Que alguien le explique qué ha pasado a esta víctima, la esposa de un maltratador. El hombre que la amenazó, insultó, golpeó y vejó durante años, obligándola en ocasiones a mantener relaciones sexuales contra su voluntad, ha sido absuelto, y por dos veces, del delito de violación. Ni la Audiencia Provincial de Valladolid ni el Tribunal Supremo lo han considerado culpable... a pesar de que ninguno cree que fuera un angelito. Ambos órganos dieron por probado que se trataba de un alcohólico muy violento y que a ella no le quedaba más remedio que acceder a sus peticiones sexuales, contra su voluntad, ante el inmenso temor que sentía cada vez que él llegaba borracho a casa.
Estos son los hechos probados de la primera sentencia, la de la Audiencia Provincial de Valladolid: un hombre y una mujer, con un hijo de dos años, viven juntos en una casa compartida, un piso de una ONG. Él bebe a menudo. Cuando lo hace, golpea a su esposa, la insulta y ejerce sobre ella “un total sometimiento” que a la mujer le infunde un “gran temor”. Dos de esos días en los que él llega borracho, le propone mantener relaciones sexuales. Ella responde que no quiere. Le dice que está embarazada. A pesar de ello, el marido consigue lo que busca. La mujer acaba accediendo ante el temor que le infunde su cónyuge.
La Audiencia Provincial de Valladolid, a pesar del relato, considera que el hombre no es culpable de ningún delito de violación y le absuelve con un extraño argumento. El tribunal sostiene que el hombre había abusado de la mujer no esos dos días, sino “durante toda la convivencia”; y que, en realidad, no pretendía solo violarla, sino que con la intimidación quería “establecer una relación personal de dominación y sojuzgamiento en la que la relación sexual era una parte más”.
Además, prosigue la sentencia, dado que la mujer vivía bajo un temor constante de lo que podía llegar a hacer su marido si desobedecía sus órdenes, en ocasiones este ni siquiera necesitaba ejercer una gran violencia sobre ella. Sencillamente, la mujer ya sabía de lo que era capaz si le llevaba la contraria.
Durante el juicio varios testigos confirmaron que "la situación de maltrato" era "de data antigua", según asevera el tribunal. Y que cuando el hombre bebía, la pareja mantenía "relaciones sexuales aún con la oposición de ella". Pero todos estos datos, que según el sentido común acreditarían la culpabilidad del acusado, sirven a los magistrados para declarar su inocencia. Los jueces argumentan que esta situación de sometimiento sexual ocurre "durante toda la convivencia con él", y que, por tanto, los dos días en los que se habían producido las presuntas violaciones no eran nada más que parte de lo que ocurría siempre.
La conclusión final de los magistrados es que la oposición de la víctima ante un caso de violación debe quedar exteriorizada “de un modo manifiesto” y concreto, y que en este caso, según la sentencia, no había sucedido. No se había probado, según ellos, un dolo específico dirigido a la agresión sexual. Y como nadie había presentado acusación por un delito de maltrato habitual, nada se podía hacer.
Cuando el caso llegó al Supremo, este, en una sentencia reciente, volvió a dar la razón al presunto violador. El alto tribunal no avaló los argumentos de la Audiencia Provincial, pero señaló que, al tratarse de una sentencia absolutoria, para revisarla y condenar al acusado se exigiría, según la jurisprudencia del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que declarara ante ellos. Pero este trámite no está previsto en el recurso de casación en el Supremo. Así que, concluye la sala, no se puede hacer nada. La "inocencia" del hombre quedaba confirmada.
Solo uno de los magistrados, Joaquín Giménez, discrepó a través de un voto particular. Haciendo notar la contradicción de que por un lado se admitiera que la mujer había accedido a mantener relaciones sexuales por el profundo temor que le infundía su marido borracho y que por otro se dijera que no hubo intimidación, propuso que se anulara la sentencia y se repitiera el juicio con un nuevo tribunal.
