Sobre el autor

(Donostia-San Sebastián, 1954)
es periodista licenciado en la Universidad
de Navarra. Lleva en El País desde 1983, donde ha
sido corresponsal de Interior y miembro del equipo de
Investigación. Como redactor jurídico ha cubierto casi todos los
juicios importantes que ha habido en España, desde el 23-F, el
síndrome tóxico o el crimen de los Urquijo hasta los atentados del 11-M.

Sobre el blog

Este blog es un lugar de encuentro sobre temas jurídicos, pero no es para todo el mundo. Es muy recomendable tener mucho sentido común y ganas de sonreír, ya que el humor es síntoma de inteligencia. La única norma es el respeto a los demás. Si usted prefiere insultar es muy libre, pero le agradecería que no se molestase en seguir leyendo, yo también preferiría estar en la playa.
El blog se alimentará también -o principalmente- con la serie de artículos que bajo el título “El último recurso” se publican los lunes en El País

Nuevo libro

El último recurso El último recurso. Los artículos que forman parte de este compendio fueron publicados en EL PAÍS bajo el epígrafe El último recurso durante los años 2010 y 2011. Todos ellos fueron escritos durante esas horas de la noche en la que todo parece estar parado y en silencio. Mi objetivo era centrar el foco o aportar un punto de vista particular hacia algunas noticias que me parecía que merecían mayor atención que la que se les había prestado. La otra finalidad, no menor, era que el lector se lo pasara bien y que, a ser posible, esbozara una sonrisa. Y ello, aunque el tema a tratar fuera tan tremendo como la rebaja de cinco años en la condena de un tipo que dejó a su mujer parapléjica a golpes.

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José Yoldi

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18 sep 2012

Pintan bastos

Por: José Yoldi

Todas las asociaciones judiciales y fiscales se han puesto de acuerdo. Aunque solo sea porque cada una es de un padre y una madre, merece la pena conocer su punto de vista, que además, me parece que, al menos por esta vez, cuenta con el respaldo de esa otra mitad de la carrera que no está asociada.

El señor ministro debería escuchar antes de lanzar globos sonda prospectivos que lo único que consiguen es poner de acuerdo a todos en su contra.

Con el fin de que estén ustedes informados les reproduzco el comunicado conjunto que las siete asociaciones han emitido hoy.

Gallardon Uly

La Comisión interasociativa propone a las juntas de jueces y fiscales convocada para el próximo día 21 de septiembre que se adhieran al siguiente comunicado y medidas propuestas.

Los jueces, magistrados y fiscales queremos dejar patente el malestar de la Carrera Judicial y Fiscal debido a la ausencia de voluntad política por la modernización del sistema judicial español, para impulsar una Justicia ágil y eficaz, dotándola de los medios personales y materiales necesarios, cuando, en realidad, no hay inversión más social que la que se efectúa en Justicia, pues una justicia ágil es un elemento fundamental para la reactivación económica y la inversión interna y extranjera, todo ello, en garantía de los derechos de los ciudadanos.

Sin embargo, lo anterior contrasta con el manifiesto interés por el control político de nuestros órganos de gobierno.

La situación actual es la siguiente:

.- Ausencia de inversión en Justicia

.- Descoordinación en la gestión de la Administración de Justicia.

.- Congelación de plazas judiciales, fiscales y oposiciones.

.- Recortes salariales y estatutarios.

.- Control político de los órganos de gobierno del Poder Judicial.

Reclamamos:

-       El pleno respeto a la independencia, competencia y función del Consejo General del Poder Judicial, con abandono de la reforma planteada que atrofia su capacidad constitucional de actuación.

-       El mantenimiento de un estatuto profesional que contemple actualmente la singularidad de nuestra función y en el que no se limiten ni nuestras funciones ni nuestros derechos.

-       El desarrollo de reformas legislativas que mitiguen el actual colapso judicial y compensen las dificultades presupuestarias para la modernización de la Administración de Justicia.

-       La convocatoria de oposiciones para cubrir aquellas plazas plazas de Juez y Fiscal ya presupuestadas y ofertadas en anteriores procesos selectivos y que han resultado vacantes.

Consideramos estas reclamaciones una exigencia adecuada a la coyuntura económica actual, instando al Ministerio de Justicia para que abra una vía de negociación que de respuesta a nuestras peticiones. Hasta entonces los Jueces y Fiscales, para compensar las inadmisibles carencias de nuestra Administración de Justicia, solo ejerceremos nuestras funciones dentro de los estrictos márgenes de la Ley y, obviando criterios productivistas, atender solo a la Justicia de calidad que los ciudadanos merecen y reclaman.

