Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

Nuevo libro

El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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José Yoldi

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28 feb 2012

Un arúspice en palacio

Por: José Yoldi

Los arúspices eran sacerdotes que en la Roma de los césares abrían las entrañas a los animales para leer en ellas sus presagios. No se sabe bien con cuanta frecuencia acertaban en sus predicciones, pero supongo que  lo harían bien, porque los emperadores que quedaban descontentos no se andaban por las ramas a la hora de echarlos a las fieras. Aunque es muy probable que, como ocurre ahora con los adivinos de la tele, sus profecías fueran frases ambiguas en las que cabían varias interpretaciones que sirvieran para encajar en lo que ocurriera.

El arúspice del que hablo no es así. Un magistrado del Supremo me contó en abril de 2010 qué iba a pasar con las tres causas que ya estaban abiertas contra Baltasar Garzón en aquellas fechas. Mencionó que sería juzgado primero por el caso de las escuchas de la Gürtel, donde sería condenado y expulsado de la carrera. Nada peor para un juez defensor de los derechos humanos que ser apartado de la judicatura por vulnerar los derechos de los acusados.

Aseguró también que en el caso de los patrocinios de los cursos de Nueva York no había nada delictivo, pero que serviría para enlodar la imagen del juez y que en el caso de los crímenes del franquismo, con ser el más dudoso, en su opinión, sería absuelto para no deteriorar el prestigio de España y del Supremo en el extranjero.

Garzón había ninguneado la ley de Memoria al activar un proceso penal al franquismo y había humillado al alto tribunal con su decisión sobre la suspensión de actividades de ANV. Sectores del Gobierno socialista querían dar un escarmiento al juez por la Memoria y el PP, con Federico Trillo al frente, se sumó con entusiasmo a la labor, tras sus decisiones en la Gürtel.

Y el augurio del arúspice del Palacio de Justicia se ha cumplido en todos sus extremos. Como se dice ahora, la hoja de ruta ha culminado con la expulsión de la carrera de Garzón. Y eso no lo remedia ni aunque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condene al Reino de España, como es previsible, por falta de imparcialidad de los jueces Varela y Marchena. Este arúspice no falla.

27 feb 2012

Me lo quedé porque era mío

Por: José Yoldi

Coro Cillán
La juez Coro Cillán, titular del Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid, en las inmediaciones de Plaza de Castilla.
Foto: Santi Burgos

"A los silenciosos no se les puede quitar la palabra". Esa irónica frase del poeta polaco Stanislaw Jerzy Lec refleja la única ventaja de los que nunca tienen voz. Porque frente a las florecientes asociaciones de extrema derecha pseudopatrióticas, sindicatos sin afiliados más que sospechosos y personal sin escrúpulos que ha decidido hacer carrera a costa de las víctimas y que se lanzan a interponer acciones criminales contra ministros, jueces, policías o políticos, cuyas actuaciones o resoluciones no les gustan, no existe, que se conozca, agrupación de signo ideológico contrario que recurra a los tribunales para obtener similar satisfacción.

El caso viene a cuento a raíz de la decisión de la Audiencia de Madrid de archivar la causa con la que se pretendían reactivar las teorías conspiranoicas en relación con los atentados del 11-M y volver con la matraca de que ETA estuvo detrás de la matanza de los trenes del 11 de marzo de 2004. Para eso era necesario que el explosivo utilizado no hubiera sido la dinamita Goma 2 robada en Mina Conchita por José Emilio Suárez Trashorras y Jamal Ahmidan, sino Titadyn, y para ello era muy conveniente acusar a los artificieros de manipular las pruebas con oscuros propósitos y a los peritos de la policía científica y de la Guardia Civil de mentir con idéntico fin en la pericial de explosivos del juicio del 11-M.

Como nada de todo eso resultó del proceso de la Audiencia Nacional, sino exactamente lo contrario, es decir, que las bombas las pusieron los miembros de la célula yihadista de Leganés y que ETA no tuvo ninguna intervención, el 4 de junio de 2009 el partido Alternativa Española presentó una denuncia contra el comisario Juan Jesús Sánchez Manzano, jefe de los artificieros el día de los atentados, una perito de los Tedax y otros policías a los que, con base en el libro Titadyn, se acusaba de haber ocultado pruebas de los focos de las explosiones de los atentados del 11-M. El caso cayó en el Juzgado 6 de Madrid y fue archivado el 19 de junio, con un auto de sobreseimiento libre, en el que el juez Ramiro García de Dios destacaba que la denuncia era “totalmente infundada” y que los hechos supuestamente delictivos no resistían “el más mínimo análisis crítico en derecho y desde el derecho”. Finalmente, explicaba que “mediante técnica retorcida y taimada” se trataba de utilizar de forma espuria la jurisdicción penal.