Giménez puso un poco de sentido común para evitar la impunidad. Pero lo que vale es lo que decidió la mayoría de los magistrados. ¿Cree alguien que la víctima pudo entender los argumentos de estos últimos? ¿Los comprende usted?
Hay 113 Comentarios
Bueno y eso que estamos hablando de un país "desarrollado" y si fuera una Rep. Bananera que sería de la mujer española?
Publicado por: Mirielle | 01/01/2014 14:48:43
Supongamos que fuera la mujer quien llegase a casa ebria regularmente y se comportase violentamente y esto se probase como es el caso¿No es cierto que la Administración hubiera procedido inmediatamente a retirarle la custodia del bebé?
En mi opinión, este y otros casos apuntan a una tendencia propiciada y progresiva que agrede a la mujer y a la madre y cuya base responde a políticas fundamentalistas en materia de política social.
Publicado por: Belén Mtnez. Oliete | 29/12/2013 13:10:37
Que asco me da españa, son unos animales, despues se dicen civilizados, tienen unas leyes de mierda, las mujeres no están protegidas de los maridos violadores y golpeadores, parecen el tercer mundo, y son unos machistas. se nota en los comentarios los tipos defendiendo las leyes porque a ellos no les pasa, me gustaría que alguna vez se inviertan los papeles y los violen a ellos para que vean lo que es, y que la justicia no los apoye, ahí si que van a ser algo, porque la justicia esta echa por hombres y para hombres
Publicado por: Yamila | 28/12/2013 16:19:41
Entonces, por los comentarios que he leído, esta mujer debía haberse negado (aunque la propia sentencia ya dice que ella le dice que no quiere mantener relaciones sexuales) y si después de la paliza sigue viva o en un estado que le permita caminar o moverse ir a la policía a denunciar a este sinvergüenza, eso esta muy bien, así se protege a las mujeres maltratadas... Y Cordura, los actos externos no son las palizas, los actos vejatorios, etc... que parece ser que quedan probados como ciertos?? No se considera la coacción continuada durante años un delito? Y vuelvo a repetirlo ella le dice que NO a mantener relaciones sexuales, suficiente para considerar que no lo hace por voluntad propia si no por miedo. No se de leyes es verdad, pero creo que un no es suficiente para que quede claro que no quiere, tanto en una relación ocasional como en un matrimonio de 30 años, por lo que la "justificación" (tanto por parte del maltratador como por la justicia) que si no es consciente del delito no existe tal delito para mi no es válida, si no era consciente de ello es porque le daba igual si quería o no, sin más le daba igual lo que ella quisiera.. Esta es mi opinión igual equivocada pues no conozco bien las leyes. Un saludo
Publicado por: char | 22/06/2013 18:05:23
En algún momento alguien en éste país se cree que tenemos justicia
Publicado por: stefalej | 06/06/2013 18:08:43
No, no soy abogado ni me encontrarás en un juzgado, sino en un departamento de la facultad de derecho de Castellón. Yo espero no encontrate a tí ni a gente con tu prepotencia a pesar de tu falta de conocimientos formando nunca parte de un jurado popular, porque si de la gente como tu dependiera habría linchamientos al amanecer. Yo me he limitado a explicar lo que hay en derecho penal, que guste o no guste es otra cosa. Tampoco comparto la sentencia en muchas cosas, y efectivamente creo que dependiendo de la situación de intimidación podía considerarse la existencia de conocimiento de la violación. Pero es algo que se vé en el caso concreto, y ni tu ni yo lo hemos visto. La diferencia es que yo explico con razones legales lo que los jueces han visto (se equivoquen o no, no lo sabemos) y tu tienes una idea preconcebida de lo que quieres y luego lo justificas con lo que haga falta.