Se proponen como medidas:

1.- Cumplimiento estricto de las horas de audiencia fijadas por la Ley.

2.- Autorregulación. Instar a la Comisión de Prevención de riesgos laborales para que proceda de inmediato a establecer la carga de trabajo que debe desarrollarse conforme a criterios de calidad y a las normas de salud e higiene, así como el establecimiento de un catálogo de enfermedades laborales.

Entre tanto, instar la convocatoria de juntas de jueces sectoriales para establecer la carga de trabajo a la que ajustar nuestra función.

Los fiscales instarán a la Fiscalía General que fije un módulo de trabajo razonable y entre tanto, los fiscales ajustarán sus funciones a meros criterios de calidad y salud. Instarán, asimismo, de la Fiscalía General que fije un catálogo de enfermedades profesionales en coordinación con la comisión de riegos laborales de los jueces.

3.- Por la comisión interasociativa se convocará una concentración de toda la Carrera Judicial y Fiscal.

Si los anteproyectos de reforma de la LOPJ no se paralizan, ya que atentan a la independencia de los jueces y a la autonomía de los Fiscales y sigue sin abrirse una vía de negociación seguiremos adoptando medidas de presión concretas sin descartar paros parciales y huelga.

Las asociaciones de jueces y fiscales prestarán cobertura y asistencia a todos aquellos jueces y fiscales que secunden estas medidas.

Mª Teresa Sáez Martínez (APM)

Ramón Rodríguez Jackson (AJFV)

Ignacio Martín Verona (JD)

Benito Raboso del Amo (FJI)

Antonio Roma Valdés (Asociación de Fiscales)

José María Caballero Sánchez – Izquierdo (APIF)

María Moretó Matosas (UPF)

17 sep 2012

'Acetabularius' de los hechos

Por: José Yoldi

Dívar y Sala en el Bicentenario del Supremo Uly Martin 180612UM1055
Carlos Dívar (izquierda) y Pascual Sala, en los actos del Bicentenario del Tribunal Supremo. Foto: Uly Martín

Equiparar los viajes de Pascual Sala a los de Dívar sería un chiste si no fuera un despropósito


“En tareas de investigación, si los hechos contradicen la teoría, los hechos deben ser descartados de inmediato”. Esa variante sarcástica de una de las leyes de Murphy parece emparentada con la máxima más cínica y célebre del periodismo, esa que dice: “No permitas que la realidad te estropee un buen reportaje”.

Y resulta que a rebufo de la renuncia de Carlos Dívar a sus cargos de presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, por haber cargado a los presupuestos del organismo hasta 32 periplos de fin de semana largo a Puerto Banús y otros destinos turísticos, algún colega ha decidido sacar petróleo de los viajes del presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, dando por sentado que las conductas de ambos magistrados eran similares o cuando menos equiparables.

Y sorprende que quienes salieron en defensa de la honradez de Dívar, de la legalidad de sus viajes y de sus gastos de representación, ataquen ahora con tanto denuedo a Pascual Sala, no porque su proceder sea ilícito sino, al parecer, por su tendencia ideológica.

Ya se sabe que las comparaciones son odiosas, pero si hay que comparar…

Sala realizó en 2011 seis viajes: a Estrasburgo (Francia), Bucarest (Rumanía), Puerto Rico, Moscú y San Petersburgo (Rusia), Karlsruhe (Alemania) y París (Francia). Todos ellos fueron oficiales, como sus correspondientes actividades, y en todos fue acompañado por una persona, generalmente, el jefe de gabinete, salvo en la devolución de la visita al Tribunal Constitucional de Karlsruhe, a la que asistieron también el vicepresidente y tres magistrados. Las estancias nunca superaron los tres días y en los dos desplazamientos a Francia,  la vuelta se realizó el mismo día. Por regla general, los organizadores costearon los gastos de alojamiento y manutención y, en ocasiones, también los vuelos.

