Finalmente, acorde con la cultura española de apurar hasta el último minuto, el Real Decreto-Ley de reestructuración y resolución ordenada de entidades de crédito verá la luz el próximo viernes 31, último día del plazo concedido en el memorando de entendimiento (MoU) de junio para que España tuviese desarrollado un marco jurídico para las resoluciones bancarias.
La razón del retraso respecto de la esperada aprobación la semana anterior parece ser el “pulso” entre las autoridades españolas y europeas respecto del “burden sharing”(literalmente, compartir la carga) y, concretamente, del papel a jugar en el mismo por las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, especialmente en el caso de las entidades problemáticas.
Ello no hace sino confirmar que dichos instrumentos suponen un embrollo monumental para las autoridades españolas: la opacidad con que fueron emitidas, sobre todo las colocadas entre inversores minoristas a través de las redes de sucursales, les otorga una extraordinaria repercusión social, a la que el Gobierno es sensible dado que afecta a muchos cientos de miles de pequeños ahorradores. Pero, por otra parte, como instrumentos de capital que son (y aquí aplica la máxima de que “el desconocimiento de la Ley no debe ser óbice para su cumplimiento”) deben absorber pérdidas antes que cualquier acreedor “senior”, o antes de recibir nueva aportación de fondos.
Ya en un post anterior explicábamos la irracionalidad que suponía el que, en las adjudicaciones de entidades intervenidas hasta la fecha, se había preservado íntegramente el valor de sus preferentes, al tiempo que a través del Fondo de Garantía de Depósitos se distribuían las pérdidas hacia el resto del sector. Ese era un esquema claramente irracional desde la teoría financiera, y al mismo deberían haberse opuesto con mayor intensidad los accionistas (o sus representantes) de las entidades sanas, que eran los damnificados por esa determinación de preservar íntegramente el valor de las participaciones preferentes.
Pero resulta que ahora los potenciales damnificados por esa determinación tienen mucha más capacidad de presión para oponerse a ella. En el marco del rescate bancario, cualquier “perdón” a los que se hallan en la primera fila para absorber pérdidas, es decir, todos los instrumentos de capital, implica que va a verse debilitada la posición de los aportantes de los fondos de rescate. En última instancia, estos son los contribuyentes europeos, y eso es algo que las autoridades europeas no están dispuestas a asumir, por lo que requieren que se reconozca íntegramente la pérdida en los tenedores de preferentes y subordinadas.
Las soluciones no van a ser fáciles. Las entidades problemáticas tienen actualmente vivos unos 6.000 millones de euros en preferentes, y unos 10.000 en subordinadas. En ambos casos, su valor de mercado real (es decir, no el que descuenta que hay alguna probabilidad de rescate a su valor nominal) es muy cercano a cero, lo que supondría unas enormes pérdidas para sus tenedores, fuesen o no conscientes de la naturaleza del instrumento en que invertían.
Y no vale esgrimir que esos inversores han sufrido un agravio comparativo frente a las entidades no problemáticas, en las que sí se ofreció posibilidad de canje de preferentes respetando su valor nominal: de hecho, las autoridades deberían haber sido mucho más diligentes en vigilar esos canjes, pues con ellos se debilitaba la posición de entidades que, siendo sanas hoy, pueden dejar de serlo en el futuro si la crisis se prolonga mucho más. Ese “pecado de omisión”, al haber impedido unos canjes generosos para algunos tenedores de preferentes, probablemente debilita ahora la posición española de intentar que se reconozca algún valor a quienes han quedado atrapados en las preferentes de la entidades problemáticas.