Publicado por: Cordura | 06/06/2013 15:02:17
leo los comentarios anteriores y me echo las manos a la cabeza: ¿de verdad alguien puede decir que el marido en una relación de maltrato continuado, no sabe lo que está haciendo, no sabe que está violando a su mujer?? En una violación, se es perfectamente consciente de que se está violando, en una relación de maltrato se es perfectamente consciente de que se está violando... cordura, espero no encontrarte nunca en un juzgado, y que ninguna mujer, si es que eres abogado, que lo dudo, caiga cerca de ti.
Publicado por: Sentido comùn | 05/06/2013 9:30:05
Lo que ocurre es que además hay otro principio del derecho procesal, no ya del penal, que establece que solo puedes ser condenado por aquello que eres acusado. Es decir, si pr ejemplo el fiscal te acusa de robar una cosa un día, no puede ser que aunque en el juicio se descubra que otro dia distinto robaste otra cosa diferente te condenen por ello. El tribunal está limitado a la acusación del fiscal, o condena por eso o absuelve. En el caso de esta mujer, la acusación era por violación en dos días concretos. Por eso, aunque en el juicio se vió que habia maltrato continuo, el tribunal lo pone en la sentencia pero no puede condenar por ello porque nadie acusó de ese delito. Y en los dos días concretos en que dice que fue violada, entendieron que no existía resistencia de ella que le indicara al marido que estaba violando. Efectivamente, como tu dices Anahí el tema es que hay que mirar los casos concretos uno por uno. No se condena a nadie por "ser un violador", sino por violar a alguien un día concreto y específico.
Publicado por: Cordura | 05/06/2013 9:29:19
Estoy de acuerdo que el mayor error lo tuvo ella por no irse de su casa y por no denunciarlo la primera vez, pero sabrá ella porqué no lo hizo. El punto es que quizá para que los tribunales sentenciaran a este tipo por violación, ella debió resistirse todos los días; no importaba que por ese motivo él la golpeara hasta el cansancio, porque así está estipulado que deben ser las violaciones normales y los tribunales evidentemente siguen al pie de la letra lo que ya está escrito en la ley.
Publicado por: Anahi | 05/06/2013 4:39:06
A veces no se necesita saber de leyes para entender un caso, simplemente sentido común; la nota dice que la mujer sufrió de maltrato por años, lo cual provocó en ella un "gran temor hacia el marido", eso quiere decir que ella seguramente se resistió, las primeras veces por lo menos, y el marido (borracho), la golpeaba, la insultaba, le gritaba, la maltrataba y terminaba obligándola (no hay otro modo de provocar temor)... Ella cometió el error de no denunciarlo la primera vez; pero como tal vez creció en un ambiente de costumbres pasadas donde le enseñaron a "cargar su cruz" de por vida, o cosas así, ella no lo denunció... pero eso siguió pasando una y otra, y otra vez, hasta que finalmente ella no pudo más y tuvo que alzar la voz; pero para eso entonces, ya habían caído en el hábito, ella ya ni siquiera se resistía porque sabía que le iría peor si lo hacía (incluso tal vez corría el riesgo de que a él se le pasaran los golpes y la matara de una vez), por eso ya no ponía resistencia... Y ahora los tribunales dicen que como pasaba siempre, pues que el tipo puede seguir emborrachándose y seguir sometiéndola al fin ya debe estar acostumbrada.
Ah y por cierto, eso es otro punto... Una cosa es un enfermo mental que puede no saber lo que está haciendo y otra cosa es un alchólico golpeador. El hombre conscientemente se emborracha, puede que la primer vez sea error y si golpea a alguien, igual se puede decir que no sabía lo que hacía; pero un alchólico sí lo sabe, bebe para emborracharse a propósito, sabe que cuando está en ese estado es capaz de golpear a los demás, incluso a su misma familia y no le importa, lo sigue haciendo, puede meterse a rehabilitación, pero no lo hace, porque no quiere, prefiere seguir maltratando a su esposa o hijos o desafiar hasta a la misma autoridad; claro que si fuera este último caso, seguramente sí lo encarcelarían un tiempo, pero como la familia es de su "propiedad", no hay ningún problema, según la moraleja de esta historia.