De Dívar no se han contado sus viajes internacionales, sino únicamente los 20 viajes de fines de semana caribeños, de al menos cuatro días a Puerto Banús (Marbella) y los otros 12 a otros destinos turísticos de España, en hoteles de lujo, la mayoría de los cuales hacía pasar por oficiales y con cargo a los presupuestos del Consejo, cuando en realidad eran de placer y descanso. El expresidente se desplazaba en AVE, clase club, hasta Málaga, donde le recogía un tan suntuoso como innecesario séquito de entre cinco y siete escoltas y dos o tres coches oficiales que le trasladaban a Marbella.

Dívar rechazó dar explicaciones de esos viajes, pero las coartadas utilizadas por personas de su entorno para justificar el carácter oficial de las estancias fueron desmentidas por autoridades judiciales, autonómicas y municipales. Una invocada invitación oficial a Santillana del Mar para justificar un viaje a Bilbao debería figurar en la antología del disparate. El desmentido del expresidente de Cantabria Miguel Ángel Revilla fue de tal calibre que precipitó la caída de Dívar: Nunca fue invitado, sino que reclamó entradas gratis para visitar la siempre jurídica y oficial cueva de El Soplao.

También se publicaron las 24 cenas y 8 comidas para dos, solo en las estadías de Puerto Banús, que Dívar facturó como gastos protocolarios y de las que alegó que tenían “carácter público y oficial y no respondían a relaciones personales”, cuando en realidad no eran otra cosa que  atenciones a su jefe de seguridad.

Y no se han detallado sus viajes internacionales, siempre con ampuloso séquito y en gran clase, salvo para explicar que desde el Consejo se intentaron suprimir escenas de los vídeos en los que aparecía con su jefe de seguridad en Colombia, República Dominicana, Panamá y Chile, pero nada de otros lugares como Uruguay, Argentina o Roma, o sus visitas a Fátima o Lourdes.

Tal vez se pudiera exigir una mayor austeridad en los viajes del presidente del Constitucional, pero equipararlos a los de Dívar es un despropósito que solo podría ocurrir en una semana con dos domingos. O eso o que se haga magia. Esa ilusión que permite creer como posible un imposible.

Quizá no lo sepan, pero como me ha contado mi amigo Javier, prodigioso mago, en la Roma clásica los prestidigitadores eran conocidos como acetabularius, es decir, los que juegan con los vasos del vinagre, porque el truco, que perdura hoy en día, era el de los trileros, esconder la bolita en los vasos.

De modo que aquellos que intentan distraernos con la magia de comparar los viajes de Dívar con los de Sala solo pueden ser acetabularius de los hechos y del periodismo.

Trilero color si


14 sep 2012

La visibilidad del señor ministro

Por: José Yoldi

Gallardón y la vice en el Consejo de Ministros
Alberto Ruiz-Gallardón y Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros en la que se anunció un informe previo al anteproyecto de Código Penal. Foto: Uly Martín

 

Parece evidente que Alberto Ruiz-Gallardón es un político que necesita como pocos una presencia constante en los medios de comunicación. Y hasta ahora, especialmente en su etapa de alcalde de Madrid, lo había conseguido con grandes proyectos, como el de los túneles de M-30, la vía de circunvalación de Madrid, que requerían importantes inversiones e ingentes cantidades de dinero. No por otra cosa se ganó el apodo de Alberto Ruiz Faraón.

Ahora, conseguido su sueño de ser ministro, le ha tocado en suerte el Ministerio de Justicia, y a falta de fondos —los recortes de Rajoy nos alcanzan a todos— ha puesto en marcha una impresionante campaña publicitaria de sus actividades que le está proporcionando la visibilidad deseada, aunque a costa de un notable desgaste personal.

Acertada o equivocadamente, Gallardón tenía fama de ser el ala izquierda del PP, el “verso suelto” al decir de Esperanza Aguirre, el personaje que posibilitaba el viaje al centro del partido, que necesita el desencanto de los votantes de izquierda o ganar los votantes de centro para alcanzar la mayoría absoluta.

Y en dos patadas, o como quien dice con dos informes previos a sendos anteproyectos de ley, ha desparramado el tarro de las esencias y ha puesto en su contra a los casi 5.000 jueces españoles, por su anunciada reforma del Poder Judicial, y a la mayor parte de las mujeres por cómo ha planificado la contrarreforma de la ley del aborto.

Ahora, en la presentación tras el Consejo de Ministros de otro de esos informes previos a los anteproyectos de los que tanto gusta, ha anunciado de nuevo —ya las había explicado en julio— las líneas maestras de lo que será el nuevo Código Penal.

