Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

Nuevo libro

El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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José Yoldi

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26 sep 2011

Kit-kat de agradecimiento

Por: José Yoldi

Este blog es un lugar de encuentro para comentar temas jurídicos, pero al mismo tiempo este espacio es personal, en cuanto que se ve afectado por lo que le ocurre al autor, incluso a pesar de sus deseos. Chaleco El 22 de agosto pasado tuve un accidente de moto, que me ha obligado a dejar de escribir o a escribir mucho menos de lo que me hubiera gustado.   (A la derecha, estado del chaleco que llevaba, tras el accidente)

Hoy quería hacer un Kit-Kat (como los jóvenes, por efecto de la publicidad, llaman a un alto en el camino, una pausa, un receso) de agradecimiento. Porque ya estoy casi restablecido, y en un tiempo record para el formidable trompazo que me di. Y ha sido posible gracias a la excelencia y profesionalidad de la doctora Cristina López Marcos, que dirigió el tratamiento a seguir, y a Marisa Martín Laguna, la más amable, dulce y cuidadosa de las enfermeras, que cada dos días limpiaba y curaba mis heridas. Gracias a ellas y a todo el equipo de la Mutua Maz. Sin ellos todo habría sido mucho más difícil. Muchas gracias.

Marisa y Cristina López Marcos 
La doctora López Marcos, a la derecha, y la enfermera Marisa Martín Laguna.

22 sep 2011

Tan pocas plumas no hacen Faisán

Por: José Yoldi

FAisan jesus uriarte 
Fachada del Bar Faisán, de Irún, donde se realizó el chivatazo al aparato de extorsión de ETA. Jesús Uriarte

 

“El arte de la policía es no ver aquello que es inútil que vea”. Es posible que a usted le parezca que semejante elogio al pragmatismo, a hacer la vista gorda, es obra de Rubalcaba o de Rajoy, según su afinidad política.

Nada más lejos de la realidad. El comentario fue realizado el 24 de mayo de 1800 por Napoleón Bonaparte, que ya era primer cónsul de Francia, puesto que había dado el golpe de Estado del 18 de Brumario, aunque todavía no se había proclamado emperador, y lo hizo a su ministro de la policía, el intrigante Joseph Fouché, considerado el fundador del espionaje moderno.

Lo cierto, es que no solo en Francia, sino en todas partes y en todas las épocas, la policía ha mirado hacia otro lado en determinadas ocasiones al servicio del Estado, lo que nos lleva al caso Faisán.

El 4 de abril de 2006, en los albores de las conversaciones entre el Gobierno y ETA para poner fin a la violencia en Euskadi —apoyadas luego por todos los grupos parlamentarios a excepción del PP—, alguien avisó a uno de los integrantes del aparato de extorsión de la organización terrorista de que había una operación policial en marcha, dirigida desde la Audiencia Nacional y que podrían ser detenidos en cualquier momento. Al parecer, un policía entregó un teléfono móvil a Joseba Elosua, propietario del Bar Faisán, de Irún, a través del cual otra persona no identificada le advirtió de la operación. Elosua presuntamente era el intermediario de la organización terrorista en el cobro de las extorsiones a empresarios que solían hacerse efectivas en el citado bar, desde donde el dinero se llevaba a Francia.

No se dispone de grabación alguna de la llamada recibida por Elosua. Se sabe de su existencia porque la policía había colocado un micrófono en su coche y el propio Elosúa le contó admirado a su yerno, Carmelo Luquín, cómo “los maderos” le habían pasado el teléfono y le habían avisado de que podía ser detenido. Esa es la conversación que está grabada.

La redada se pospuso debido al chivatazo, aunque mes y medio después todos los integrantes de la banda dedicados al cobro del llamado impuesto revolucionario fueron detenidos.

Luego, paralelamente al sumario contra el aparato de extorsión de ETA, el juez Grande-Marlaska inició otra investigación para determinar el autor o autores del soplo. Encargó las pesquisas al policía Carlos Germán, que también estaba al frente del operativo policial el día del chivatazo y este señaló como autores de la delación al inspector José María Ballesteros, al jefe superior de policía del País Vasco, Enrique Pamies, y al entonces director general de la policía, Victor García Hidalgo, debido a los cruces de llamadas que se realizaron aquel día. Sin embargo, otros mandos policiales, como el comisario José Cabanillas, que en aquella época era el jefe de la Unidad Central de Inteligencia (UCI), señalaron que el encargado de la investigación, Carlos Germán, podía ser el chivato, puesto que le había propuesto destruir la grabación de la conversación entre Elosua y su yerno, la prueba del nueve de la delación.

