Cuestión de Fe

Cuestión de Fe

Una reflexión coral sobre el significado de la religión y lo religioso ahora, con la elección de un nuevo Papa en la Iglesia Católica, y siempre, cuando sean otros los acontecimientos. Una mirada sobre lo celestial y lo terrenal, los asuntos generales y particulares de los creyentes de toda fe, en la jerarquía y a pie de calle. Sobre lo que tienen, les sobra y les falta a las iglesias hoy, y sus retos en un mundo globalizado. Cada texto es opinión respetable de cada autor.

Sobre el autor

Juan Rubio Juan Rubio. Es periodista. Nacido en Jaén, en la actualidad vive y trabaja en Madrid. Director Global del semanario de información religiosa ‘Vida Nueva’ (www.vidanueva.es). Es colaborador en varios medios de información y autor de varios libros de temática social y religiosa.

Mª Ángeles López Romero Mª Ángeles López Romero (Sevilla, 1970) es redactora jefe de "21, la revista cristiana de hoy" (www.21rs.es). Es conferenciante y autora de libros de temática educativa, social y religiosa. Pertenece al Consejo Asesor de la Cátedra de Teología Chaminade. Fue elegida Autora del año 2011 por la editorial San Pablo. Firma el blog "Papás blandiblup".

Juan Masiá Clavel Juan Masiá Clavel. Jesuita, Profesor de Ética en la Universidad Sophia (Tokyo) desde 1970, ex-Director de la Cátedra de Bioética de la Universidad Pontificia Comillas, Investigador del Centro de Estudios sobre la Paz de la Sección japonesa de la Conferencia Mundial de Religiones por la Paz (WCRP), en Tokyo. Es autor del blog En la Frontera.

Mariano Blázquez Burgo Mariano Blázquez Burgo. Licenciado en Derecho, pastor auxiliar de la Iglesia Evangélica Cristo Vive y Secretario Ejecutivo de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España FEREDE. Se encarga de la representación del conjunto de las Iglesias evangélicas y protestantes ante el Estado. Es miembro de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia.

Chema Caballero Chema Caballero. Fue misionero javeriano en África durante dos décadas y llevó a cabo programas de educación y recuperación de niñ@s soldado en Sierra Leona. Por discrepancias con sus superiores abandonó la congregación y dejó de ejercer el sacerdocio. Sigue confesándose católico, apostólico y, de vez en cuando, también romano. Es autor del blog África no es un país.

Veronica Nehama Verónica Nehama es licenciada en Ciencias Químicas, por la Universidad Complutense de Madrid, y diplomada en Propédeutique por la Universidad de Nancy. Ha sido durante 26 años directora y profesora de francés y Ciencias del colegio judío de Madrid "Ibn Gabirol-Estrella Toledano". Actualmente dirige tertulias literarias, imparte charlas, y es escritora. Ha publicado un libro de cuentos y la novela ‘Las turquesas mágicas’.

Natalia Andujar Natalia Andujares licenciada en Lingüística General, por la Universidad de Barcelona. Formada en la Universidad de la Sorbona y el IUFM de París, ha ejercido como docente en Francia durante diez años. Actualmente dirige el Centro de Formación Educaislam (www.educaislam.com). En el terreno asociativo, es vicepresidenta de Junta Islámica y directora de Red Musulmanas. Activista comprometida con los derechos de las musulmanas, ha colaborado en varios libros, es autora de un blog e imparte conferencias y cursos sobre islam y género.

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Desarrollo jurídico contemporáneo del islam en España (y V)

Por: | 24 de febrero de 2014

El 26 de octubre de 1991 comienzan las negociaciones del Acuerdo entre las comisiones negociadoras, la islámica y la estatal. Tras varias sesiones de negociación, la comisión negociadora islámica insistió en la necesidad de:

- La contribución directa del Estado al sostenimiento económico de las Comunidades Islámicas afectadas por el acuerdo que se negocia.