Publicado por: Anahi | 05/06/2013 4:24:07
María Vallejo no podemos hablar los que no hemos pasado por esta situación.
Publicado por: Carlos Fernandez | 04/06/2013 12:52:37
Mira Juan, siento el jarro de agua fría, pero el a-e-i-o-u del derecho penal en cualquier país civilizado es que no se puede castigar a quien no era razonablemente consciente de que estaba cometiendo un delito. Esa es exáctamente la razón por la que no se castiga penalmente a un loco o a un oligofrénico profundo que no tienen consciencia de lo que hacen (Se les interna en un psiquiátrico), o incluso por la que la ley presume que los menores de cierta edad no tienen esa capacidad y los declara exentos de toda responsabilidad criminal. También es la razón por la que el código penal en el artículo 14 considera no castigable el delito cometido con error invencible.
Partiendo de eso, por supuesto no siempre es fácil determinar desde fuera cuándo el acusado era o no consciente de que estaba cometiendo un delito y por eso los tribunales acuden a los actos externos que lo pongan de manifiesto. Un ejemplo: Vas a una librería comercial, hay libros en un estante con precio puesto y tu te escondes uno en la chaqueta y lo sacas disimuladamente. Bien, la evidencia del precio, del establecimiento comercial y tu conducta de esconderte revelan externamente que eras consciente y a pesar de ello lo hiciste. Ahora al revés: En la misma librería hay un estante de esos de "libros de regalo" donde la gente deja libros que ha leído para que alguien los coja dejando otro a cambio o simplemente como regalo. Por error del dependiente hay ahí un libro que está en venta, tu lo coges creyendo que era de regalo y sales por la puerta con él en la mano y pita la alarma. ¿Hay delito? Evidentemente que no, porque no eras consciente de estar cometiéndolo ni querías hacerlo en modo alguno. Es un simple error. Vamos ahora a complicarlo un poco mas: El mismo libro en el mismo estante de regalo. Tu lo vés, te das cuenta de que tiene la etiqueta de precio dentro, pero te haces el tonto y sales por la puerta. ¿Y ahora qué? Pues lo mismo. Habrá que valorar el conjunto de elementos externos y acabar por concluir si eras o no consciente del delito, pero claro, aquí empiezan los problemas y es donde, ante la duda, aparece lo de "in dubio pro reo". O sea, que ante la duda te absuelven. Solo cabe castigo penal cuando hay certeza razonable de que querías cometerlo.
Volviendo ahora al caso de a violación, piensa para empezar que hablamos de meter a alguien entre rejas de 6 a 9 años por ello. Es razonable, o así lo entiendo yo, que estemos completamente seguros de que su intención era violar, pero ¿Cuáles son aquí los actos externos (Recuerda: el libro, la etiqueta, el estante de venta o regalo, ocultarlo o no al salir) que los tribunales entienden que demuestran esa consciencia de querer violar? Pues principalmente y como la violación es contra la voluntad de la persona violada, los actos externos de resistencia. Como ya dije en el mensaje anterior, gritos de socorro, patadas, intentar zafarse, etc. son clarísimos. ¿Y si la víctima es amenazada con una pistola o cuchillo y le cortan el cuello si grita? Sin problemas, la jurisprudencia entiende que en ese caso los actos externos no son necesarios hasta el punto de arriesgarse a perder la vida. Basta expresar la negativa aunque sea de manera muy leve, decir "no, no me violes" sin necesidad de hacerlo provocando una agresión mayor. Y llegamos ya al caso del artículo, de un matrimonio con maltratos de por medio, la mujer intimidada, etc. No hay duda de que ella internamente no quería la relación sexual, pero la cuestión aquí es cómo se lo hace saber al marido. Piensa que si el marido quiere tener relaciones y su mujer no dice nada y se deja hacer (Aunque no ponga cara de disfrutar ni mucho menos) él no es consciente de si internamente está aterrorizada y le deja hacer por miedo. Y lo que es mas importante, si hay dudas el tribunal debe absolver, porque lo que está en juego es muy grave. En fin, que yo soy el primero que quiero ver a los violadores entre rejas, pero es que el tema no es nada fácil. Lo parece cuando te hacen un resumen mas o menos sesgado en un artículo, pero hay que ver el juicio entero para comprenderlo. No es casualidad que cuando a gente ajena a la justicia profesional le toca juzgar en Jurado, acaben muchas veces dictando también sentencias polémicas (Caso Waninkhoff, Camps, etc), es que el tema es mucho mas complicado de lo que en las tertulias de café o en los comentarios en un diario digital parece. Por algo será que hay que estudiar una carrera superior de cinco años para ser abogado, ¿no?