Previamente, el caso se había tratado de resucitar en la propia Audiencia Nacional, pero el juez Eloy Velasco y la Sección Tercera entendieron que era cosa juzgada. El magistrado añadía que por mucha insatisfacción o impotencia que el resultado de las pruebas periciales generase, “no se puede practicar siempre la misma prueba hasta llegar al resultado apetecido”.

Cegadas esas vías, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M presentó el 9 de julio de 2009 una querella por los mismos hechos y con la misma base del libro Titadyn, que en lugar de remitirse al Juzgado número 6 como, por antecedentes, debería haberse hecho, se repartió al Juzgado 43. Y la juez Coro Cillán, jaleada por la acorazada mediática conspiranoica, se empecinó en investigar unas conductas que otro juzgado ya había declarado que no eran delictivas. La abogada de los policías, María Ponte, pidió el sobreseimiento libre y explicó a la juez que era cosa juzgada y que ella no era competente porque otro juez ya había desestimado la denuncia inicial.

Como si el caso llegaba a la Audiencia se lo iban a quitar -como finalmente así ha sido-, la juez Coro Cillán tardó un año y cinco meses –del 21 de diciembre de 2009 hasta el 25 de mayo de 2011- en denegar la pretensión de la defensa. La abogada Ponte le tuvo que recordar en tres ocasiones que seguía sin resolver su petición, lo que le impedía apelar a la Audiencia. Cillán solo se dio prisa después de que la letrada la denunciara en el Consejo del Poder Judicial. La actuación de la juez al no resolver para quedarse con el caso encajaba en la falta muy grave de "desatención o retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas”. Pero de la actuación del Consejo en este caso nunca más se supo. Los vocales, con cierta petulancia, se han autoproclamado “el consejo de la transparencia”, pero en lo relativo a sanciones a jueces rige la más impenetrable opacidad.  La denuncia probablemente sería archivada, porque  Cillán siguió en sus trece hasta que la Audiencia le ha dicho basta.

Ahora que el Supremo ha puesto de moda la prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) al echar de la judicatura a Garzón, cabe preguntarse: ¿Es delito no resolver en año y medio para evitar que en la apelación te archiven el caso porque era cosa juzgada y otro juez ya lo archivó antes de que admitieras a trámite la querella?

Si el caso hubiera sido de otro signo político no tengan duda de que numerosas asociaciones salvapatrias se habrían querellado contra la juez. En este caso, ni siquiera los policías perjudicados lo han hecho. Después de casi tres años acusados en un proceso que no se debía haber iniciado, o están agotados o no confían en la justicia. Ya saben, a los silenciosos no se les puede quitar la palabra.

20 feb 2012

En la absolución, yo te condeno

Por: José Yoldi

Tribunal que condenó a Garzón
Tribunal de la Sala Penal del Supremo que condenó a Garzón por las escuchas de la Gürtel. En el extremo de la izquierda, Luciano Varela; en el de la derecha, Manuel Marchena. Foto: Claudio Álvarez

 