- La pertenencia de los profesores de religión islámica de los centros docentes públicos al claustro de profesores

- La representación estatal decidió que dichos extremos no pueden ser incluidos en el Acuerdo de Cooperación por razones de igualdad, ya que no figuran en los Acuerdos con protestantes y judíos y su inclusión supondría una novedad que necesitaría formular la oportuna petición de informe al Consejo de Estado.  

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Justicia se reúne con representantes de las principales confesiones religiosas por el XX aniversario de los acuerdos firmados con musulmanes, judíos y evangélicos 31 de enero 2013

 Ante esta situación, la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, como consecuencia de las deliberaciones sobre lo acometido, adoptó por unanimidad, en su reunión dedicada a las negociaciones del Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica, celebrada en Madrid el día 13 de diciembre de 1991, los siguientes acuerdos:


Que el interlocutor del Estado en la negociación, firma y seguimiento del Acuerdo de cooperación del Estado con las Comunidades islámicas inscritas, sea una entidad jurídica única que asuma unos mismos derechos y obligaciones y se responsabilice de su cumplimiento.

1. Que siendo dos las Federaciones islámicas que intervienen en el proceso negociador, es imprescindible que ambas Federaciones se agrupen, constituyendo una entidad con personalidad jurídica propia que sea el interlocutor único a que se refiere el número anterior.

2. Que en el caso de que no pudiera constituirse la referida entidad única representativa de las Comunidades islámicas, o de que alguna de las dos Federaciones existentes desistiera de su propósito de negociar, el Estado podría continuar la negociación, y en su caso, suscribir el Acuerdo de Cooperación con la Federación que acepte los postulados estatales y se responsabilice del cumplimiento de lo acordado, siempre que sea significativamente representativa del islamismo español y que, en el acuerdo de cooperación, se establezcan los mecanismos adecuados para que las Comunidades islámicas inscritas que lo deseen puedan incorporarse al mismo sin más requisitos que la aceptación del Acuerdo, debiendo quedar asegurado el respeto de los derechos individuales de los ciudadanos españoles de religión islámica.

3. Pasados cinco meses desde el comienzo de las negociaciones se logró firmar el Acuerdo el día 20 de febrero de 1992 por las dos comisiones negociadoras, la estatal, y la religiosa.

El 28 de abril de 1992 tuvo lugar la firma oficial del Acuerdo entre el Gobierno español y la Comisión Islámica de España.

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VALORACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN

* Es un paso importante en el camino hacia las libertades y entre ellas la libertad religiosa en particular.
* La singularidad de este hecho en Europa, especialmente por juntar en una sola ley todo el articulado.
* Es una cobertura jurídico-legal que protege los mismos derechos religiosos de los ciudadanos musulmanes españoles.
* La posibilidad del desarrollo y la mejora del contenido considerándolo como punto de partida.
* La formación de una comisión de seguimiento asegura la eficacia de la aplicación del mismo. 

Desarrollo jurídico contemporáneo del islam en España IV

Por: | 17 de febrero de 2014

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Nuevas generaciones nacidas en España despues de la firma del Acuerdo de Cooperación 1992

NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN

Las dos Federaciones islámicas presentaron a la Dirección General de Asuntos Religiosos sus respectivos proyectos de acuerdo de cooperación y además de la cuestión de términos islámicos que dificultaban la correcta marcha de las negociaciones, se trataron asuntos o materias concretas tales como:

* El ámbito personal de los acuerdos
* La objeción de conciencia
* El contrato matrimonial y la regulación de la sucesión
* El régimen financiero o colaboración del Estado al sostenimiento económico de las comunidades islámicas
* La consideración de la asignatura de religión islámica como lectiva, al igual que el resto de las asignaturas escolares.

La Dirección General de Asuntos Religiosos, una vez estudiados los proyectos islámicos, puso de manifiesto que estos asuntos podrían entrar en conflicto con el Ordenamiento Jurídico Constitucional, e incluso oponerse frontalmente al mismo.

En cuanto al ámbito personal de la aplicación de los acuerdos: la imposibilidad de aplicación de sus efectos en los fieles de las Comunidades Islámicas no inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, o inscritas y no incorporadas a las Federaciones negociadoras, por el carácter de pacto de acuerdos.