Saludos
Publicado por: Cordura | 04/06/2013 9:39:15
Cordura, ¿de verdad alguien que sabe de leyes dice: "¿Cómo podrías castigar al que no sabe lo que hace?"?
¿Y cómo sabemos si los maltratos, amenazas o insultos sí los hacía a sabiendas?, ¿cómo probar el dolo en el resto de actuaciones? Porque si no los hacía a sabiendas, tampoco le podemos castigar. ¿Cómo castigar a alguien que no sabe lo que hace?
La valoración de maltrato, vejación, abuso es ajena al maltratador, que al igual que todo castigo legal, se impone desde fuera; no desde la propia persona que lo comete. La persona actúa, el castigo es impuesto desde fuera siempre.
Publicado por: Juan | 04/06/2013 7:26:48
que todas las feminazis se lean el excelente mensaje de Cordura, anda. Noticias así sólo hacen que encender a aquellos que ya de por sí se quieren encender, y muestran lo poquito que saben los periodistas (que no los jueces!) de este país
Publicado por: jonhy | 03/06/2013 11:46:00
No veo el gran problema... "como nadie había presentado acusación por un delito de maltrato habitual". Ok pues, los jueces han indicado el error del fiscal. Ahora toca presentar una querella por maltrato habitual y meter al tipo en la cárcel. Y ya está. No por dos violaciones sino por maltrato habitual. Asunto arreglado ¿no?
Publicado por: Eduardo Silva | 03/06/2013 10:02:56
Muy bien Cordura. Muy bien expresado. Nada que añadir.
Publicado por: Davide | 02/06/2013 12:11:19
Dice Saray que: "Menos "los jueces tienen que obedecer la ley"", pero ¿Se te ha ocurrido qué pasaría si los jueces en lugar de obedecer la ley mejor o peor hicieran sencillamente lo que les diera la gana y les pareciera justo? ¿Qué tal si por este comentario tuyo atacando sus decisión se dejaran de obedecer la ley como pides y lo consideraran delito de desacato y te metieran seis meses de prisión? A ver si entonces defendías lo de no seguir la ley. Es que eso es lo que no comprendéis, que las cosas no son tan sencillas como "me sujeto a la ley si me gusta y si no, pues me la salto y hago lo que me parece justo" ¿Pero es que no te das cuenta de la barbaridad que es decir que un juez o quien sea puede libremente saltarse la ley si le parece a él injusta? Por esa regla de tres me parecen injustos los impuestos y no los pago, me parece injusto el límite de velocidad y voy a 200, me parece injusto que el perro del vecino levante la pata en el jardín y le pego un tiro ... ¿Dónde está el límite? El tema de la violación en el código penal es muy, muy complejo en situaciones límite, y mas dentro del matrimonio en el que se mezclan relaciones consentidas con otras que pueden no serlo en ocasiones. Para condenar a alguien por un delito es un requisito legal que esa persona sea consciente de que está cometiendo el delito y quiera hacerlo (Eso se llama "dolo" técnicamente y lo exige el artículo 5 del código penal); En el caso de la violación es preciso que el violador sea consciente de que la mujer tajantemente no quiere, y el actúe a pesar de ello contra esa voluntad de forma deliberada. Y aquí viene el problema, porque una violación en un portal o en un callejón oscuro por un desconocido y la mujer gritando y dando patadas para evitarla es muy clara, pero en una relación afectiva compleja con altibajos o maltratos, con pasividad -aunque sea por miedo de la mujer- a veces y otras no, las cosas ya no son tan sencillas. Sé que puede resultar dificil de comprender a quien no ha estudiado