¿Hay algo más sutilmente perverso que arruinar el prestigio de una persona en el mismo acto por el que le absuelves?
Verán, el 2 de febrero de 2009 la Sala Penal del Tribunal Supremo archivó la primera querella por cohecho (soborno) y prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) presentada contra el juez Baltasar Garzón por el patrocinio de los cursos celebrados en el centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York. El ponente de aquella resolución, que ponía fin al proceso declarando que no había habido delito en la conducta del magistrado, fue Luciano Varela. Este se mostraba contundente al señalar que era de una “abrumadora obviedad” que no había habido prevaricación y tampoco cohecho, pero hacía constar que Garzón no había comunicado al Consejo que cobraría un sueldo de la Universidad, que lo percibido podía exceder los límites fijados en la ley sobre compatibilidad y que ello podría constituir una falta disciplinaria muy grave de faltar a la verdad en la solicitud de obtención de autorizaciones. Pero Garzón, al pedir el permiso de estudios, había especificado que estaba gestionando que la Universidad cubriera “los gastos de desplazamiento, vivienda, y mantenimiento personal y familiar”, por lo que no había mentido. Así lo había interpretado el Consejo del Poder Judicial que ya había archivado una denuncia por ese hecho presentada por el mismo letrado. Pero Varela y sus compañeros, en la resolución por la que exculpaban a Garzón, deducían testimonio para que el Consejo actuase contra él. Debían conocer, porque lo había publicado la prensa, que el Consejo ya se había pronunciado, pero es que además, como finos juristas, estaban en la obligación de saber que incluso en el caso de que hubiera habido falta muy grave, que no la había, habría prescrito (por haber rebasado el plazo que se fija el Estado para perseguirla), porque habían transcurrido más de dos años desde que Garzón había regresado de Nueva York. En la absolución, yo te condeno.
El caso es que aunque en febrero de 2009 la querella fue rechazada porque no había delito, los abogados la presentaron de nuevo en julio y, curiosamente, esta vez sí se admitió. El juez Manuel Marchena fue nombrado instructor. Este, con tenacidad parecida a la fe del converso sometió durante dos años a Garzón a una investigación casi inquisitorial y rechazó todas las pruebas que el juez proponía para su defensa.
El fiscal mantuvo en todo momento que Garzón no había cometido delito y que el de cohecho impropio (recibir regalos por razón del cargo que se ocupa) que Marchena apreciaba “no podía soportarse en la especulación”, y era contrario al “resultado apreciable de una valoración lógica”.
Pero Marchena no se arredró y al archivar el caso por prescripción (algo que un juez del Supremo sabía que tendría que hacer al ser obvio que no había prevaricación) dejó un relato de lo ocurrido en el que arrastra la honorabilidad de Garzón por el fango, al dar por supuesto que cometió delito de cohecho impropio (el mismo que Garzón había imputado a Camps por el caso de los trajes). Un relato que no son los hechos probados de una sentencia, pero que en claro regodeo han recogido los voceros afines. Es decir, una iniquidad, de la que, tras el archivo de la causa, ya no puede defenderse. En la absolución, yo te condeno.
Varela y Marchena son dos de los jueces recusados por Garzón por falta de imparcialidad y que le han condenado en el caso de las escuchas de la Gürtel. Seguro que a la vista del resultado, Garzón hubiera preferido que le juzgara el TAS (Tribunal de Arbitraje del Deporte, que ha condenado a Contador).
Como con sutil ironía proclama un juez de derechas: “Se hace mejor doctrina cuando simplemente detestas al querellado que cuando además le aborreces”.
Y mientras tanto, el presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Dívar, puesto en la tesitura de que la condena a Garzón se convierta en el caso Dreyfus de la justicia española, hablaba en el Congreso de la Santísima Trinidad y de los mandingos. Además, como perla inolvidable, confundía el castillo de Balmoral, en Escocia —lugar de esparcimiento de los reyes de Inglaterra desde los tiempos de la reina Victoria y donde se refugió Isabel II durante la crisis de la muerte de Lady Di—, con Navalmoral. No llegó a precisar si el Navalmoral del que hablaba era de la Mata (Cáceres) o de la Sierra (Ávila), aunque tampoco importa, porque concluyó: "Yo estoy en un puesto verdaderamente difícil". Quizá le parece que con las últimas resoluciones, el buque insignia de la justicia hace agua y él se siente como el capitán del Costa Concordia. Y así nos va.

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Castillo de Balmoral, en Escocia.

Manuel Marchena
El juez del Supremo Manuel Marchena
. Claudio Álvarez

Marchena arrastra el honor de Garzón al considerar que cometió cohecho

El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha decidido archivar por prescripción (rebasar el plazo que tenía el Estado para perseguir el delito) la causa que seguía contra Baltasar Garzón por los patrocinios de unos cursos en la Universidad de Nueva York. El instructor arrastra la honorabilidad del ya ex juez, al considerar  acreditado que este reclamó dinero a diversas empresas españolas, en atención a que era el magistrado más famoso de España, para patrocinar una serie de conferencias en Nueva York,  pero no le deja defenderse porque archiva la causa al considerar que ese delito ya no se puede perseguir.

Se cierra así el tercero de los procesos que el Supremo abrió contra Garzón, que la semana pasada fue expulsado de la carrera judicial al ser condenado por prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) por haber ordenado las escuchas en prisión de los acusados de la trama corrupta Gürtel, que afecta al PP, con sus abogados. Además, está pendiente de sentencia el caso abierto por haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo.

