18 ene 2012

Ante la ruleta rusa

Por: José Yoldi

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Imagen tomada con un teléfono móvil de Garzón en la puerta del Salón de Plenos del Supremo rodeado de jueces amigos, poco antes de iniciarse el juicio contra él.
José Yoldi 

 

Imagine a un tipo con un revólver en la sien y apretando el gatillo una, dos y hasta tres veces. Así se debe de sentir el juez Baltasar Garzón ante los tres procesos sucesivos por los que le van a juzgar en el Tribunal Supremo. Solo que la bala imaginaria de ese revólver va a acabar con su carrera como juez.

Garzón es un luchador y peleará hasta el final, pero él mismo ha asumido e interiorizado el resultado de estos juicios. Ya de entrada en el caso de las escuchas de la Gürtel, dos de los siete magistrados que le juzgan, el progresista Luciano Varela y el conservador Manuel Marchena, que han instruido o están instruyendo dos de las causas por prevaricación contra el juez de la Audiencia Nacional —la de los crímenes del franquismo y la de los pagos por los cursos de la Universidad de Nueva York— han sido recusados en repetidas ocasiones por el propio Garzón por entender que han perdido su imparcialidad. La última vez que formuló la recusación fue ayer, ante el propio tribunal, en el que figuraban los dos recusados. Y el tribunal despachó la petición con una lacónica respuesta: son cuestiones ya resueltas anteriormente.

Le han denegado la mayor parte de las pruebas que había propuesto para su defensa, aunque ayer el tribunal aceptó el testimonio del funcionario Vicente Maroto, que presenció cómo los policías de la Unidad Antifraude (UDEF) le plantearon la necesidad de intervenir las conversaciones de los jefes de la trama Gürtel en prisión con la finalidad de prevenir delitos de blanqueo de dinero y que evadieran varios millones de euros a paraísos fiscales.

Sin embargo, Garzón se ve condenado. Prueba de ello es que el todavía juez formuló una novedosísima petición, como es que el Tribunal Supremo tenga prevista una segunda instancia a la que recurrir, para el caso de que fuera condenado.

Los delitos cometidos por personas que tienen fuero, ya sean miembros del Gobierno, parlamentarios o jueces, son juzgados por la Sala Penal del Tribunal Supremo, pero contra esa decisión no cabe recurso ni segunda instancia.

El Pacto Internacional para los Derechos Civiles y Políticos, suscrito por España, obliga a tener una segunda instancia penal, es decir, que otro tribunal distinto pueda revisar la eventual condena y la justicia española ya ha sido condenada en varias ocasiones por no disponer de esa opción en los juicios contra aforados en el Tribunal Supremo. Los  rapapolvos de los tribunales internacionales supusieron que la segunda instancia se incluyera en varias reformas legislativas, pero nunca fue aprobada porque los proyectos decayeron al llegar al final de la legislatura.

Garzón propuso ayer que su caso tenga una segunda instancia, es decir que si es condenado su caso sea revisado por la Sala del artículo 61, integrada por los presidentes y los magistrados más antiguos y más modernos de cada sala. El tribunal le contestó que esa es materia del legislador.

Superó con nota a los letrados de la acusación y no tuvo el mal gusto de proclamar como suelen hacer los culpables: “Confío en la justicia”.

La ruleta rusa está en marcha.

Hay 6 Comentarios

Inma:
en civil 5 años (a veces 6 o 7, pero no diez). Ya de contencioso no le puedo decir, pero creo que ahí los plazos son bastante mas abultados.
Y en laboral le digo que no tengo ni idea.
De laboral y contencioso me abstengo, porque no ando fuerte en esas ramas.
Eso sí, en civil, 5 años clavados. Y si lo desea le puedo decir cientos de casos...
No hay más que cojerse las STS y leer el primer párrafo.
Un saludo

Sr. Alfonso:
No sé cuántos casos tendrá usted pendientes en el TS, pero le puedo asegurar que de cinco años nada de nada. La resolución en civil, laboral y contencioso-administrativa va más allá de esos plazos que usted cita. En materia penal pueden darse casos en que si se resuelva en cinco o seis años. En ninguna de mis palabras puede usted deducir que haya dicho que los Magistrados no trabajan, sólo digo que, aunque sea primera y única instancia, en el caso de Garzón se han encargado de que los procedimientos sean investigados, juzgados y ¿condenados? lo más rápido posible. Hay un tufo en todo lo referido a los procesos contra Garzón que, nos guste más o menos este personaje, huele mal.
Saludos.