leyes, pero el delito no existe con independencia de que alguien quiera cometerlo. Si no hay esa intención consciente de violar, no hay violación, y para que haya esa intención consciente es indispensable que el sujeto vea claramente que la mujer se niega y a pesar de ello quiera violarla. Ahí aparece la violación, no cuando ella no quiere pero no lo demuestra externamente. Porque en ese caso, aunque estamos de acuerdo en que la situación es repugnante, no puedes castigar al marido si no sabe que está violando ¿Cómo podrías castigar al que no sabe lo que hace? Puedes castigarle por maltratos, por amenazas, por insultos y por todo lo que claramente ha cometido, pero no por lo que no tiene ni idea de que ha hecho. Eso es contrario a los principios mas básicos del derecho y nos devuelve al nazismo o a la edad media!
Publicado por: Cordura | 02/06/2013 11:18:50
Aquí lo que se pone de manifiesto es que en la justicia, como en muchos otros ámbitos se necesita urgentemente una regeneración. Y lo que subyace en la sentencia de la AP es uma visión arcaica del matrimonio que prácticamente justifica la violación (no era tan grave, ¿por qué seguía casada si no? Se preguntaran estos maravillosos magistrados). Al fin y al cabo se formaron al albur de leyes preconstitucionales y algo queda. Quien crea que en la interpretación de la ley no hay un poso ideológico y que estos señores son “intérpretes asépticos“ de la misma o no se entera o no se quiere enterar...
Publicado por: yomisma | 01/06/2013 20:12:34
Leyendo algunos de los comentarios, propongo a los autores del blog un estudio sobre la violencia verbal que se vierte de manera habitual y gratuita gracias al anonimato que proporciona la red.
Ya no hablo sólo de este blog, entras en cualquier tipo de publicación ( cocina, viajes...) y te encuentras comentarios que dan vergüenza ajena.
Se puede opinar, por supuesto, de hecho el espacio de los comentarios entiendo que está para ello, pero de ahí a desear el mal ajeno...No lo entiendo.
De verdad, la violencia en este tipo de espacios sería digna de estudio.
Publicado por: Maria | 01/06/2013 19:13:41
Paso de las tonterías que decís sobre aplicación de la ley. Si hay demostradas ocasiones en las que ella no quería tener relaciones y él la coaccionó, es lo que es y punto. Si le añadimos los problemas de alcoholismo, maltrato, y violencia, creo que las palabras de la mujer se hacen mucho más creíbles. Menos "los jueces tienen que obedecer la ley". Si no tienen dos cojones para proteger a los ciudadanos (porque al Supremo se llega lamiendo culos, amijos) que se vayan por donde entraron.
Y ojalá, y lo deseo fervientemente, nunca se encuentren con que una mujer a la que aprecian (ya no digamos una hija, esposa, etc.) pase por el trago de esta persona maltratada.
Publicado por: Saray | 01/06/2013 13:51:54
¿Y si el padre de esta mujer es uno de estos jueces malos, malos, malos? ¿Os hace sentir esa idea mejor? No se ha hecho justicia con ella, pero sí con su padre. Ahora falta que tambén violen a las hijas de estos nueves jueces. Sois unos barbaros todos.
Juan Manuel Dato: Sí he leido la noticia, supongo que tu también, lo que no se es si la has endido. ¿Crees que se caso coaccionada? ¿Crees que nunca tuvo sexo con el consentido? Es a eso a lo que se refieren los jueces. Pero es imposible entender algo si no se quiere entender, con lo que no hay esperanza para la especie humana, a ver si en otros cien mil años.