El pasado 27 de enero, Marchena desechó que Garzón hubiera cometido prevaricación en relación con resoluciones relativas a los patrocinadores de los cursos de Nueva York, es decir, que todas sus resoluciones sobre el Banco Santander fueron ajustadas a derecho, pero concentró su inculpación en un delito de cohecho impropio (recibir regalos o fondos por razón del cargo que se ocupa).

Garzón decidió que no valía la pena recurrir en reforma al mismo juez al que ha recusado en varias ocasiones por falta de imparcialidad y elevó un recurso directo de apelación a la Sala, en el que tras manifestar su inocencia, precisaba que Marchena había actuado con notable falta de competencia de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial (lo mismo que se achacaba a Garzón por el caso de los crímenes del franquismo), que con cierta incongruencia el juez había denegado la comparecencia de testigos cuyos datos utilizaba para inculparle y que, en todo caso, el asunto debía ser considerado prescrito porque la presentación de la querella se realizó más de tres años después de celebrado el último de los cursos de Nueva York.

El fiscal Fidel Cadena, que sí recurrió en reforma, y ha mantenido en todo momento que Garzón no cometió delito alguno, consideró que tampoco había delito de cohecho impropio, pero en el caso de que el juez así lo creyera, el caso estaría prescrito. Sin embargo, el fiscal criticó duramente el auto de Marchena por entender que el delito que indica va “contra el resultado apreciable de una valoración lógica”, que “debe ser armónica, no caprichosa, y que “no puede soportarse en la especulación”, como hizo el juez del Supremo. 

Porque Marchena, aunque no son los hechos probados de una sentencia, da por acreditado que Garzón cometió un delito de cohecho impropio del artículo 426 del Código Penal, del que tras el archivo ya no puede defenderse.

 “El querellado”, dice Marchena en su auto, “contactó con responsables de distintas empresas españolas reclamando ayuda económica  para la celebración de cursos en los que él aparecía como director. Todas tenían en común —BSCH, BBVA, Telefónica y Cepsa— el haber sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio juzgado del que era titular el acusado o en otros de la Audiencia Nacional”. Cita también a Endesa y agrega que el ya ex juez reclamó 2,59 millones de dólares, aunque obtuvo para la universidad que le pagaba sus gastos 1.237.000 dólares. Marchena pasó por alto todos los testimonios y certificaciones que no eran útiles para sus tesis y desechó por ejemplo que todos los testigos afirmaron que ninguna de las cantidades aportadas como patrocinio de los cursos iban a servir para pagar el sueldo de Garzón que ya estaba estipulado como “senior fellow” (profesor distinguido) y como tal fue titular de la cátedra de Civilización y Cultura Hispánicas, del King Juan Carlos I Spain Center. Por ello cobró 160.133 dólares brutos desde marzo de 2005 hasta junio de 2006. Pero como expuso su letrado, Enrique Molina, Garzón no obtuvo, ni administró, ni percibió suma alguna, ni en efectivo ni en especie por su intervención en los eventos, proyectos complejos, publicaciones y docencia, al margen de los honorarios fijos y mensuales pactados, con la Universidad de Nueva York, como han acreditado las certificaciones y el extracto de su cuenta en el Citibank.

De modo que el archivo del proceso por parte de Marchena, supone un moderado alivio para Garzón, en el sentido de que por este asunto no será condenado, pero al mismo tiempo, el archivo le impide limpiar su imagen pública y le queda el baldón de la sospecha de corrupción que deja el instructor de que  cometió el mismo delito de cohecho impropio que aquel del que fue absuelto por un jurado popular el expresidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, por el asunto de los trajes.

 

Todas las pruebas eran impertinentes

El 12 de junio de 2009 los acusadores presentaron una querella contra Garzón por prevaricación, estafa y cohecho. Ya en junio de 2008 habían presentado una querella similar que fue archivada por la Sala Segunda en febrero de 2009 por no ser los hechos constitutivos de delito.

Sin embargo, y a pesar de ser más de lo mismo, el tribunal estimó que podía haber nuevos datos y dio trámite a la causa. La instrucción, a cargo del magistrado Manuel Marchena fue una sistemática denegación de todas las pruebas de descargo propuestas por la defensa de Garzón. Marchena imputaba a la Universidad de Nueva York el falsear datos referidos a los cobros de Garzón. Además, pedía información a la policía sobre algunos testigos para hacerlos comparecer, pero luego declaraba su testimonio impertinente. Algo incomprensible, puesto que eran las personas que ordenaron el pago de la nómina de Garzón o autorizaron el pago de sus gastos o negociaron con el Santander y otras empresas el patrocinio de los cursos y, en definitiva, coordinaron la organización, financiación y el destino de los recursos obtenidos.

