El jueves pasado, este blog concluía con la pregunta ¿debe agotar el gobernador del Banco de España su mandato hasta junio, o dimitir para dar paso a un nuevo ejecutivo que lidere la reestructuración desde hoy mismo? Una cuestión que ha provocado algunas llamadas, y comentarios de todo tipo. Por eso, he trasladado esta pregunta "inocente" a diversas personalidades del mundo político y financiero, así como a expertos de todo tipo.
La pregunta ha recibido una respuesta mayoritaria en el sentido de que el gobernador debe agotar su mandato, según establece la Ley de Autonomía del Banco de España. Esta posición es mantenida por el nuevo equipo económico del Gobierno. En estos tiempos de inestabilidad, sería irresponsable plantear cualquier otra cosa. Ya habrá tiempo de hacer balance de la gestión de Miguel Ángel Fernández Ordoñez después del 12 de julio en que vence su mandato de seis años.
El principal razonamiento para defender la permanencia del gobernador hasta el último día establecido es de pura estabilidad institucional. El 1 de junio de 1994 se aprobó la Ley de Autonomía del Banco de España, siguiendo la filosofía del Tratado de la Unión Europea. Catorce años antes, el 21 de junio de 1980, el Parlamento Español había aprobado de Ley de Órganos Rectores del Banco de España, primer paso en el desarrollo de su autonomía, y que dejaba sin valor el Decreto Ley de Nacionalización de esta entidad, de 1962, que lo configuraba como un apéndice directo del Gobierno. Con ello, se daba un paso importantísimo en el desarrollo de un sistema bancos centrales europeos independientes del poder político.
Para salvaguardar el carácter autónomo de la institución, la Ley enumeraba cuatro principios básicos para el funcionamiento del banco.
1.- El Tesoro Público no puede incurrir en descubiertos en cuenta en el Banco de España, ni siquiera de carácater transitorio, porque al hacerlo privaría a éste de la iniciativa en el proceso de creación monetaria.
2.- Como cautela adicional en el Tratado de la Unión Monetaria, el Banco de España no podrá adquirir directamente del Tesoro valores emitidos por éste, sin perjuicio de que pueda efectuar operaciones en el mercado secundario.
3.- La señalada autonomía exige, asimismo, que en el ámbito de la política monetario, el Banco de España no esté sometido a instrucciones del Gobierno o del Ministerio de Economía y Hacienda, de forma que pueda orientar dicha política al fin primordial de mantener los precios estables.
4.- El mandato del Gobernador debe ser relativamente largo y no renovable, quedando estríctamente tasadas las causas del posible cese.
Desde entonces han pasado muchas cosas en España y en la Unión Europea. Entre ellas, el lanzamiento de la moneda única, el euro, que puso fin a la soberanía nacional en materia de política monetaria, pero aumentó la independencia frente al poder político de los bancos centrales nacionales y del Banco Central Europeo en el cumplimiento de sus obligaciones.
Y en estos casi 32 años (desde 1980) sólo una vez se ha producido el cese del gobernador antes de tiempo. En julio de 1992, el entonces gobernador, Mariano Rubio, dimitió de su cargo, salpicado por el caso Ibercorp y fue susituido por Luis Ángel Rojo. Todos los demás cumplieron su mandato hasta el final, en un claro ejercicio de estabilidad democrática e institucional. El último de ellos, Jaime Caruana, nombrado por el gobierno del Partido Popular, tuvo una coexistencia muy profesional durante dos años (entre 2004 y 2006) con el gobierno del PSOE, sin que se planteara seriamente su dimisión.
Así las cosas, tiene poco sentido plantear un cambio en la jefatura de esta institución, hasta el mes de julio. En ese momento, el presidente del Gobierno podrá nombrar un nuevo gobernador por un periodo de seis años.
De aquí a julio, Miguel Ángel Fernández Ordoñez tiene mucha tarea por delante. Él lo sabe. Es consciente de que le ha tocado vivir la primera crisis económica y financiera global (nacional, europea y mundial) y que ha tenido que poner "patas arriba" el sistema financiera español, tocado por esa crisis. Ha sido una labor muchas veces impopular, porque el público no discrimina entre lo que decide el Gobierno y lo que le corresponde decidir al Banco de España.
Según la citada Ley de Autonomía, el Banco de España tiene asignadas, entre otras, las funciones de poseer y gestionar la reservas oro y divisas no transferidas al Banco Central Europeo; promover el buen funcionamiento y estabilidad del sistema financiero; supervisar la solvencia y el cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito; y asesorar al Gobierno. Además, como miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales debe definir y ejecutar la política monetaria de la zona euro.
En las próximas semanas, el ministro de Economía, Luis de Guindos, presentará los planes de reestructuración del sistema financiero, sobre los que está trabajando con los técnicos del Banco de España (no hay que olvidar la función de asesoramiento que tiene está entidad). Unos planes que deben establecer las normas de saneamiento, recapitalización y reestructuración de bancos y cajas de ahorros y que luego deben ser desarrolladas por circulares del Banco de España.
Es urgente su puesta en marcha y es imprescindible que los técnicos de una y otra institución trabajen coordinados para acabar, de una vez por todas, con las incertidumbres que todavía plantea nuestro sistema financiero.