En cuanto a la objeción de conciencia, en los términos expresados en los artículos del proyecto de acuerdo, no estaban en armonía con el precepto constitucional correspondiente, que consagra como deber de los españoles la defensa de su patria, sin más causas de exención en el cumplimiento de sus obligaciones militares que las previstas en la legislación podrían acogerse, como otro ciudadano cualquiera, los españoles de religión islámica, sin necesidad de que el derecho correspondiente se consignase en los acuerdos.

El contrato matrimonial, así como la regulación de la sucesión, testada o intestada, son asuntos que, de acuerdo con la legislación española, no tienen naturaleza religiosa y, por ende, no deben ser objeto de las Acuerdos de Cooperación. Son más bien cuestiones de derecho civil.

Por lo que se refiere a lo que el proyecto denomina "Régimen financiero", o colaboración del Estado al sostenimiento económico de las Comunidades Islámicas federadas, es de significar que, en un Estado aconfesional, la cooperación de los Poderes Públicos con las confesiones religiosas que con carácter genérico, establece el Art. 16.3 de la Constitución se reduce, en el orden económico, a lo que dispone el Art. 7.2 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, es decir, a la concesión de los beneficios fiscales previstos en el ordenamiento jurídico general para las entidades sin fin de lucro y demás, de carácter benéfico, pero no comprende la concesión de subvenciones o ayudas económicas directas.

Esta es la actitud adoptada en los Acuerdos de Cooperación con las Federaciones evangélica y judía. La cooperación económica directa a favor de la Iglesia Católica es diferente, porque diferentes son también las circunstancias de hecho, el antecedente histórico de que la referida Iglesia viene percibiendo ayudas directas del Estado desde tiempos remotos, de forma que la supresión inmediata de las mismas, dificultaría, e incluso podría impedir, a los ciudadanos españoles de confesión católica, el ejercicio de su derecho de libertad religiosa de forma real y efectiva, por cuyo motivo se configuró en el Acuerdo con la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, un sistema de colaboración económica que consta de varias etapas sucesivas y de una meta final que es la autofinanciación de la Iglesia, como se explica en la exposición de motivos del mencionado Acuerdo, en la que se expresa que la finalidad de éste es la de "REVISAR" el sistema de aportación económica del Estado español a favor de la Iglesia Católica. No se trata, pues, de la implantación de un sistema de colaboración económica, sino de su mera revisión, cuyo fundamento encuentra el Acuerdo en las obligaciones jurídicas contraídas por el Estado en el pasado, que no puede desconocer ni prorrogar indefinidamente.

Respecto a considerar la asignatura de religión islámica como las demás asignaturas, el Estado no tiene, y no debe entrometerse en tareas que no le incumben, ya que la designación y el programa de enseñanza religiosa serán designados por la parte religiosa, en este caso de parte de las Comunidades Islámicas.

 

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Hoy salta a la arena, y otra vez la burra vuelve al trigo, un sacerdote, en público y en un medio de comunicación hablando barbaridades contra los inmigrantes. Su obispo le ha reprendido, pero no lo ha apartado de sus funciones. No hace mucho, otro saltaba a la arena “despellejando” a los homosexuales, con falta de caridad y además, con  indicios de delito. Otro, también hace unas semanas se lanzaba pidiendo que en España haría falta un buen “golpe” que acabara “con tanto rojo”…Y no continuo porque ya da grima…

Pero esto, a pesar de ser grave, no me parece lo más grave. Lo realmente triste es que no haya superiores que les manden callar ( Tan solo lo ha hecho el obispo de León, pero suave, suave, desmarcándose de las opiniones, pero…sin actuar) Algunos obispos se excusan diciendo que si son casos aislados, que si hay libertad de expresión, que si se trata de opiniones personales, que ya hablarán con ellos y los amonestarán, que están enfermos…

Eso es lo grave. Que no se tomen medidas, como se ha hecho con otros sacerdotes a los que se les ha sometido a una persecución inmisericorde por expresar, en el campo de la Teología, opiniones contrarias ( ¡ La Teología es eso, seguir avanzando y estudiando el Misterio! ) A otros los persiguen por simplemente romper algunas normas de tipo litúrgico, pura estética o incluso por cuestiones menores, sin importancia, más referidas a las rúbricas de la liturgia. En estos últimos años ha habido más victimas por cosas de poca monta , y pocas por estas de envergadura.