Garzón, tras regresar de su estancia en Estados Unidos se hizo cargo del caso y llamó a declarar a Elosua, que negó que Ballesteros, señalado por Germán, fuera la persona que le había facilitado el teléfono móvil. También llamó a la mujer y al hijo de Elosua, a todos los policías que estuvieron en el operativo y practicó todas las pruebas razonables sobre las grabaciones, tráfico de llamadas, etcétera.

Cuando estaba a punto de archivar el caso por falta de indicios sobre los autores, un tribunal de la Audiencia con Enrique López como ponente le ordenó practicar nuevas pruebas por considerar que los hechos investigados tenían "una gravedad sin precedentes en la historia de la lucha contra el terrorismo en España” y por eso reclamaba que se pusiera “especial celo" en las pesquisas que debían ir “más allá de lo normal”.  López, asiduo colaborador del laboratorio de ideas del PP, FAES, donde ha participado en más de medio centenar de seminarios, es el eterno candidato al Tribunal Constitucional a propuesta de ese partido aunque no cumplía los requisitos de antigüedad en la carrera para ello.

Más adelante Garzón fue suspendido en sus funciones de juez, y Pablo Ruz le sustituyó. Volvió a llamar a declarar a Elosúa y a los policías, repitió pruebas realizadas por su predecesor y practicó otras nuevas. Tras cinco años de investigaciones, decidió procesar a los policías Ballesteros, Pamies e Hidalgo por colaboración con banda armada —único delito que justificaba que él siguiera con el caso, porque de lo contrario debería de haberlo remitido a un juzgado del lugar donde ocurrieron los hechos, Irún— y revelación de secretos. Algún magistrado estimó que había una instrumentalización política del caso. Y no se puede negar que la artillería del PP, con ese leasing que tiene de la verdad, bombardeó a preguntas en el Parlamento con el Faisán a Rubalcaba que había sido el ministro del Interior de la época.

Ahora, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por unanimidad, es decir, con el inefable Enrique López incluido, ha considerado que el chivatazo existió y que constituye delito, pero que no hay indicios suficientes para saber quién es el autor. Los jueces no califican jurídicamente los hechos —si es revelación de secretos o colaboración con banda armada— y devuelven el caso al juez Ruz para que investigue en otras direcciones que no había contemplado o lo archive.

Magistrados, fiscales y algunos observadores externos dan por sentado que con esta resolución el caso ha muerto jurídicamente, aunque entienden que para conseguir la unanimidad se haya dejado una salida que permite seguir investigando. Y seguro que las acusaciones propondrán numerosas pruebas, pero salvo que el autor confiese, que no parece que vaya a ocurrir, todo indica que no se encontrará petróleo.

Nunca es bueno que los delitos queden impunes, aunque en este caso el que se buscara la paz y el fin de ETA es claramente una circunstancia atenuante. Sin embargo, había quien pensaba que con el Faisán se iba a dar un gran banquete político, pero resulta que, después de cinco años de investigaciones, solo han quedado unas plumas que no dan ni para un bocado.

 

19 sep 2011

La paradoja de los 10 años de cárcel

Por: José Yoldi

Otegi 
Otegi reta puño en alto a simpatizantes de la ultraderecha y de la AVT que habían acudido a insultarle y amenazarle, cuando se acerca a la Audiencia Nacional para ser juzgado, flanqueado por sus abogadas Jone Goirizelaia (i) y Arantza Zulueta.

Los pilotos de Fórmula 1 o de motociclismo saben por experiencia que, por mucha ventaja que lleven a sus rivales, todo puede cambiar –una rotura de motor, un accidente, un pinchazo- hasta el último segundo de la carrera. Y eso suele ser así en casi cualquier deporte de competición. La condena a 10 años de cárcel para los dirigentes de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga por pertenencia a ETA ha constituido una gran alegría para algunos, en la creencia de que por fin se hacía justicia, y un jarro de agua fría para otros, que creían que el nuevo rumbo de la formación independentista exigía la excarcelación de Otegi para que encauzase el definitivo abandono de la violencia por parte de la banda terrorista.