La acusación popular solicitaba penas de hasta 5 años de prisión y 30 de inhabilitación para Garzón, pero finalmente el caso se ha archivado.

13 feb 2012

Una pildora de humor

Por: José Yoldi

Aquí va una píldora de humor. No se lo tomen como con los guiñoles franceses, que la vida es corta.

 

Portada de El Jueves

13 feb 2012

Nota interruptus y otras torpezas

Por: José Yoldi

José Ramón Soriano en el tribunal del caso de los crímenes del franquismo
El magistrado José Ramón Soriano en el tribunal que ha juzgado a Garzón por declararse competente en el caso de los crímenes del franquismo. Claudio Álvarez.

 

Una de las tonterías más recurrentes con las que se ilustra a aquellos que se acercan al mundo judicial es que los jueces y magistrados solo hablan a través de sus autos y sus sentencias. Ni que decir tiene que para la gran mayoría de los casi 5.000 jueces que hay en España eso es así, pero no porque tengan cercenada su libertad de expresión, puesto que tenemos magistrados que están en activo en sus respectivos juzgados y tribunales y paralelamente escriben columnas de opinión en periódicos de difusión nacional o participan asiduamente en tertulias de radio y televisión, ofreciendo su experta mirada, convenientemente remunerada, para diseccionar casos de actualidad que tramitan otros colegas.
La sorpresa de la semana se ha producido porque un magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, José Ramón Soriano, instructor en el caso Campeón, que afecta al ex ministro José Blanco, y miembro del tribunal que ha juzgado a Garzón por el caso de los crímenes del franquismo, ha concedido una larga entrevista al diario Información, líder de la prensa alicantina, en la que ha llegado a decir que "si hay que meter a Urdangarin en la cárcel, se le mete" y ha opinado que si él fuera el juez encargado de ese caso llamaría a declarar a la infanta Cristina, "porque no parece una persona tonta" y "si formaba parte de unas sociedades, algo sabe".
En la entrevista, Soriano salva la rectitud de los jueces, pero destaca la politización del Consejo General del Poder Judicial -los nombramientos de los altos órganos de la justicia están viciados desde el principio porque dependen de los políticos- y del Tribunal Constitucional -las sentencias del Estatut y de Bildu reflejan que no tiene autonomía- y concluye que por eso los ciudadanos no confían en la justicia.
Además, considera que "es muy probable" que un tribunal formado por magistrados profesionales no hubiera absuelto a Camps, porque la diferencia con un jurado popular "es tremenda" y a los jueces profesionales no les afecta la presión de la calle o de la opinión pública.
Como ven, ninguna novedad que no se haya oído o leído cientos de veces, salvo por la persona que lo dice, que, por otro lado, debe su nombramiento para el puesto que ocupa al mismo sistema que ahora critica. O quizá es que cree que su elección no fue consecuencia de un cambio de cromos de los vocales elegidos por los políticos sino que el suyo fue el único caso en el que realmente se aplicó el criterio de mérito y capacidad.
Lo cierto es que Soriano, con una ingenuidad digna de mejores causas, debía de pensar que sus manifestaciones únicamente se iban a leer en un periódico local y se encontró con que la editora Prensa Ibérica distribuyó y publicó la entrevista no solo en Alicante, sino en sus 14 periódicos. Y las agencias y las radios difundieron su contenido, que fue recogido por los periódicos de difusión nacional y los principales telediarios de las cadenas de televisión.
Quizá sorprendido por ver en negro sobre blanco y al lado de su nombre una serie de opiniones que mucha gente piensa, pero que no queda bonito que las diga un magistrado del Supremo, Soriano elaboró una nota de tres folios para matizar el contenido de la entrevista. Finalmente, los tres folios quedaron reducidos a tres párrafos en los que el magistrado trataba de restar importancia a sus manifestaciones sobre Urdangarin y la infanta y sobre la politización de la justicia. En la nota, con membrete del Supremo y bajo el título: "Nota de prensa del magistrado Sr. D. José Ramón Soriano", se daba a entender que él solo se había limitado a responder lo que dice la ley cuando le habían preguntado sobre si Urdangarin podía ir a la cárcel. Y en cuanto a lo de la politización de los órganos judiciales, se excusaba en "una involuntaria descontextualización" de lo que él había dicho.
Sin embargo, la realidad era otra, pues en la entrevista a una pregunta genérica sobre los casos Gürtel, Brugal, Matas o Urdangarin, Soriano se lanzó: "La gente espera que la justicia sea objetiva, imparcial y rigurosa. El Rey ha dicho que la justicia es igual para todos y si hay que meter en la cárcel a Urdangarin, se le mete".
La nota explicativa de Soriano fue una auténtica "nota interruptus", puesto que fue retirada a los 19 minutos de su emisión con la apostilla "se da por no enviada". ¿Qué había pasado? Pues que la entrevistadora al ver la nota había explicado a Soriano que ella había reflejado fielmente lo que él había dicho y que no le dejaba otra salida que hacer pública la grabación, en la que no quedaba precisamente bien parado.
Seguro que alguien pensará que el magistrado habrá aprendido para la próxima vez, pero como decía George Bernard Shaw: "La experiencia nos enseña que los hombres nunca aprenden nada por experiencia". Al tiempo.