La medida estrella es la entronización de la cadena perpetua revisable. Un supuesto endurecimiento de la pena que es más populista que real. Porque, por si no lo saben, en España, ahora mismo, ya se puede imponer una pena de 40 años de prisión sin beneficios penitenciarios y a cumplir día a día. Se introdujo en la reforma de 2003, con Aznar como presidente del Gobierno. Y la pena que ahora propone Gallardón es la prisión permanente revisable entre los 25 y los 35 años, según el delito del que se trate. O sea, más o menos parecido pero con mucha alharaca.

Para que tengan una idea de las penas que se aplican en Europa, Anders Breivik, el neonazi que asesinó a 77 personas en Oslo y la isla de Utoya, fue condenado en Noruega a 21 años de cárcel prorrogables si las autoridades encuentran que tras pasar ese período sigue siendo peligroso para la sociedad.

Lo que parece evidente es que varios de los supuestos que ahora se contemplan están inspirados en los de los casos más llamativos de los últimos tiempos como el de Marta del Castillo, la niña Mari Luz o el más reciente de los niños Ruth y José Bretón. Alguien dirá que no es populismo, pero desde luego, tiene toda la pinta, sobre todo porque aunque las Cortes aprueben los artículos como quiere Gallardón, nunca podrán ser aplicados a los supuestos autores de esos delitos, ya que no estaban en vigor cuando los crímenes se cometieron. La Constitución prohíbe la aplicación retroactiva de las normas  sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.

Lo que si es una novedad es la llamada “custodia de seguridad” que es una prolongación de la pena de prisión si una vez cumplida la pena el tribunal considera que el reo sigue siendo un peligro para la sociedad. La custodia de seguridad debe fijarse en la misma sentencia donde se imponga la prisión.

No quiero extenderme mucho, pero no quería dejar de mencionar el aumento de penas para los delitos de incendios forestales, el de atentado a la autoridad, con especial incidencia para los integrantes de movimientos como el 15-M , y la de persecución de los morosos, para reforzar la protección de los acreedores.

 ¿Por qué será que no me sorprende que la reforma que propone el ministro Gallardón no ha endurecido la persecución de los directivos de bancos y cajas que han propiciado su quiebra y que han puesto en peligro la solvencia y la economía de un país? ¿Por qué no se ha aumentado el plazo de prescripción para tan graves delitos económicos? ¿Por qué no se ha tipificado la conducta de determinados especuladores que esquilman valores y llevan a la quiebra a empresas?  Seguro que se merecían estar en este Código Penal tan deslumbrante como pomposo.

Aunque igual Gallardón incorpora estas indudables mejoras en la próxima reforma que anuncie.

10 sep 2012

Del a pie juntillas al ya veremos

Por: José Yoldi

España trata de soslayar las condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Palacio de los Derechos del Hombre, en Estrasburgo
Palacio de los Derechos del Hombre, sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo (Francia). Foto: Michel Christen (TEDH)

 

España es un país de grandes campeones. Y rápidamente alguien pensará en los triunfos de La Roja, la selección de baloncesto, Rafa Nadal o Alberto Contador. Pero mucho más campeones son los magistrados del Tribunal Supremo o del Constitucional, algunas de cuyas resoluciones son condenadas en Europa por vulnerar derechos humanos y tratados que España ha suscrito y lejos de humillar la cabeza y tratar de reparar el daño que han causado, se buscan tecnicismos para soslayar el efecto de las condenas. ¡Qué grandes!

Pero eso no siempre fue así. Durante la Transición, los magistrados eran más conscientes de los excesos que cometían para evitar que determinados delincuentes se beneficiasen de las garantías que las leyes otorgan a los ciudadanos y eran más propensos a reparar sus propios errores. Ahora parece que son más reacios a rectificar las resoluciones en las que ellos –encargados de defenderla y aplicarla- han vulnerado la ley.

En 1982, la Audiencia Nacional condenó a tres independentistas catalanes Xavier Barberá, Antoni Messegué y Ferran Jabardo a penas superiores a 30 años de prisión, por haber colocado el 9 de mayo de 1977 una bomba en el pecho del industrial José María Bultó, cuya explosión le causó la muerte horas después. El Supremo confirmó la condena y aunque los condenados alegaron que no habían tenido un juicio justo, el Constitucional avaló la sentencia.

