Idearium

Sobre el blog

Es una ventana abierta para inspirar ideas y generar debate económico y social. Profesores y antiguos alumnos de ESADE reflexionan en este blog sobre los desafíos de la economía global, las incertidumbres socio-económicas de nuestro país y de Europa. Con estilo ágil y didáctico, los expertos ayudan a impulsar ideas en un mundo global

Sobre los autores

ESADE

ESADE es una de las más reputadas escuelas de negocios europea y mundial. Con campus en Barcelona, Madrid, Buenos Aires, Sao Paulo y Munich, en sus aulas se han formado 44.000 alumnos que ejercen cargos de responsabilidad en empresas de los cinco continentes. Es, precisamente, su red de antiguos alumnos una de sus fortalezas tras 53 años formando directivos y profesionales. Dispone de Facultad de Derecho y del parque de negocios EsadeCreápolis.


MASSONS
Por Joan Massons, profesor del Departamento de Control y Dirección Financiera de Esade

Un préstamo puede pactarse a interés fijo o variable. El prestatario que prefiere el tipo fijo busca tranquilidad y opta por enfrentarse a una carga crediticia mensual conocida y programable. En el acto de firma del contrato de préstamo, el tipo de interés fijo es algo más alto que el tipo del momento, pero el prestatario “compra” la tranquilidad de saber que por mucho que suban los tipos de interés en el futuro a él no le va a perjudicar. Por otra parte, si los tipos de interés bajan vertiginosamente (período 1994-2000) se morderá los puños de rabia. El prestatario que pacta tipo de interés variable, especula con la expectativa de que en el futuro los tipos de interés no suban excesivamente y que si, afortunadamente, bajan se va a beneficiar notablemente.

 

El pensamiento inverso lo efectúa el prestamista. Prestar a tipo fijo le garantiza una ganancia conocida constante, pero si los tipos de interés suben, su diferencial de ganancia se deteriora. Al revés le va a ocurrir al prestamista con tipos variables. Lo que acabamos de explicar representa dos posiciones extremas y de acentuado riesgo dependiendo de la volatilidad de los tipos de interés.

En el dinámico mercado financiero anglosajón (Londres en la prehistoria, Chicago en la actualidad…) inventaron el camino intermedio: las cláusulas floor y ceiling. Se trata de un invento muy antiguo. La clausula floor (límite mínimo) consiste en ponerle al interés variable un límite, por ejemplo el 3%. Aunque los intereses en el mercado bajasen más allá del 3%, el prestatario no se beneficiaría de esa bajada. Se está poniendo un límite a la especulación del prestatario y una salvaguarda al bajo rendimiento del prestamista.

Pero también existe la cláusula ceiling, que quiere decir que se va a pactar un límite por arriba, de manera que por mucho que subiesen los tipos de interés, el prestatario nunca pagaría caros intereses por encima del ceiling, ni el prestamista se beneficiaría de un elevado tipo de interés. De hecho este invento representa un híbrido entre el tipo variable y el fijo. Lo podríamos bautizar como “variable, pero no tanto”.

Todo contrato de préstamo a interés variable con cláusulas de interés mínimo y máximo, consta de cuatro factores-clave:

  1. El tipo de interés interbancario que ahora es el Euribor (European interbank offered rate). No es objeto de negociación entre prestamista y prestatario. Es el que es y se conoce abiertamente en cada momento.
  2. El diferencial que el banco aplica sobre el Euribor. Es negociable. El prestatario puede comparar el diferencial que ofrece un banco u otro y elegir el más conveniente.
  3. El tipo mínimo (floor), claramente negociable.
  4. El tipo máximo (ceiling), claramente negociable.

Los puntos 2, 3 y 4 se pueden negociar con el prestamista o con diversos prestamistas y elegir el que mejores condiciones ofrezca. Esto lo comentamos más extensamente en el próximo artículo.

 

Snowden, sin falsas indignaciones

Por: | 22 de julio de 2013

Jordi Sellarès.ESADE.16.12.04.2Por Jordi Sellarés Serra, profesor de Derecho Internacional Público de ESADE Law School

Prevengo de antemano. Mis ideas pueden no gustar a más de uno. A mí Snowden no me parece un personaje ejemplar. Ni defensor de las libertades, ni persona íntegra. Edward Snowden es un joven aventurero. Ha sido agente de la CIA, luego ha trabajado para la Agencia Nacional de Seguridad de Estados Unidos, y ahora estaba subcontratado en una labor para dicho órgano de la administración estadounidense. Ha explicado al “The Guardian” —el periódico del laborismo británico— que los Estados Unidos revisan millones de mensajes intercambiados en el mundo. De países enemigos y aliados. Tras esta entrevista, ha huido de Hawaii a Hong Kong, y luego a Moscú. Temiendo que su revelación —claramente una traición a los ojos de Estados Unidos— sea allí juzgada rigurosamente, busca un país enemigo del suyo donde tenga premio ser un espía con material para pintar a los Estados Unidos como el mal en la Tierra. Ha pedido asilo a varias decenas de Estados y los más izquierdistas le han dicho que lo acogen con los brazos abiertos.