10 feb 2012

Una coincidencia según lo previsto

Por: José Yoldi

Juez varela
El juez del Supremo Luciano Varela, y Baltasar Garzón, vistos por
SCIAMMARELA

 

La sentencia que ayer condenó por delito de prevaricación a 11 años de inhabilitación, y por tanto expulsó de la carrera judicial, a Baltasar Garzón estaba prevista en todas las quinielas que se manejaban en el Supremo, la Audiencia Nacional o el Consejo General del Poder Judicial sobre el resultado del juicio.

Este caso, como recordarán, se inició en febrero de 2010, y fue el tercero que se abrió en el Tribunal Supremo por el mismo delito contra el ya ex magistrado de la Audiencia Nacional por haber ordenado la intervención de las comunicaciones en prisión entre los principales acusados de la trama de corrupción Gürtel, que afecta al PP, y sus abogados.

Un año antes se había producido la querella del seudosindicato Manos Limpias porque el magistrado se había declarado competente para investigar los crímenes del franquismo, un plan sistemático de exterminio ordenado por los generales a las órdenes de Francisco Franco, como Mola y Queipo de Llano, y que a criterio del juez constituían delitos de desapariciones forzosas en un contexto de crímenes contra la humanidad. Y poco después, se había retomado otra querella que ya había sido archivada previamente por unos supuestos patrocinios durante su estancia por estudios en la Universidad de Nueva York.

Y mientras el caso de los crímenes del franquismo, impulsado con pasión por el juez Luciano Varela, fue necesario para suspender a Garzón en sus funciones, y el de los dineros de Nueva York para extender la sospecha de que había metido la mano en la caja, el verdaderamente importante fue el de las escuchas de la Gürtel.

Ya en octubre de 2010, en fuentes fiscales consideraban que el caso de las escuchas a los implicados en la trama Gürtel era el más factible para fundamentar una sentencia condenatoria. Garzón, tras sus pesquisas contra Pinochet y los generales de la dictadura argentina, está considerado en más de un continente como el gran perseguidor de crímenes contra la humanidad y defensor de los derechos humanos. Por ello, nada mejor que condenarle por vulnerar derechos fundamentales de los ciudadanos, aunque estos sean presuntos corruptos. Además, el juez instructor de este caso, Alberto Jorge Barreiro, desplazó sutilmente el proceso por intervenir las comunicaciones en prisión de los acusados de la Gürtel para prevenir el blanqueo de dinero en paraísos fiscales, a unas escuchas a sus inocentes abogados, lo que permitió imputar a Garzón la vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad, al secreto de las comunicaciones, al secreto profesional de los abogados, y al derecho de los imputados a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables. Así que mientras el caso de las escuchas iba a ritmo de AVE, los otros procesos, especialmente el del franquismo y los cursos de Nueva York, viajaban en mercancías.

Y en la cárcel se decía entre otras cosas:

Abogado. La buena nueva que te iba a decir es que la sociedad de los locales de Boadilla [un negocio supuestamente obtenido gracias al trato de favor de un alcalde del PP] no está bloqueada.

Pablo Crespo.  No.

Abogado. No sé cuánto en este momento, Ramón no estaba seguro pero pensaba...

Pablo Crespo.  Sí, sí, vale...

Abogado.  Entonces, si esto es así y podemos disponer, obviamente, salvo que vosotros me digáis otra cosa.

Pablo Crespo. No, no.

Abogado.  Voy a atender primero a vuestras familias, voy a hacer un cálculo de cinco meses, por ejemplo, en base a los números que me habéis dado, el otro día, eso será lo primero, en vez de mes a mes, porque si no tenemos el riesgo de que esto se bloquee.