Y a estos no hay quien los pare, siguen, lanza en ristre, arremetiendo contra inmigrantes, comunistas, homosexuales, abortistas…se les ríe la gracia y se les manda al psiquiatra.

No, no es de recibo. Después de haber oído las declaraciones de un tal Jesús Calvo, sacerdote leonés con cargo ministerial, no podemos quedarnos con los brazos cruzados, pidiendo a Dios por su conversión solamente. Ya hubo un tiempo en la Iglesia; y no hace mucho, que a los sacerdotes pederastas se decía igual de ellos,. Y ya ven…cómo está el tema. Tampoco aquí debe haber silencio cómplice. El efecto Francisco en Lampedussa se lo pasan por el arco de las narices….¡ Una vergüenza ¡ que diría el Papa. 

La indiferencia que nos hace cómplices

Por: | 13 de febrero de 2014

Hace un par de semanas escribía en el blog sobre el fenómeno migratorio. Me he resistido a abordar nuevamente esta temática. Pero la gravedad de los hechos de la semana pasada en Ceuta y Melilla y, en especial, la justificación egoísta e indiferente de la muerte de inocentes y de la posible vulneración de derechos humanos elementales, me ha llevado a escribir la reflexión que ahora comparto.

“Parte tu pan con el hambriento, hospeda a los pobres sin techo, viste al que va desnudo. (…) Y no te cierres a tu propia carne.” (Is,  58, 7). La cita no he tenido que rebuscarla en la Biblia. Es uno de los textos de la misa del domingo pasado. Un pasaje ante el cual no valen excusas. Lo primero para un cristiano ha de ser la acogida fraterna de los que más sufren, especialmente si son víctimas inocentes de su propia situación. Por eso me han indignado los comentarios  despectivos (por calificarlos de manera suave) que algunos han mostrado con las declaraciones de monseñor Agrelo, de la Delegación de migraciones del obispado de Cádiz y Ceuta, y de la Comisión de Migraciones de la Conferencia Episcopal, que denunciaban estos hechos desde los valores del Evangelio. Escritos que nos interpelan por el modelo de sociedad que estamos construyendo en la Europa de los satisfechos: esa que, en aras de una supuesta seguridad, puede llegar a justificar la vulneración de derechos humanos fundamentales, olvida nuestra corresponsabilidad en la situación de África, culpabiliza a inocentes de su propia drama y  los criminaliza como causantes de nuestra pérdida de bienestar.

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El imperativo de la fraternidad no es opcional en el Evangelio. Viñeta de José Luis Cortés (tomada de Religión Digital)

Me asombra el tono cínico de muchas personas anónimas que exigen a los autores de esos artículos que den ejemplo y carguen ellos con esa solidaridad que nos proponen. No saben, o no quieren saber, que quienes así denuncian esta situación lo hacen desde la coherencia de haber unido, desde hace años, la palabra con una praxis de cercanía y acompañamiento a las personas inmigrantes.

Pero más me ha sorprendido escuchar en las noticias de TVE las manifestaciones airadas del director de la Guardia Civil. La primera vez, echando en cara a las organizaciones que atienden a los inmigrantes que éstas no hablan de la violencia que sufren los miembros del cuerpo por parte de los que intentan saltar la valla. Hoy miércoles, anunciando una querella contra los que “injurian y calumnian” al cuerpo con acusaciones de ser sus agentes causantes indirectos de las muertes acaecidas, o con la muestra de actuaciones, como la difundida por la organización Prodein, que siembran la duda sobre su legalidad.