Pues bien, esa condena (10 años de prisión, a los que se añaden otros 10 de inhabilitación para ejercer cargo público, lo que de hecho impediría a Otegi y Usabiaga liderar las listas de su formación en nada menos que 20 años) puede conllevar una gran paradoja, que haga que unos y otros vean en relativo poco tiempo cómo se troca su alegría por decepción y viceversa. Aunque se trata de pura lógica jurídica, seguro que alguien se lo achacará al Gobierno o a pactos políticos, que nada tendrán que ver con el caso, pero siempre hay personas que prefieren intuir conspiraciones que asomarse a la realidad. 

Otegi nunca había sido condenado a penas superiores a dos años de cárcel mientras ha sido la cabeza visible de Batasuna y siempre por enaltecimiento del terrorismo en homenajes a etarras o por injurias al Rey. Algunas las ha cumplido, otras no y la del Rey le fue condonada, porque según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se había vulnerado su libertad de expresión. En el pasado, en 1989, le impusieron seis años, de los que cumplió la mitad, por participar, como miembro de un comando de ETA en el secuestro del empresario Luis Abaitua. Pero, en el caso Bateragune le ha caído la primera pena realmente importante, 10 años por pertenencia a banda terrorista en calidad de dirigente. Precisamente, el proceso en el que ahora ha sido condenado y el de Batasuna-Herriko tabernas, en el que la fiscalía pide 12 años de prisión para él, son los dos últimos, de los siete que tenía pendientes hace cinco años.

Lo peculiar del caso es que tanto en uno como en otro proceso Otegi está acusado del mismo delito, integración en banda terrorista, que tiene carácter de delito permanente y por el que no puede ser juzgado dos veces. Es decir, un criminal puede ser condenado por dos o más asesinatos diferentes en otros tantos juicios, pero la pertenencia a ETA no se puede dividir en periodos, por ejemplo, de 1998 a 2005 y de 2005 a 2008 y condenar por cada uno de ellos. Es el mismo delito hasta que se deja de pertenecer a la organización. La Audiencia Nacional ha absuelto en las segundas vistas a terroristas condenados anteriormente. Seguro que recuerdan el caso de Rabei Osman, el Egipcio, absuelto en el caso del 11-M, porque ya había sido penado en Italia; el de Xabier Alegría, procesado, pero exonerado antes del juicio de Egunkaria por haber sido condenado en el caso Ekin, o el de numerosos etarras que han cumplido condena en Francia por asociación de malhechores con fines terroristas, delito equivalente a la pertenencia a banda armada del Código Penal español, es decir, por ser miembros de ETA.

Claro que se preguntarán ¿Por qué dice eso, si ya ha sido condenado a 10 años?

Pues verán, con anterioridad a todo esto, el 27 de enero de 2010, Otegi fue juzgado por delito de enaltecimiento del terrorismo por su participación en 2005 en el homenaje al etarra José María Sagarduy, Gatza, el preso que más tiempo llevaba encarcelado. Durante el juicio, Otegi se negó a contestar a las preguntas de las acusaciones, pero la presidenta del Tribunal, Ángela Murillo, le preguntó si condenaba la violencia de ETA. Como el acusado se negó a responder, la magistrada comentó en voz alta: “ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta”. “Y yo que iba a hacerla”, replicó Otegi, que fue condenado a dos años de prisión.

Precisamente por ese rifirrafe, la defensa de Otegi recurrió la sentencia por considerar que Ángela Murillo tenía prejuicios contra él y el Supremo le dio la razón. En febrero, anuló la condena y ordenó la repetición del juicio con otros magistrados debido a las dudas existentes sobre la falta de imparcialidad de la presidenta del tribunal. Y en julio otro tribunal de la Audiencia no encontró pruebas para condenar al dirigente abertzale.

Sin embargo, por el camino, llegó el momento de juzgar a Otegi por el caso Bateragune y ¡mira que mala suerte!, el tribunal estaba de nuevo presidido por Murillo. La magistrada podía haberse abstenido, habida cuenta de la anterior resolución del Supremo, pero no. Otegi la recusó, pero ella decidió seguir adelante. Y los restantes magistrados de la Sala, por siete votos contra dos, en un corporativismo mal entendido, y en lo que desde fuera de la Audiencia se consideró una torpeza, decidieron no apartarla del caso por tratarse de tipos penales distintos.  ¡Cómo si la imparcialidad tuviera que ver con los tipos penales!

