18 abr 2011

Al final de la luna de miel

Por: José Yoldi

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¿Por qué la gente sueña con un amor de película si solo dura dos horas? La pregunta es uno de esos aforismos anónimos que circula por Internet y que te pone en situación de imaginar ese fondo cáustico que conlleva una mala ruptura con la pareja y que en ocasiones es un tránsito de la pasión más arrebatada al odio más refinado. Le puede pasar a cualquiera.

Los protagonistas de la historia no son famosos sino personas como usted o como yo, por lo que revelar su identidad solo añadiría sufrimiento.

Imagine que tiene problemas con su pareja y que esta está en tratamiento psicológico (el que se trate de hombre o mujer es indiferente, porque hay casos para todos los gustos). Usted, que en este caso es varón, acude una vez a charlar con la psicóloga para tratar de mejorar la relación, pero finalmente el matrimonio se rompe. En la vista sobre medidas provisionales, en la que se decide la guardia y custodia de sus tres hijos, así como el régimen de visitas, la psicóloga presenta, a instancias de su esposa, un informe relativo a su estado psicológico, pero en el que incluye como conclusión que es usted el que padece graves enfermedades mentales, aunque no especifica cuáles, y precisa que es arriesgado y peligroso para su esposa y para sus hijos establecer cualquier tipo de relación con usted por el riesgo físico y psicológico que supone para ellos, ya que usted no está capacitado para ejercer como padre, por lo que recomienda que se atribuya a la madre la guarda y custodia, que no le concedan régimen de visitas y que se decrete una orden de alejamiento contra usted en prevención de riesgos.

El informe, que fue realizado sin que la psicóloga le hubiera examinado con ese fin, fue empleado como informe pericial de parte. Los peritos de parte son esos profesionales —médicos, psicólogos, economistas, químicos, etc.— que comparecen ante el tribunal como expertos a propuesta de una de las partes y que resaltan en su informe aquellos aspectos favorables a quien les ha propuesto y tratan de desacreditar los que les perjudican, en ocasiones deformando la verdad. Se supone que son imparciales, pero nunca lo son y tampoco nunca a ninguno de ellos le ha pasado nada, salvo quizá una momentánea reprobación verbal, por no serlo.

El caso es que la psicóloga no aportó ni un solo dato objetivo en los que supuestamente se había basado para obtener tan drásticas conclusiones. Aunque el tribunal asegura que no hay relación de causa-efecto con que la guarda y custodia se otorgara a la madre y con el limitado régimen de visitas concedido, es evidente que alguna importancia tuvo. Imagine cómo se hubiera sentido.

No sé lo que usted hubiera hecho, pero el protagonista de la historia presentó una demanda contra la psicóloga por intromisión ilegítima en su honor.

El juez de Barcelona al que correspondió el caso dijo que no había ninguna noticia de que el marido hubiera tenido un comportamiento excesivo, ni de que hubiera recibido tratamiento psíquico que “permitiera valorar la mera posibilidad de que conclusiones tan duras se ajustaran a la realidad”. Y tras multar a la psicóloga con 3.000 euros, señaló que las expresiones que había incluido en el informe respecto al marido “no estaban justificadas por el ejercicio de su labor”.

La Audiencia de Barcelona, a la que correspondió el recurso, señaló que si la psicóloga apreció una posible enfermedad en el esposo, nunca debió comunicarla a su paciente como una conclusión médica y menos cuando ni siquiera le había examinado a esos efectos. Y tras calificar el comportamiento de la psicóloga como “injustificado” y “conducta prohibida”, también confirmó la condena de 3.000 euros por daños y perjuicios.

Ahora la Sala Civil del Tribunal Supremo ha anulado la multa por entender que prevalece la libertad de expresión de la psicóloga frente al derecho al honor del marido. Señala que la sentencia de Barcelona no hace especial hincapié en que los hechos no eran verdad, sino en el carácter innecesario e injustificado de un diagnóstico de una persona que no era paciente suya. Y agrega que no se ha demostrado que el dictamen incurriera en exceso.

Aprecian cómo a los peritos de parte nunca les pasa nada.

Decía con ironía el escritor catalán Noel Clarasó: “Indudablemente la época más feliz del matrimonio es la luna de miel; lo malo es que para repetirla, han de suceder cosas muy desagradables”.

Ya ven.

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Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

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El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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