Me intranquilizan, y mucho, declaraciones de este tipo, que exponen una visión parcial, interesada y descontextualizada de la situación. Y que no ayudan a la reflexión serena y objetiva sobre lo ocurrido, ni favorecen la tan necesaria cohesión social. Sólo desde la verdad y la asunción de nuestra parte de responsabilidad podremos afrontar el drama de la inmigración. No sirven versiones sesgadas.  Creo que merece la pena tener aquí en cuenta las palabras del Papa Francisco, cuando nos recuerda que “hoy en muchas partes se reclama mayor seguridad. Pero hasta que no se reviertan la exclusión y la inequidad dentro de una sociedad y entre los distintos pueblos será imposible erradicar la violencia. Se acusa de la violencia a los pobres y a los pueblos pobres pero, sin igualdad de oportunidades, las diversas formas de agresión y de guerra encontrarán un caldo de cultivo que tarde o temprano provocará su explosión. Cuando la sociedad -local, nacional o mundial- abandona en la periferia una parte de sí misma, no habrá programas políticos ni recursos policiales o de inteligencia que puedan asegurar indefinidamente la tranquilidad. Esto no sucede solamente porque la inequidad provoca la reacción violenta de los excluidos del sistema, sino porque el sistema social y económico es injusto en su raíz” (Evangelii Gaudium, 59).

El hecho divulgado por Prodein, y especialmente los sucesos acaecidos la semana pasada en Ceuta, deben ser aclarados con urgencia.  La fiscalía de esa ciudad va a investigar las circunstancias en que se produjo la muerte del único subsahariano encontrado en aguas españolas. Un grupo de organizaciones ha presentado denuncia en la Fiscalía General del Estado en la que se pide una investigación sobre las muertes del fin de semana. Las afirmaciones que se presentan en ese escrito hablan de actuaciones contrarias a derecho y llenas de inhumanidad. Por credibilidad de nuestras instituciones, pero sobre todo por justicia, su esclarecimiento no puede esperar. El informe solicitado por el Ministro del Interior a la Guardia Civil debe ser realizado cuanto antes y permitir esclarecer con exactitud, rigor y objetividad todo lo ocurrido.

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Málaga, 12 de febrero 2014. Concentración solidaria con los fallecidos en Ceuta

Quizá alguno se extrañe del contenido de este artículo, y piense que me he equivocado, hablando de política en vez de religión. Se engaña. La única motivación que hay detrás es evangélica. El amor cristiano se realiza en la caridad política. Y la Doctrina Social de la Iglesia nos recuerda que “es un acto de caridad indispensable el esfuerzo dirigido a organizar y estructurar la sociedad de modo que el prójimo no tenga que padecer la miseria” (CDSI 208). A esto estamos llamados con urgencia los cristianos. Y en esta apuesta coincidimos con los que, desde cualquier otra motivación, trabajan por la dignificación de los más vulnerables. En una sociedad fracturada por el modelo económico y de valores que se nos impone, es nuestra condición de seres humanos expoliados la que nos une a todos, independientemente de la cultura, creencias, nacionalidad o situación administrativa que tengamos. Y la que nos anima a seguir tejiendo redes de compromiso. Un compromiso que incluye la exigencia de otra política social, migratoria y de cooperación en España y en toda la Unión Europea.

¿Hasta cuándo la muerte de inocentes huyendo de la misma muerte? Hoy siento vergüenza e indignación ante la hipocresía de nuestros gobernantes. Pero sobre todo, me duele la indiferencia de los que la consienten: aquéllos a los que el hambre y la miseria de “los otros” les resbala. ¿Descubrirán algún día que la compasión nos humaniza y hermana por encima de unas fronteras que sólo están al servicio de los poderosos?

Desarrollo jurídico contemporáneo del islam en España III

Por: | 09 de febrero de 2014

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Las generaciones musulmanas nacidas en españa 

COMISIÓN ISLÁMICA DE ESPAÑA

La Asociación Musulmana en España y las entidades que solicitaron, en su momento, la declaración de notorio arraigo para la religión islámica, no lo hicieron para cada una de las comunidades solicitantes en particular. En caso de haberse producido este supuesto - petición para cada una de ellas o para una sola en concreto - no cabría siquiera plantearse el tema que estamos tratando, pues sería muy difícil que se cumpliesen los requisitos exigidos para la declaración de notorio arraigo en una comunidad islámica o en un conjunto reducido de éstas.

