16 abr 2012

Distintas ante la ley

Por: José Yoldi

Ana María Tejeiro y Diego Torres
Ana María Tejeiro y su esposo, Diego Torres, a su llegada al juzgado de Palma, donde se instruye el caso Nóos.
Foto: Montserrat T. Díez / Efe

Hace más de 2.500 años Confucio proclamó: “La naturaleza hace a todos los hombres iguales, la educación los hace diferentes”. El gran pensador chino, que era hijo de una familia noble pero arruinada, debía referirse al plano filosófico de la cuestión, porque qué duda cabe que el tener poder —o un vínculo con quien lo posee— o carecer de él marca una diferencia muy sustancial en la vida en sociedad. Muchas cosas han ido evolucionando desde entonces, como el papel de la mujer e incluso el trato que reciben algunos monarcas, políticos y banqueros cuando llegan a sentarse en el banquillo de los acusados. Es evidente que se tiende a la igualdad, aunque esta está lejos de conseguirse.

Seguramente, el nombre de Ana María Tejeiro no les dirá nada. Se trata de la esposa de Diego Torres, el socio de Iñaki Urdangarin en el Instituto Nóos. Figuraba como administradora de una de las entidades del entramado societario, en su mayoría sin actividad, que presuntamente ambos utilizaban para emitir facturas falsas y transferir fondos para desviarlos a paraísos fiscales. Sin embargo, Tejeiro, que nunca realizó acto de administración alguno, se encuentra imputada desde mediados del año pasado y el juez José Castro ha rechazado por dos veces —la última hace una semana— el levantarle la imputación y archivar la causa para ella. Alega el magistrado que la esposa de Torres se ha acogido a su derecho a no declarar y que hay que esperar a que avance la investigación.

Sin embargo, la participación de Tejeiro en las actividades de la trama societaria es muy parecida a la de la infanta Cristina. La hija del Rey figuraba en el consejo de administración de Nóos —del que su marido, el duque de Palma, era presidente y por lo que está imputado por posible fraude a la Administración, malversación de caudales públicos, falsedades documentales y blanqueo de capitales de unos 17 millones de euros— y era titular del 50% de la sociedad patrimonial familiar Aizoon, una de las que supuestamente se utilizaron de forma instrumental para desviar fondos públicos. En la causa no existe ningún indicio de que la Infanta, haya  realizado ningún acto que pudiera considerarse delictivo. Y ni el fiscal Pedro Horrach, ni el juez José Castro, han estimado no ya imputarla, sino ni siquiera llamarla a declarar en calidad de testigo, por entender que sería “estigmatizarla gratuitamente”.

Iñaki Urdangarin y la infanta CristinaY es que como decía con ironía Enrique Jardiel Poncela: "Patrimonio es un conjunto de bienes; matrimonio, un conjunto de males". Porque la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en su sentencia de 22 de julio de 2011, castigaba como cómplices de blanqueo de capitales a dos cónyuges, aunque no habían tenido ninguna participación en el delito, con el argumento de que se tenían que haber dado cuenta de que sus parejas habían acumulado grandes sumas de dinero en poco tiempo y sin justificación.

Y hasta en un curso de la Escuela Judicial sobre corrupción celebrado recientemente se aconsejaba a los magistrados la incautación de todos los bienes de aquellos acusados de blanqueo sobre los que no pudieran justificar su origen, y también que se condenase como cómplices a los consortes aunque no hubieran tenido protagonismo en el delito.

De modo que tras el discurso de Navidad del Rey en el que recordó que “la justicia es igual para todos”, caben dos opciones. O se llama a declarar a la infanta Cristina en calidad de imputada, con lo odioso que puede resultar el citar a alguien de quien se sospecha que no ha hecho nada, o, por el mismo razonamiento —puesto que la estigmatización gratuita también cuenta para ella—, se levanta la imputación y se archiva el caso para Ana María Tejeiro.

Lo más curioso del caso es que la defensa de Iñaki Urdangarin, que naturalmente se había opuesto a la imputación o comparecencia de  la infanta Cristina, se ha opuesto a que, con similares elementos de incriminación, se levante la imputación de la pareja de su socio, ejerciendo un papel de acusación cuando en realidad su función es la de defensa en el proceso.

Todo lo que no sea alguna de las dos opciones mencionadas anteriormente constituiría probablemente el grueso de la doctrina Cristina, que como en el caso de la doctrina Botín, sería justicia de caso único, con el consiguiente deterioro del principio de igualdad.

Seguro que Confucio hubiera dicho: Cuidado con no hacer un agujero en la tela por querer borrar una mancha.