Inma:
El TS tarda en civil unos cuatro o cinco años en resolver un recurso de casación.
En penal, según el caso (si el sujeto está privado de libertad, sobre todo), los plazos son similares.
Pero aquí no es casación. Sino primera y última instancia.
Y si tardan tanto no es porque no hagan su trabajo, sino porque hay muchos asuntos, y muchos requieren de un intenso estudio

El TS suele tardar alrededor de diez años en resolver cualquier recurso de casación interpuesto. La cuestión del enjuciamiento de Garzón, si no improcedente, se me torna sospechosa. ¿En menos de 9 meses tres procesos?. ¡Qué eficacia judicia!. Los derechos a la segunda instancia (en el caso de aforados está limitada) se está vulnerando sistemáticamente, creo que uno de los últimos casos polémicos fue el de el militante de la izquierda abertzale (....no me gusta escribir su nombre...) ganó el recurso y tuvo que ser restituido en sus derechos. En fin, que Garzón juega a la ruleta rusa con el tambor lleno de balas. Saludos

Sr. García. Su solución de abstención es magnífica. Aunque luego a ver quien aguanta las críticas por vago o por ser "D. inhibición". La idea es magnífica, y si no cuela siempre cabe decir que de tanto verse el procesado y su señoria son amigos íntimos.
Lo de la ausencia de recurso es de chiste (con el caso GAL no se empleó tan brillante argumento??).Enfin... Y pedir que sea la Sala del 61, la LOPJ al garete!!
Y el Sr. Juez-Magistrado de la AN sigue con su toga!!! Lo mismo denuncia que se la tuvo que pagar él de su bolsillo, y que ello se debió a que él es el primer juez en investigar a Franco y al PP...
Comparto su opinión en todos los aspectos.
Sin embargo, entiendo que es difícil convencer a otros que manejan un criterio diferente.
Y ya el hecho de pedir pruebas... (a mí no me cabe en la cabeza; aunque la realidad me mete tal afirmación en la testa a base de martillazos: es muy bonito decir que se deniegan las pruebas).
Un cordial saludo.
Y otro para el Sr. Yoldi. Entiendo que dada la relevancia de este asunto (un Juez juzgado en un Estado de Derecho siempre es novedad... aaahhh! no!!! que es novedad en regímenes totalitarios!!!), y su trascendencia pública (entiendo que este es el argumento fundamental para darle tanto bombo y platillo a esta noticia y no solo en este medio) justifican, desde el punto de vista periodístico, el singular tratamiento de esta noticia.
Abrazos a ambos.

MIs felicitaciones don José; una nueva colaboración en escasamente un día, y además sorteando todo tipo de imponderables.Voy a exigir a su jefe que le conceda días canosos extra, si es que no los disfruta ya.Por cierto ¿desde cuando el haber sido instructor en una causa penal imposibilita formar sala de enjuiciamiento en otro asunto distinto del instruido? Si tiene una respuesta jurídicamente sólida y que no venga referida a la existencia de contubernios, pásemela. Un conocido mío piensa elevar abstención respecto de todas las causas que lleva contra delincuentes habituales de ciudad norteña sobre la base de ese cuerpo de doctrina tan preclaro. En cuanto a la novedad de la petición de enjuiciamiento por la Sala 61, parece obvio que si se quiere ir al TEDH denunciando infracción del derecho a la doble instancia, debe además denunciarse tal infracción en el momento en que ésta se produce. Con ello ya nos aseguranos st estimatoria del TEDH que poder blandir en su día, cual alfanje, ante nuestros perseguidores. Saludos y ánimo para las próximas sesiones.

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Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

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El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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