Sin embargo, la solicitud del reconocimiento de notorio arraigo para la religión islámica se formuló, por parte de las comunidades islámicas participantes, como continente de todas las comunidades musulmanas y como fe compartida por todas.

En todo caso, el Estado no podía pactar con la religión islámica como "credo religioso". Sería, entonces, preciso, buscar la fórmula necesaria para la realización del pacto. Esta fórmula consistiría, posiblemente, en la Federación de las distintas Comunidades, Centros o Asociaciones existentes en España que puede entenderse que constituyen una confesión. Este dato facilita enormemente la posibilidad de permitir el reconocimiento del notorio arraigo.

"Es preciso también advertir que dentro de una misma creencia o religión pueden coexistir diversas corrientes que difieran en el modo de interpretar sus fuentes normativas, sin que ello suponga que cada una de estas interpretaciones pueda entenderse como desgajamiento de la religión a la que todas las corrientes pertenecen".

Teniendo en cuenta que el Estado debe negociar y, en su caso, suscribir el acuerdo de cooperación con un interlocutor único, que asuma unos mismos derechos y obligaciones para todas las Comunidades Islámicas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, resulta indispensable que los representantes legales de las distintas Comunidades Islámicas, facultados para ello por sus respectivos Estatutos, acuerden y designen a los miembros que han de integrar una Comisión Representativa y autorizada para la negociación y, en su caso, suscripción del acuerdo de cooperación con el Estado español.

Para cumplir el requisito estatal y crear una entidad jurídica única que asuma unos mismos derechos y obligaciones y se responsabilice de su cumplimiento, se han creado no sin dificultades de carácter técnico y de naturaleza propia de las Comunidades Islámicas, por el amplio y variado abanico de criterios, las dos Federaciones islámicas: la Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas y la Unión de Comunidades Islámicas de España, inscritas el 17 de septiembre de 1989 y el 10 de abril de 1991 respectivamente en el Registro del Ministerio de Justicia.

El 19 de febrero de 1992 se formó oficialmente por las dos federaciones existentes, que agrupan a la mayoría de las entidades islámicas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, la Comisión Islámica de España, como interlocutor único de los musulmanes de España, cuyos representantes legales suscribieron el acuerdo de cooperación el día 28 de abril de 1992.

Monserrat, el Nuncio y el PP ¿Eventual Estado catalán?

Por: | 05 de febrero de 2014

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La “cuestión catalana” vuelve cada vez que en Madrid hay problemas urgentes que resolver. Y ya estamos viendo en estos últimos años, desde que el PP gobierna. Y las palabras, armas letales, se suceden para agriar las relaciones y tensar los arcos. Si recogiéramos todo lo que se viene diciendo y publicando, nos asombraríamos del elenco. Y es que, como decía Goethe: “Se tiende a poner palabras allí donde faltan ideas”. Y quizás sea eso lo que falte a todos. Ya no saben a qué echar mano para alimentar cierto anti catalanismo en el resto de España. Y en Cataluña los hay que a más fuego, más leña. La serenidad se ausentó ya hace tiempo y cuando vuelve, la tratan de loca aquí y allí.