Hay 16 Comentarios

mi kerido sr. Yoldi: postrado en estado melancólico por el sismográfico elefantino, decirle q me parece deplorable la actitud de ciertos abogados, jueces, procuradores, notarios y todos los que tengan q ver con la ley: qué tipos tan marrulleros , chanchulleros y tramposos, inventan coartadas pa q sus clientes salgan libres aunque sepan q no lo son, cobran sus buenas minutas infladas a pesar de su vademecum, se hacen nombre y a vivir fuera de la ley importándoles un carajo!

¡A vivir del cuento!

Queridos lectores: Les comunico que el juez Castro ha admitido los correos electrónicos que Urdangarín remitió a su ex socio, Diego Torres, y que han sido aportados a la causa de Nóos. El magistrado anuncia que ya interrogará sobre ellos a Torres cuando acuda a declarar. Como habrán visto en varios diarios, el abogado de Torres pone el "ventilador" sobre el papel del Rey y el de la Infanta Cristina en algunos proyectos emprendidos por el Instituto Nóos, en fechas posteriores 2006, cuando se supone que el Rey llamó al orden a su yerno.
Señor García tiene usted razón, tempus fugit. Y quizá fuera bueno que todo el mundo supiera en que situación procesal se encuentra, para que luego no pueda alegar indefensión o vulneración de derechos fundamentales.
El ordenata nos está poseyendonóos. sozio? Es usted un cachondo. Tenga cuidado con su revolución o rebelión domótica, que el día menos pensado tenemos violencia doméstica y el elefante exige la expropiación de los goles de Messi.
Saludos cordiales

confucio dijo +- lo mismo que cristo jesús, el único pero es q lo dijo incluso antes.

perdóneme por la triinsistente "apariciòn" como mi odnt no me obedece, no puedo entrar al blog del ojo pero q le parece eso de enseñar a mentir a un niño? se cree la versión de limpiar el arma y tiro al plato?ejem...

sr. y porque dos faltas cometidas sin querer y no queriendo. y es q tengo al kbrnz del odnt totalmente perdío el sentío. la rebelión domótica está posenyéndonóos en cuerpo, mente y trono, el millenarismo de arrabal ya está aquííí.

sro yoldi pa que luego me riña por q soy maleducado, lo prefiero a ser como todos estos reales y aristócratas de plexiglás, ellos nos joderán pero siempre con eleganzia, es así de lo q va la cosa? saluditos.

Estimado señor Yoldi: vd, mejor que nadie, sabe porqué los tiempos de la Justicia no son los tiempos de la información. El periodismo se nutre de revelaciones de última hora que dan lugar a opiniones contundentes. La instrucción de una causa penal está en continuo movimiento, de ahí que lo que ayer valía y justificaba una opinión , hoy ya no valga un carajo. Tenemos instrucción del Duque de Palma Arena para años, mucho más si Torres tira de la manta y va suministrando pildorillas de toda la información que tiene almacenada, que es mucha. Lo cual abunda en la necesidad de imputar YA a los miembros de la Familia Real que no sean inviolables, se les estigmatice poco o mucho, que si no luego vendrán con que se les ha vulnerado sus derechos por no permitírseles la personación desde el minuto uno en el que aparecieron las noticias que les implicaban (salvo que se quiera forzar una prescripción, algo que estoy seguro que ni Castro ni Horrach quieren...sería muy burdo). Saludos

Información de interés a propósito del artículo que he conocido con posterioridad a su publicación. Lo que Urdangarín dice que "se ve en la obligación" de decir para que se mantenga la imputación de Ana María Tejeiro, la esposa de Diego Torres.
- En 2006 AMT adquiere el 50 % de Nóos Consultoría Estratégica a Urdangarín
- Virtual, Shiriamasu e Intuit son propiedad de AMT y Torres.
- Varios testigos han declarado que AMT se dedicaba a la gestión de personal en Nóos.
- Según el folio 687 del Anexo 48 de la causa, AMT ha sido socia y administradora de Virtual Strategies SL, desde 13 de febrero de 2003; de Shiriamasu, desde el 14 de diciembre de 2000; de Intuit Strategy Innovation Lab, desde 23 de noviembre de 2001; de De Goes Center for Skateholders Management SL, administradora única desde 2009.
- AMT presuntamente participó en la retirada de fondos por importe de 147.800 €, mediante salidas de cheques al portador de menos de 2.500€ supuestamente firmados y cobrados por ella en ventanilla.
- Miembro del Patronato de la Fundación Deporte y Cultura e Integración Social, primero como vocal y después como vicepresidenta.
Ni que decir tiene que, de ser cierto, Tejeiro debería seguir imputada.
Paralelamente, el abogado de esta ha presentado como prueba al juez una serie de correos electrónicos entre Urdangarín, Diego Torres y otras personas, en los que se insinúa que la Infanta Cristina estaba al corriente de determinadas operaciones, e incluso el Monarca. En uno de los correos, de 1 de octubre de 2007, Urdangarín dice a Torres textualmente: "Tengo un mensaje de parte del Rey y es que le ha comentado a Cristina para que me lo diga, que le llamará Camps a Pedro (Perello) para comentarle el tema de la base del Prada y que en principio nos ayudarán a tenerla". "Por otro lado", añade el correo, "Agustín Zulueta le ha pedido a Cristina tomar un café para explicarle un tema que no quiere ni puede contarlo por teléfono y que se va a Barcelona a explicárselo... Misterio, pero parecía como serio e importante". Y hay otros referidos al Desafío Español de la Copa del América.
Parece evidente que continuará.