Pablo Crespo. Lo administras tú de alguna manera.

De modo que indicaciones para que el abogado manejara los fondos que todavía no habían sido bloqueados, sí que hubo.

Y resulta que en ninguno de los tres casos que el Supremo ha instruido contra Garzón le acusa el fiscal, que considera que no cometió delito alguno.

En las escuchas, todo se basa en una interpretación legal del artículo 51.2 de la Ley General Penitenciaria que permite la intervención de las comunicaciones de los presos “por orden de la autoridad judicial y en supuestos de terrorismo”. El juez atendió la petición de la policía y las dos fiscales anticorrupción al adoptar la medida y luego fue prorrogada por el juez del TSJ Antonio Pedreira. Ninguno de ellos ha sido molestado, ni siquiera han comparecido como testigos.

En otros procesos, como el caso de Marta del Castillo se escuchó a los presuntos autores del asesinato para tratar de encontrar el cadáver de la joven; en el del abogado Pablo Vioque, se escuchó a su letrada para prevenir el asesinato del fiscal jefe antidroga Javier Zaragoza, para lo que el preso había contratado a un sicario. Ninguno de los casos tenía que ver con el terrorismo, pero tampoco ninguno de los jueces fue reconvenido.

Ahora a Garzón le han echado de la carrera. Como los jueces del Tribunal Supremo no prevarican, seguro que se trata de una coincidencia.

Una coincidencia según lo previsto, pensarán ustedes.

06 feb 2012

El arenque rojo y los vuelos de la CIA

Por: José Yoldi


Sun Tzu

 

Sun Tzu, el mejor estratega chino de todos los tiempos, ya sostenía hace la friolera de 2.500 años que el principio fundamental de la guerra es la tromperie, el engaño.

¿Saben qué es el arenque rojo? Pues en la terminología policial británica ha quedado como una evidencia de pista falsa. La expresión procede de la caza del zorro. Para entrenar a los perros para que siempre siguieran la pista verdadera, aunque fuera más débil, se utilizaba el arenque rojo que, macerado y ahumado, desprendía un fuerte olor muy característico. Primero se hacía seguir a los sabuesos un rastro de la presa, pero luego, cuando ya se habían habituado al olor, se les obligaba a seguir buscando después de haber pasado por la zona con arenque rojo. El olor del pescado era la pista falsa que tenía como finalidad confundir a los perros que tenían que dar con el rastro verdadero.

Y una suerte de arenque rojo es lo que parece que utilizaron los espías de la CIA al camuflar sus verdaderas identidades en la guerra sucia que desplegaron contra ciudadanos a los que se etiquetaba de terroristas y a los que se torturaba y enviaba a cárceles y destinos secretos en países poco escrupulosos con los derechos humanos. Decía Nietzsche: “Los monos son demasiado buenos para que el hombre pueda descender de ellos”, y alguna razón debía de tener.

El caso es que en España no hubo detenciones ni torturas por parte de espías de la CIA a supuestos sospechosos de terrorismo, ni consta que se utilizaran las bases para traslados de detenidos en la Operación Libertad Duradera, como ocurrió en otros lugares. Sin embargo, está acreditado que un vuelo de la CIA, un avión Boeing 737 con matrícula N313P, hizo escala en Palma de Mallorca el 22 de enero de 2004. Ese vuelo recogió en Skopje (Macedonia) al ciudadano alemán Jaled el Masri, que que había sido secuestrado durante la Nochevieja de 2003 en la frontera entre Croacia y Macedonia y al que habían confundido con el terrorista de Al Qaeda Khalid al Masri. Los secuestradores lo entregaron a la CIA, que el 24 de enero lo trasladó de Skopje a una cárcel clandestina en Kabul, donde fue interrogado y torturado. Tras advertir el error, cinco meses después, Jaled el Masri fue trasladado de nuevo a la frontera entre Macedonia, Serbia y Albania donde fue liberado. El 29 de mayo viajó de Tirana a Francfort.

Jaled al Masri en la Audiencia Nacional 9 de octyubre de 2006 Claudio ÁlvarezParece que el Boeing 737 antes de aterrizar en Mallorca había trasladado de Rabat (Marruecos) a Kabul al supuesto miembro de Al Qaeda Binyam Mohamed y desde allí habría embarcado a otros tres prisioneros que habría conducido hasta Argelia.