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Emprendedores, ¿cambio de ley o de mentalidad?

Por: | 15 de julio de 2013

“El riesgo que asumen los emprendedores es fundamental para el desarrollo de la economía de un país, esté o no en crisis”. Eugenia Bieto, directora general de ESADE Business School, inauguró con estas palabras la sexta sesión de Start Up Spain celebrada ayer en Madrid y que tenía como fin acercar las “Iniciativas que impulsan el ecosistema emprendedor en España”. La jornada, de nuevo organizada por ESADE y la Fundación Rafael del Pino, fue moderada por Javier Santiso, vicepresidente de ESADEgeo, quien destacó que está siendo tiempos difíciles, cuando las organizaciones apuestan más por nuevos proyectos, tanto fuera como dentro de su compañía: “Desde 2008 se han creado en España una docena de fondos de venture capital dentro de las empresas, demostrando que ésta es una tendencia contracíclica y que la sociedad se está empezando a dar cuenta que sólo con la innovación podemos escapar a la recesión”.

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Fabregat, Jordi.2012Por Jordi Fabregat, profesor del departamento de Control y Dirección Financiera de ESADE

Antes que nada, aconsejo a todo interesado a descargarse el documento elaborado por los doce expertos. En el mismo encontrarán referencias a las medidas introducidas en otros países y la explicación de los dos factores.

El primer factor se denomina Factor de Equidad Intergeneracional y se utiliza para ajustar la primera pensión que cobraremos a la esperanza de vida existente en el momento de la jubilación. El segundo se denomina Factor de Revalorizacion Anual y servirá para calcular el montante de las sucesivas pensiones. Es importante destacar que este documento no modifica los parámetros actuales del sistema, como son la edad de jubilación, los años necesarios para cobrar una pensión u otros.

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Los abogados globales del siglo XXI

Por: | 08 de julio de 2013

DuplaPor María Teresa Dupla, vicedecana de ESADE Law School

El cambio de siglo y de milenio ha supuesto algo más que un simple cambio de año. El clásico mundo de la abogacía ha visto como, en poco tiempo, el perfil y las habilidades del abogado tipo se han ido transformando, y por qué no decirlo, se han ido internacionalizando, muy especialmente en el área del derecho de empresa.

La apertura de nuestras fronteras a las exportaciones, la entrada de empresas y firmas extranjeras en nuestro país que reclaman servicios jurídicos completos ha provocado una reacción y adaptación necesarias de la formación y del ejercicio de la abogacía. Sea cual fuere el tamaño de la Firma y el área de trabajo, es habitual en nuestros tiempos, no solo la alianza con despachos extranjeros, sino también la apertura de oficinas en otros países o continentes. En pocas palabras, la globalización también ha llegado al mundo de la abogacía.

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El olvido, ¿un derecho?

Por: | 03 de julio de 2013

BuganzapetitaPor Carmenchu Buganza, dra. en Derecho y Directora del Master en Propiedad Intelectual y Sociedad de la Información Facultad de Derecho, ESADE - URL 

La respuesta que propone el abogado general* al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a la pregunta planteada por la Audiencia Nacional, en el asunto Google Spain, S.L. vs Agencia Española de Protección de Datos, es clara al respecto: "El derecho comunitario no ampara la pretensión del interesado para dirigirse a un prestador de servicios e impedir que indexe información que le perjudica, cuando ésta ha sido publicada de forma lícita por un tercero, aduciendo como razón, que no quiere que los internautas accedan a dicha información y desea que sea olvidada".

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Acte Tornabell5Por Robert Tornabell, Catedrático de Banca de ESADE Business School

No todo quedó para el futuro y se alcanzó un acuerdo sobre los rescates de bancos en dificultades. Después de un año entero y dos días frenéticos, los ministros de finanzas de la UE, aprobaron en la madrugada del jueves 27 una especie de acuerdo sobre el esquema que seguirían los rescates de los bancos en dificultades. En declaraciones del ministro de Finanzas de Alemania, Wolfgang Schäuble, fueron sesiones intensas, “pero las reformas son un paso importante y demuestran que los accionistas y los acreedores (de un banco en dificultades) van a ser los primeros responsables en una quiebra y se empezará por ellos”. En lenguaje paladino, los contribuyentes alemanes no deben temer nada, porque ellos no pagarán los platos rotos de la banca en quiebra de otros países. Los pagarán los que tengan bonos de bancos y deuda subordinada, y desde luego los accionistas.

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El País

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