Con urralburu y Aragón fueron a la cárcel sus respectivas mujeres...

Esta actuación también debia de ser aplicable a Dª Ana Mato, como no se dio cuenta de los ingresos y el Jaguar de su ex marido, si vivian juntos. La ley es igual para todos, pero más para unos que para otros

Buena reflexión, sr. Yoldi.
Sólo el artículo 56.3 de la CE hace referencia a la responsabilidad del Rey, el resto del Titulo II no regula las posibles responsabilidades de los miembros de la familia real. Lo único que cabe es, por mucho que insistan los magistrados o juristas, aplicar la ley y asumir que la Infanta es igual que cualquier ciudadano. No se puede afirmar que citarla como imputada es "estigmatizarla". Como dijo su padre, el Rey, todos somos iguales ante la ley. Que declare y se determine, previas las investigaciones oportunas, su inocencia o culpabilidad en el entramado societario del matrimonio Urdangarín.
Cordial saludo

Sustitúyase lo de "la REFLEXIÓN de los jueces que asistieron al curso, autores de las conclusiones, era más bien reflexionar acerca de lo peligroso que es extender la interpretación de tipos penales" por "la INTENCIÓN de los jueces(...)".

Jo, cada vez escribo peor.

Estimado señor Yoldi: dichosos los ojos que le vuelven a leer después de tanto tiempo¡¡ Ya le hacía yo retirado de este mundo malvado al feliz estado del sabio. Pese a que un nuevo bloguero, con nombre de ilustre futbolista, de largo el mejor centrocampista que jamás alumbró nuestro Estado plurinacional, le censure por falta de rigor, lo cierto es que lleva vd razón. La infanta tenía participación tanto en Noos , empresa que se relacionaba con las entidades públicas y de las que U sacaba pingües beneficios sobre la base del favor político, inflando eventos o facturando por actividades inexistentes, como en Aizoon, empresa estrictamente conyugal en donde acababan , tras las oportunas transformaciones, las riquezas así obtenidas. Es cierto que, en el análisis de la participación de una persona en un delito se debe ser estricto, pero de lo que no cabe duda es que, para ello, previamente ha de reconocérsele a esa persona el estatus de imputado a fin de articular su defensa, cuando existe una linea jurisprudencial como la que acertadamente expone, que permitiría fundar a título meramente interino su responsabilidad criminal. Y eso que no coincido con vd en que las conclusiones del curso "recomienden" la condena de los consortes sin una especial participación en el delito de blanqueo, fuera de la de auxiliar a sus cónyuges a la constitución de sociedades para lograr la transformación de los dineros, que en sí es una contribución activa al mencionado delito. Yo creo que la reflexión de los jueces que asistieron al curso, autores de las conclusiones, era más bien reflexionar acerca de lo peligroso que es extender la interpretación de tipos penales. Que uno se cree que de lo que se trata es de sancionar a señoras pudientes que se benefician de los ilícitos cometidos por sus maridos y acaban poniendo en riesgo la propia estabilidad de la Jefatura del Estado (más aun , si cabe). Saludos

Es evidente que la familia real está protegida, no sabemos muy bien por qué porque aportar aportan los justo y gastar de los presupuestos del estado gastan bastante.

No voy a ser yo quien ahora venga en defensa de la monarquía ni sea tampoco lugar para realizar lecciones magistrales de Derecho, pero el presente articulo adolece de un evidente rigor jurídico, dando una interpretación errónea y demagógica de la realidad al error, hasta el punto de dejar entender que nos hallamos ante una situación de prevaricación. Todo lo cual no és correcto.
No es lo mismo ser administradora única de una sociedad que ser un miembro mas de un consejo de administración. No nos hallamos -en el presente procedimiento- ante un debate de responsabilidad civil por los daños causados por el órgano de administración, en el cual evidentemente se evaluaría la participación de la Infanta como consejera, sino en un procedimiento penal en el que se debe ser muy estricto en el analisis de la participación de los hechos objeto del delito.

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Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

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El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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