El 6 de diciembre del 1988, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España por violación del derecho a un proceso con todas las garantías. Sentencias del TEDH. El problema era que no había un cauce establecido para aplicar en España las sentencias del TEDH. No parecía razonable mantener en prisión a Barberá y Messegué —que llevaban presos desde el 14 de octubre de 1980— cuando el juicio por el que habían sido condenados no había sido justo. No es que fueran inocentes, pero prorrogar la prisión equivalía a convalidar la ilegalidad por la que habían sido condenados.

El Supremo, sin embargo, declaró que las sentencias del TEDH tenían naturaleza declarativa y no fuerza ejecutiva, y se negó a anular las condenas contra Barberá, Messegué y Fajardo. Pero, en 1991, el pleno del Tribunal Constitucional suspendió cautelarmente la pena de prisión y anuló las resoluciones de la Audiencia y del Supremo, declarando que aunque las sentencias del TEDH no tienen efectos ejecutivos en España, son “obligatorias y vinculantes para nuestro Estado”. Descargar sentencia. La decisión suponía de hecho otorgar eficacia de derecho interno a una sentencia del TEDH, es decir, un cumplimiento a pie juntillas.

El Constitucional aseguraba que el Estado democrático de derecho sufriría irremisiblemente si hubiera de consentirse la perpetuación de una situación declarada contraria a derechos fundamentales garantizados por la Constitución, sin posibilidad de ser reparada satisfactoriamente”. No hay indemnización compensatoria posible cuando está en juego la libertad personal.

Sin embargo, y a pesar del precedente, un par de años después, el Constitucional se negó a conceder los mismos efectos a la condena de España por el caso Ruiz-Mateos —vulneración al derecho de defensa y dilaciones indebidas—, al que ni siquiera admitió a trámite los recursos.

Lo mismo ocurrió con otra condena a España en octubre de 1998 por el caso Castillo Algar, condenado a tres meses de cárcel por el Tribunal Militar Central. Varios miembros de la Sala habían rechazado recursos del militar lo que suponía que habían perdido su imparcialidad objetiva y no deberían de haber formado parte del tribunal que luego le condenó. Estudio del catedrático Ángel Rodríguez sobre los efectos de las sentencia del TEDH en España

Ni el Constitucional, ni el Supremo anularon la condena de Castillo Algar, pero desde entonces se ha establecido que el juez que instruye no puede juzgar, principio que se aplica sistemáticamente, salvo en algunos casos de aforados en el Supremo. España también ha sido condenada por no respetar el principio de doble instancia penal, pero ni los magistrados ni el legislador han hecho nada para remediarlo.

Ahora ha llegado la primera condena por la llamada doctrina Parot, esa interpretación de la aplicación de los beneficios penitenciarios que ha servido para prorrogar de manera arbitraria y con efectos retroactivos las condenas de más de 50 presos, en su mayoría de ETA. “Un denodado intento de los custodios de la legalidad de hacerse trampas al solitario”, en palabras de un magistrado. Y es que uno espera que los garantes de las leyes, las defiendan y no las vulneren, lo mismo que se espera de los banqueros que nos guarden el dinero, no que nos lo roben. Y parece claro que habrá muchas más condenas por causa de la doctrina Parot, porque como varios catedráticos habían explicado y el TEDH ha confirmado, es una vulneración manifiesta de derechos fundamentales.

De entrada, los magistrados, lejos de acatar el fallo que ordenaba la puesta en libertad de la etarra Inés del Río, se han puesto de perfil, y el Gobierno ha ordenado que se recurra ante la Gran Sala, de modo que para cuando se resuelva el asunto la etarra llevará un año más en prisión.

Todos los países suelen acabar condenados por vulneración de derechos en casos incómodos. Reino Unido es por el momento el gran campeón en ese terreno, pero las sentencias por la doctrina Parot nos van a colocar en cabeza y quizá no sea un timbre de gloria tratar de ser campeones en lo malo, evitando aplicar las sentencias que nos condenan.

 

03 sep 2012

El arte de hacerlo... como siempre

Por: José Yoldi

Dívar, que tuvo que renunciar a su cargo por sus viajes caribeños, pretende llevarse 208.243 euros

Dívar abandona el consejo (Uly Martín)
Carlos Dívar abandona el Consejo tras su renuncia al cargo. Foto: Uly Martín

 

Menos mal que el Gobierno de Rajoy decidió recortar el sueldo de los funcionarios, suprimirles la paga de Navidad y subirnos a todos el IVA, porque de lo contrario igual Hacienda no tenía fondos suficientes para pagar los 208.243 euros de indemnización que el ex presidente del Tribunal Supremo y del Consejo del Poder Judicial, Carlos Dívar, sin el menor atisbo de vergüenza o rubor, ha reclamado tras tener que renunciar a su cargo el 21 de junio pasado por el vidrioso asunto de los viajes.