Así que ahora tenemos que la condena a 10 años por pertenecer a ETA supondrá  que Otegi, por el principio ne bis in idem, no podrá ser juzgado por Batasuna (nadie lo ha planteado todavía, pero Iruin y Goirizelaia son dos estupendos abogados, es un argumento de manual y ya lo han esgrimido en otros procesos) y la causa quedará sobreseída para él. Y, mientras en Bateragune Otegi ha argumentado que sus reuniones eran para distanciarse de ETA y buscar la participación política por vías pacíficas y democráticas, en el proceso de Batasuna –en el que le pedían 12 años de cárcel- no existe esa posibilidad, ya que hace referencia a los años en los que los dirigentes de la izquierda abertzale iban de la mano con la estrategia de la banda terrorista, de lo que existen numerosas pruebas.

¿Y qué pasa con la condena a 10 años? Pues que es muy posible que dentro de unos meses el Supremo la anule –como ya pasó con la del homenaje a Sagarduy- por aparente falta de imparcialidad de la presidenta y que las alegrías se trasformen en decepciones y viceversa. Como un pinchazo en la última vuelta o un gol en el tiempo de descuento.

Hay quien ha querido ver en la condena a Otegi un mensaje de la Audiencia Nacional hacia la izquierda abertzale, en el sentido de que seguirá la mano dura mientras ETA no abandone definitivamente las armas. Otros, sin embargo, creen que no existe tal mensaje supuestamente unánime, sino que la decisión obedece a un ejercicio de la independencia judicial por parte de tres magistrados, a un juicio desde las tripas en lugar de las pruebas del sumario, e incluso, a un posicionamiento de los jueces ante el previsible relevo en el Gobierno. Decían en la serie Juego de tronos que “un león nunca se preocupa por las opiniones de la oveja”.

Decidan ustedes.

02 sep 2011

Solo por dejar constancia

Por: José Yoldi

Es muy probable que nadie me haya echado de menos en el mes y medio que no he escrito en el blog o que alguno haya pensado que mis vacaciones veraniegas son propias de un ministro plenipotenciario de una república bananera. Ya me gustaría, lo de las vacaciones.

Sin embargo, por razones ajenas a mi voluntad, he pasado a engrosar las estadísticas.

Sí, he sido uno de los desafortunados que hemos tenido un accidente de moto este verano. Un coche decidió invadir el carril por el que yo circulaba cuando iba a trabajar. Mi estado es doloroso, pero no preocupante, y espero que en unos días pueda reintegrarme a la actividad laboral. Aprovecho para desear lo mejor a aquellos que no han tenido tanta suerte como yo y, en especial, al vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo.

No obstante, no ha sido la explicación precedente la que me ha movido a escribir, sino el dejar constancia de que, finalmente, el Consejo General del Poder Judicial, el 21 de julio, en el último pleno antes de las vacaciones, consumó el nombramiento de Rafael Gimeno-Bayón como suplente de sí mismo en la Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo, tal y como se contaba en el artículo titulado "Manual de cómo ignorarse a sí mismo", publicado en El País, y en este mismo blog, el pasado 11 de julio. Fuentes del Consejo aseguraron que el nombramiento recibió cuatro votos contrarios —José Manuel Gómez Benítez, Margarita Uría, Almudena Lastras y Miguel Carmona— por considerar que se trata de un “fraude de ley”. Recordarán que la Sala Tercera del Supremo invalidó el nombramiento de Gimeno-Bayón por no reunir los requisitos para ser magistrado de la Sala Primera del alto tribunal por el turno de juristas de reconocido prestigio para el que le había nombrado el Consejo en una más que polémica decisión. Tras ejecutar la sentencia —por imperativo legal— el Consejo, a instancias de la Sala de Gobierno del Supremo, le ha nombrado magistrado suplente, una categoría inexistente hasta ahora.

Ya se sabe que nadie es perfecto, pero el Consejo con determinadas resoluciones parece empeñarse en atesorar desprestigio contra viento y marea.  

BOE-A-2011-14078 

El País

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