Todo indica que la tripulación de esos vuelos estaba integrada por 13 personas que estuvieron alojadas en el hotel Marriot Son Antem, de Llucmajor (Mallorca). Según un informe elaborado por la Guardia Civil, los dos pilotos eran James Richard Fairing y Eric Matthew Fair, y los tripulantes Jason Franklin, Michael Grady, Lyle Edgar Lumsen III, Charles Goldman Bryson, Kirk James Bird, Walter Richard Greensbore, Patricia O'Riley, Jane Payne, James O'Hale, John Richard Deckard y Héctor Lorenzo. La fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó la detención de todos ellos por utilizar documentación falsa, ya que no se puede acreditar que la tripulación participara en los secuestros. Además colaboró con los fiscales de Alemania, que también reclamaron las detenciones de los tripulantes en el proceso que se sigue en aquel país.

A pesar de la falsedad de las identidades, la ONG británica Reprieve, defensora de los derechos humanos, tras cruzar datos en bancos de la aviación de Estados Unidos y comparando los teléfonos a los que los pilotos llamaron desde España, dedujeron que Fairing era en realidad James Kovalesky y que Fair no era otro que Eric R. Hume.

La Fiscalía trató de aquilatar más las identidades reales de los tripulantes, y a través del juez Ismael Moreno, pidieron a Reprieve pruebas de sus deducciones. Reprieve ha contestado señalando que se trata de cruces de datos de registros públicos en Estados Unidos, pero no tienen otros medios de certeza. De nuevo, el gozo en un pozo, porque las autoridades de EEUU se niegan sistemáticamente a colaborar en este y en todos los casos en los que sus ciudadanos están implicados en crímenes de guerra o contra la humanidad.  

De momento seguimos con el arenque rojo, pero como decía Isaac Newton: “Si he hecho descubrimientos invaluables ha sido más por tener paciencia que cualquier otro talento”, así que aunque parezca que el proceso conduce inexorablemente hacia el archivo por falta de autores conocidos, no se desesperen que el partido todavía se está jugando.

01 feb 2012

La tolerancia de los fumadores

Por: José Yoldi

Sandro Pertini“De los fumadores podemos aprender la tolerancia. Todavía no conozco uno solo que se haya quejado de los no fumadores”. El autor de esta irónica frase fue Sandro Pertini, ex presidente italiano y empedernido fumador al que recordarán del famoso mundial de fútbol disputado en España en 1982 y en el que el político romano celebró alborozado junto al Rey los tres goles marcados por su selección en la final (3-1) que ganó a Alemania.

Eran tiempos en los que los bares y establecimientos públicos estaban llenos de humo, se fumaba en los puestos de trabajo y los únicos que se quejaban eran los no fumadores.

Y frente a las manifestaciones de apoyo a Garzón celebradas este fin de semana y de críticas a los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a los que se ha acusado de construir tres procesos contra el juez de la Audiencia Nacional en lo que han llamado los juicios de la vergüenza, hay que reconocer que los jueces del Supremo parecen aplicar la tolerancia de los fumadores de antaño. No se quejan, pero siguen fumando.

Ayer, por cuatro votos contra tres, el tribunal rechazó las cuestiones previas planteadas por la defensa de Garzón.

Por un lado, admitieron que hubo excesos en la instrucción por parte del juez Luciano Varela, aunque sin citarlo, si bien, por el margen de un voto consideraron que los efectos que produjeron esos excesos “no tienen entidad suficiente para justificar la anulación de las actuaciones”. Y, por otro lado, que el escrito de acusación de Manos Limpias “es suficiente para entender formulada una imputación” contra Garzón.

El todavía juez de la Audiencia Nacional estimaba que Valera había echado una mano a las acusaciones en la elaboración de sus escritos, vulnerando el principio de igualdad de armas en el proceso. Además, el haber admitido el escrito de Manos Limpias suponía una vulneración del principio acusatorio, ya que era la única acusación que quedaba en el proceso, puesto que el fiscal considera que Garzón no cometió delito alguno y el caso debería de haberse archivado.

Garzón también había invocado la llamada doctrina Botín negando legitimidad a Manos Limpias, pero tampoco esa opción fue aceptada por el tribunal, que igualmente la rechazó por cuatro votos contra tres.

Decía el escritor francés Etienne Coeuilhe, “está permitido ser más hábil que los demás, pero es peligroso parecerlo”. Hay quien cree que Garzón se pasó de listo al tratar de investigar los crímenes del franquismo y al perseguir al PP con la Gürtel. Mientras, el tribunal sigue con particular tolerancia de los fumadores.

El País

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