Porque, por si no lo recuerdan, el 16 de junio, dos días antes de la celebración del bicentenario del Tribunal Supremo, un nutrido grupo de vocales comunicaron a Dívar que había perdido su confianza por haber cargado a los presupuestos del Consejo la mayor parte del desplazamiento, alojamiento y manutención de los 32 viajes de fines de semana caribeños (solo se trabaja de martes a jueves) que realizó a Puerto Banús y otros destinos turísticos durante tres años, así como los gastos protocolarios que incluían numerosas cenas para dos en restaurantes de lujo.

Sus compañeros, para no deteriorar más la imagen de la institución, le pusieron en la tesitura de dimitir o de ser expulsado. Y él, que había proclamado que nunca dimitiría, no tuvo más remedio que tomar la salida que le enseñaban, aunque con la convicción de que gastarse el dinero de los contribuyentes a cuerpo de rey era un derecho que le asistía.

Ahora,  ya jubilado, considera que los españoles tenemos que seguir financiando sus actividades, algo así como el óbolo de San Carlos —el de San Pedro, obviamente es para el sostenimiento de la Santa Sede—, y ha reclamado una indemnización que equivale al 80% del sueldo que percibía durante dos años, es decir, 208.000 euros. Esta dádiva, prevista en una ley de 1980, tenía como finalidad compensar a los ministros y altos cargos por los perjuicios ocasionados al acceder al cargo o los derivados de las incompatibilidades que tenían que sufrir al volver a la actividad privada, ya que no podían ocuparse de asuntos que hubieran tratado durante su etapa oficial.

Pero de ninguna manera podía entenderse como una prebenda para los políticos frente al resto de la ciudadanía. Así lo declaró en 2000 una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo que señalaba: “Es evidente que la voluntad de los representantes de la soberanía popular era compensar a ciertos altos cargos, entre ellos los ministros, fijando un mecanismo indemnizatorio por los perjuicios derivados del ejercicio del cargo al dejar temporalmente sus anteriores actividades”.

Descargar sentencia

Pero el legislador nunca pensó en engordar la buchaca de personas que se jubilaban o las que hubieran tenido que dimitir, y la sentencia mencionada recordaba que determinadas excepciones chocan frontalmente con el principio de igualdad. Por ello señalaba que las pensiones públicas de los altos cargos, “deben estar sometidas a las mismas normas limitativas a que están todas las pensiones que se satisfacen con fondos públicos, con la excepción de las derivadas de actos terroristas”.

Y Dívar no padeció perjuicio alguno ni al acceder al cargo ni al tener que dejarlo, por lo que la indemnización no le corresponde. Lo mismo, por cierto, que a los dos ex presidentes del Tribunal de Cuentas, Ubaldo Nieto de Alba o Manuel Núñez que también han reclamado su indemnización.

Pero el Consejo, lejos de rechazar el notable abuso de quien tuvo que dejar el cargo por causa del deshonor, por 12 votos a favor (Moliner, De Rosa, Bravo, Lastra, Espejel, Dorado, Carmona, Torres Vela, Uría, Camp, Monserrat y Fernández Carnicero), una abstención (Gemma Gallego) y ocho en contra (Robles, Gómez Benítez, Cruz, Almenar, Montalbán, Azón, Aguirre y Collado) decidieron pedir a Hacienda la dotación presupuestaria para hacer frente al pago.

En un momento de recortes brutal y cuando los políticos deberían derogar sus propias prerrogativas y los beneficios de la ley 74/80 para no afrentar a los ciudadanos, el Consejo provisiona fondos para indemnizar al personaje que más ha deteriorado el prestigio del organismo y de la justicia. Grandioso.

El pleno del CGPJ decidirá el día 21 si da el dinero a Dívar. Esperemos que al final los vocales no tengan que reproducir la célebre frase del que fuera primer ministro ruso Viktor Chernomyrdin: “Quisimos hacerlo de la mejor manera posible y nos salió como siempre”.

El País

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