Ahora, una vez más, ponen a la Iglesia de por medio. La Iglesia, trapo para este “ruedo ibérico”. Aunque sea petulante, pero he de decir que justo este tema es el que abordo en un capítulo de mi libro: “El fin de la era Rouco. La verdadera historia del cardenal que apostó por una España católica” ( Península-Atalaya), que ayer mismo salía a la venta. El capítulo lleva por título “La unidad de España, un bien moral” (páginas 119.126). Es la lucha por querer meter a la Iglesia en el problema catalán y verla como parte del problema. Y ahora han afinado el tiro: Monserrat, esa “voz de la montaña”, con tanto peso al otro lado del Ebro. El gobierno del PP no se conforma con mover hilos en Roma, como no hace mucho hicieron los ministros Margallo y Jorge Fernández, para traer a Barcelona de arzobispo a alguien que crea poderosamente en esa “unidad de España como bien moral”, alentados por el cardenal Cañizares, sino que dan un paso más, metiendo en guerra a la Nunciatura, representada en España por Renzo Fratini, poco dado a “calditos” como su antecesor y a declaraciones públicas. (Creo que es este el único comunicado durante su etapa. No habló cuando en los famosos papeles robados al Papa , el Vatileaks, se le implicaba en escabrosos temas, falseados, al parecer) Quienes criticaron en su momento al presidente Aznar cuando movió hilos para llevar a Barcelona al actual arzobispo de Zaragoza, ahora caen en la misma trampa. Trenzan sus estrategias desconociendo que Cataluña ya tiene su propia red en Roma, una red que informa sin intermediarios. Todo vale al PP, pero en Roma hay muchas voces que cuentan lo que realmente pasa en aquellas iglesias. Lo ha recordado el abad monserratino recientemente. ¡ Y ha dolido ¡ aunque el abad solo ha recordado lo que los documentos de los obispos de la Tarraconense vienen diciendo, aunque él lo ha hecho en forma de titulares, pero remitiendo a los textos.

La letra es sangre. Lo dijo Joseph Goebbels, el Ministro de Propaganda nazi. No usar la palabra y la letra adecuadamente es peligroso. Veamos lo que dijo el abad de Monserrat, Josep Maria Soler, poniendo una partícula condicional por delante. Es el derecho a soñar: “Si Cataluña votara a favor de la independencia, a partir de lo que se ha hecho en otros contextos, me imagino que el Vaticano establecería relaciones diplomáticas con este nuevo Estado, como lo ha hecho con todos los nuevos estados que se han ido creando. Esto sería lo normal”. Ya ven…” en caso de…”; “ si se dieran las circunstancias…”; “ si al final resultara que si…”. Todo condicional.

Ante las declaraciones, la Nunciatura Apostólica en España precisaba que las declaraciones del abad son opiniones de su exclusiva responsabilidad personal y no reflejan en absoluto la posición de la Santa Sede sobre que “un eventual estado catalán sería reconocido por el Vaticano”. Es normal que esto diga el nuncio quien también pone por delante “ un eventual”, término no bien usado. Cuando se decía “Un eventual Estado palestino”, se refería al momento en que estaba en ciernes y experimentación. Cuando se dice que alguien está en “un eventual estado de embriaguez…” se quiere decir que esa persona está ebria de forma circunstancial y cuando se habla de un “trabajador eventual” se refiere a alguien que trabaja un tiempo solo y sin continuidad. No cabe, pues, hablar de “eventual estado catalán”. Solo hay un deseo de consulta popular para ver “ si….” Pero no hay “eventualidad”. Todo se debate en el condicional “si” del abad y en el “eventual” del nuncio. Hipotético caso en boca del abad y rechazo hasta de la hipótesis. Lógicamente, la Nunciatura dice que eso no lo ha dicho el Vaticano, pero es que el abad no dice que el Vaticano lo haya dicho…

Ya ven. La letra, la palabra. Pero en todo esto hay otras cosas más que no debemos olvidar:

1. Los obispos de Catalunya han hablado de esto, y mucho. Leer sus documentos puede aclarar muchas cosas, antes de lanzar dardos sin leer. No hay tantas barbaridades en los textos de los obispos catalanes. Las hay más en otros foros.

2. El abad de Monserrat no es un insensato. Y en Roma, Montserrat no es un rincón apartado y olvidado, ni su voz es irrisoria. Todo lo contrario. Roma, y lo dice el abad, está muy informada del tema catalán. Aviso de navegantes para lo que ahora se baraja: el cambio en el arzobispado de Barcelona. Y, al parecer, todo vale…

Y por qué no el camino de en medio: que la Iglesia en Cataluña sea un lazo, un puente, un lugar de diálogo. No se arrepentirían nunca. Montserrat sería un buen sitio para ese diálogo. 

