la inspección concluyen formalmente en escritos de recomendaciones, y solo en la última etapa de requerimientos, para subsanar, corregir o finalizar dichas prácticas, pero no nos consta en la información la imposición de sanciones, amonestaciones u otro tipo de actuación que refuerce el papel de supervisión del Banco de España”.

    A estas conclusiones de 2013, se unen los dos informes finales de los peritos Sánchez y Busquets. La inspección detectó los problemas que pintaban una entidad, Bankia, plagada de déficit de capital y saneamientos. En lugar de hacerlos antes de la salida a bolsa, se decidió temerariamente una huída hacia adelante. La idea subyacente era que la crisis financiera terminaría por amainar y los problemas, un bache,vaya, serían resueltos por sí mismos.

  Por tanto, los informes de los inspectores detectaron los problemas. Sus superiores inmediatos, cuadros medios y altos responsables,  decidieron, por razones que deberían explicar, esconder la situación de crudeza y siguieron adelante con sus planes de salida a Bolsa.

  En su auto, el juez ajusta, innecesariamente, cuentas con el abogado Herzog y alude a recriminaciones que ya le ha hecho cuando representaba a UPyD. Dice así: "Debe reprocharse a la parte acusadora su inadecuado enfoque del proceso y la justicia penal, que no puede -en ningún caso- desempeñar en ningún caso un papel de suplencia general en la exigencia de responsabilidades de todo orden social o político, como en algunos ocasiones este juzgado ya ha advertido al letrado de citada acusación, y que antes ostentaba la asistencia letrada de un partido político, sino que debe mantenerse en el ámbito que le es propio, en el que la responsabilidad penal es personal y solamente alcanza hasta donde alcanza la prueba"

¿A qué viene esta referencia?

  Veamos.

  Primero, recuerda, siguiendo al fiscal Luzón, que el sindicato Manos Limpias ya formuló peticiones similares. Lo cierto: Manos Limpias nunca fue acusación popular en esta causa. Este sindicato presentó una denuncia pero al exigírsele 20.000 euros de fianza, se echó atrás. Traer a una organización que está siendo investigada por extorsión y equipararla con los planteamientos de la acusación popular que representa Herzog no viene al caso.

  En segundo lugar, reprocha el juez que se haya hecho la solicitud de declaración como investigados de los responsables del Banco de España "cuando la instrucción se encuentra prácticamente conclusa". ¿Y no cabe decir lo mismo de la empresa Deloitte y el socio auditor Francisco Celma? ¿No les ha citado el juez, con apoyo del fiscal, "cuando la instrucción se encuentra prácticamente conclusa", un argumento que también ha apuntado la defensa de los auditores?

  ¿Hay una línea roja por la cual el juez no puede o no quiere traspasar?

  En mi libro Indecentes, Crónica de un atraco perfecto (mayo de 2012), he calificado la conducta de la alta dirección del Banco de España, de Jaime Caruana y Miguel Ángel Fernández Ordoñez, ante la burbuja del crédito, de homicidio imprudente o negligente. Los inspectores advirtieron por carta en 2006 sobre lo que se incubaba y los mecanismos legales existentes para desactivar la burbuja del crédito. Ni Caruana ni Fernández Ordoñez, ni Pedro Solbes, el destinatario de la carta, quisieron escuchar.

   Pero la operación Bankia supera con mucho la teoría del homicidio imprudente o negligente y reúne elementos de tipo penal dignos de investigar.

   En su informe sobre la crisis financiera en Estados Unidos, la comisión de investigación independiente creada por el Congreso, dice en su prólogo, en enero de 2011, lo siguiente: "La crisis ha sido el resultado de la acción e inacción humanas, no de la Madre Naturaleza o de modelos de ordenador fuera de control. Los capitanes de las finanzas y los administradores públicos de nuestro sistema financiero ignoraron las advertencias y fallaron en cuestionar, entender y gestionar los riesgos en evolución dentro de un sistema esencial para el bienestar del público americano. Lo que hicieron fue un gran desastre, no un tropiezo. Mientras que el ciclo económico no puede ser derogado, una crisis de esta magnitud no resultaba inevitable. Parafraseando a Shakespeare, la culpa no está en las estrellas, sino en nosotros".

    No es esto, no es esto, viene a decir el juez en su auto, lo que está en juego en el procedimiento penal de Bankia.

  Pero ¿se puede pasar por alto que lo que hicieron los responsables del Banco de España, aquellos en posiciones de poder en la escala de decisión, y de la CNMV, fue un gran desastre, no un tropiezo?

  Una operación de engaño masivo, como ha sancionado el Tribunal Supremo, se hizo con la cooperación de la cúpula de los supervisores.

   

    

 

     

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