En ningún caso los jueces estan para hacer justicia (ojala existiera cosa semejante, solo es una idea a la que nos intentamos acercar). Estan para interpretar las leyes lo mejor que pueden (que es lo mejor que tenemos). Porque nadie puede saber cien por cien lo que ha pasado, por eso estan los jueces. Tal vez a nivel personal les parezca mal la sentencia, pero no pueden hacer lo que les de la gana. Como parece que cee la mayoria de opinadores de este foro. Hacen un trabajo dificil.
Menos mal que en algun comentario hay algo de Cordura. En lo que a mi respecta los que defendeis el ojo por ojo solo defendeis la violencia, y estais más cerda de los agresores que de las victimas. Solo sois camorristas con ganas de golpear y un blanco fácil a la vista.
Con gente como vosotros la violencia gana.
Publicado por: Davide | 01/06/2013 12:30:33
Ni los magistrados de la AP ni los del Supremo pueden hacer cosa diferente de la marcada por la ley. Y la ley la hacen los políticos chusqueros que tenemos. No se opine tan a la ligera sobre jueces y magistrados, pués no es lo mismo lo que debe ser justo, que lo legalmente justo. Y los jueces quedan totalmente vinculados a lo legalmente justo, siendo su trabajo aplicar lo que deciden los políticos en las Cortes. Así que por favor , un poco de rigor.
Por último decir que por los foros circula mucha sed de ojo por ojo, diente por diente y venganza brutal, algo que por suerte hemos conseguido eliminar de nuestro sistema, pero veo que hay gente a la que le gustaría ver hogueras en las plazas de los pueblos, caballetes de tortura, horcas etc.
No digo que estos desgraciados no tengan que acabar en prisión, pero ojo por ojo y el mundo se quedará ciego.
Publicado por: Difert | 01/06/2013 11:54:00
Es increible la cantidad de doctos juristas que hay sueltos en España sin haber estudiado leyes ni haber abierto un código en su vida. ¡Hasta saben mas que el propio tribunal supremo! Vamos a aclarar unas cosas:
1.- La absolucion de la violación no significa que se vaya de rositas. El tipejo asqueroso ese es culpable de maltratos, lesiones, abusos sexuales y mas, y es condenado por eso. Lo que no se hace es condenarle además y especificamente por violación en cuanto a esos dos incidentes concretos. 2.- Lo que jurídicamente se entiende por violación no coincide siempre y en todo caso con lo que coloquialmente se entiende por violación, como pasa con el ensañamiento. Los jueces se limitan a aplicar la porquería de leyes que hacen los politicos, y no es nada fácil. 3.- En una audiencia provincial juzgan tres magistrados experimentados, hombres y mujeres, y en el supremo otros seis todavía mas experimentados y de prestigio ¿No es mucha casualidad que cinco lo vean perfectamente claro aunque uno discrepe en parte? ¿No será que la cosa no es tan sencilla como todos los sabihondos y opino-de-lo-que-no-sé creen?. Siento verguenza y lástima por la sociedad en la que vivimos, en la que cualquiera sin tener ni idea se atreve a opinar asi. Lástima de España, así nos va.
Publicado por: Cordura | 01/06/2013 10:51:42
Entonces... Un terrorista de ETA no puede ser condenado por un atentado, por el hecho de que lleva ejerciendo la violencia continuadamente durante toda su vida???? Serán jueces, pero vaya imbecilidad!!!
Publicado por: Iñigo | 01/06/2013 10:39:20
Yo sí he leido la niticia, muy bien explicada, y siento vergüenza una vez más, del machismo salvaje de muchos jueces, que seguramente ni siquiera se dan cuenta de que que lo sufren. Cuando la justicia no tiene mecanismos para resolver semejante sin sentido, más valdría deportar a sus impartidores a lugares donde los escarmienten.
Publicado por: RIcardo | 01/06/2013 9:53:44