Desarrollo jurídico contemporáneo del islam en España II

Por: | 02 de febrero de 2014

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La Asociación Musulmana en España, poniendo en consideración la necesidad de negociar con el Estado español para lograr los derechos protegidos por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa a través de un acuerdo de cooperación veía como paso imprescindible la declaración del Islam en España como religión de Notorio Arraigo, razón que le indujo a presentar una petición oficial al Director General de Asuntos Religiosos el día 25 de abril de 1989 exponiendo los siguientes motivos:

"Que la religión islámica es de las creencias espirituales que han configurado la personalidad histórica de España. Nuestra cultura y tradición son inseparables de los fundamentos religiosos que han labrado las esencias más profundas del pueblo y del ser español.

La religión islámica por su ámbito y su número de creyentes, ha alcanzado en la actualidad notorio arraigo en España.

En nombre de la Asociación Musulmana en España, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 de nuestra Carta Magna y en el artículo séptimo de la Ley Orgánica 7/1980 de 5 de julio, de Libertad Religiosa, a los efectos de establecer con el Estado los acuerdos o convenios de cooperación que se contemplan en nuestro ordenamiento jurídico vigente.

Solicita: que previos los trámites y diligencias oportunos, se declare a la religión islámica como de notorio arraigo en España, entre las creencias religiosas existentes en la sociedad española".

Al tiempo de presentar el escrito anterior, la Asociación Musulmana en España se dirigió a todas las entidades y organizaciones islámicas establecidas en España para apoyar su petición a través de los medios de información sociales.

Previos los trámites y diligencias oportunos, el día 14 de julio de 1989 se reunió la Comisión Asesora de Libertad Religiosa con el único orden del día: "la deliberación y el dictamen sobre el Notorio Arraigo del Islam en España".

El dictamen sobre el Notorio Arraigo de la religión islámica en España fue elaborado por Ana Fernández González y Dionisio Llamazares Fernández, en cuyas conclusiones se precisa lo siguiente:

"... hay que decir que la religión islámica está presente en España desde el s. VIII, con una difusión muy importante durante los primeros siglos y una pervivencia posterior mayor o menor según las épocas y circunstancias históricas, que se mantiene ininterrumpidamente hasta nuestros días.

Puede señalarse que las comunidades islámicas se extienden por gran parte del territorio español, siendo especialmente importantes en el tercio sur de la península y en la parte española del norte de África.

Existe, a nuestro juicio, una clara conciencia por parte de los ciudadanos españoles de que la religión islámica es una de las creencias espirituales que han enraizado históricamente en España y que perduran en la actualidad.

Cualquier español medio conoce sin dificultad la presencia religiosa islámica en España".

Los datos antes mencionados son suficientes y cumplen los requisitos exigidos por el artículo 7.1 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

Pero además, añaden los ponentes del dictamen que hay otros factores que refuerzan la idea de un incremento de la confesión islámica en España y de una estabilidad en el futuro:

* No cabe duda, desde un punto de vista objetivo, que hay que reconocer en la actualidad la importancia de la religión islámica en el mundo y el movimiento expansivo que está experimentando en los últimos años. El Islam cuenta en la actualidad con más de 900 millones de adeptos repartidos en mayor o menor proporción por todo el mundo. Se trata, entonces, de una confesión religiosa no solo de las más antiguas, sino también de estabilidad probada y con garantía de pervivencia importante en el futuro.


* La proximidad geográfica de España territorio nuclear islámico, la existencia de territorio español en el norte de África, y el sistema de relación actual vigente en España entre el Estado y las confesiones religiosas, regido por los principios de libertad religiosa, igualdad religiosa y aconfesionalidad del Estado, favorecen el aumento de una religión ya enraizada de antiguo en el país.


* Por último, la emigración que desde los países islámicos, fundamentalmente de los del norte del continente africano, se produce hacia España, hace suponer, asimismo, el incremento en un futuro de los fieles de esta confesión.

La Comisión Asesora de Libertad Religiosa, tras el estudio y debate del dictamen presentado, declaró por unanimidad la religión islámica de notorio arraigo en España.

El País

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