La controvertida nueva Ley de Tráfico ya es una realidad. Desde el viernes 9 de mayo la normativa, en la que la Dirección General de Tráfico lleva trabajando más de un año, entra en vigor. Aunque la palabra bicicleta solo aparece cuatro veces en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Ley afecta a los pedaleantes y, entre otras cosas, obliga al uso del casco a los menores de 16 años. Aún queda el desarrollo del Reglamento de Circulación, que matizará las líneas rectoras de la legislación y cuya aprobación se prevé en junio. Si te han surgido dudas, un resumen con lo que todo usuario de la bicicleta debe saber.
Casco obligatorio. Los menores de 16 años, vayan de acompañantes o conductores, deberán llevar siempre el casco. No importa que circulen por un parque o por una avenida. Con este texto se salda la guerra entre la directora de la DGT, María Seguí, y la comunidad ciclista:
Los conductores y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los supuestos y con las condiciones que reglamentariamente se determinen, siendo obligatorio su uso por los menores de 16 años, y también por quienes circulen en vías interurbanas.
Los mayores de 16 años no tendrán que usar el casco en ciudad solamente en vías interurbanas, donde ya era obligatorio. Aunque el texto del BOE deja la puerta abierta a una obligación generalizada, la directora Seguí ha asegurado que en la posterior elaboración del Reglamento no se va a ampliar la obligación.
Adelantamientos. La antigua normativa obligaba a los vehículo a dejar un espacio de 1,5 metros a la hora de adelantar a un ciclista en cualquier tipo de vía. Esta Ley eleva el rango de esa norma. Para adelantar a un velocípedo, el vehículo puede invadir el carril contiguo, como en cualquier adelantamiento. No podrá rebasar al ciclista si le puede poner en situación de peligro o las condiciones de la vía no lo permiten.
Inmovilización. Los agentes solo podrán inmovilizar una bicicleta si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la circulación de vehículos o personas o dañan el mobiliario urbano. Los menores de 16 años que circulen sin casco o los adultos que lo hagan en vías interurbanas podrán ser amonestados, pero nunca se les podrá retirar la bici.
Drogas. Cualquier conductor de vehículo puede ser sometido a un control de alcohol y otras drogas. Si se han visto implicados en un accidente o han incumplido una norma, será taxativo. Algo que se extiende a los peatones. La multa por conducir cualquier tipo de vehículo bajo el influjo de cualquier tipo de estupefacientes tendrá una multa de 1.000 euros.
Velocidad. Los ciclistas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida, fijada en el 50% del límite máximo de la vía.
No pasar, contaminación. Si las condiciones ambientales, por problemas de contaminación, no son óptimas en una ciudad o en una zona, Tráfico puede restringir la circulación de determinados vehículos a motor. En este caso debe existir un informe preceptivo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Hay 12 Comentarios
La obligatoriedad del metro y medio a la hora de adelantar a un ciclista permitiendo invadir el carril contrario aunque haya linea continua junto a la no obligatoriedad del casco en núcleos urbanos (para adultos) me parecen dos de los aciertos de esa ley.
Publicado por: Pedalix | 15/03/2019 7:28:58
Si quieres ir en bici seguro y sin cansarte, piensa en comprar la mejor bicicleta electrica dle mercado. De esta manera evitarás disgustos.
Publicado por: La mejor bicicleta electrica | 06/06/2017 23:49:01
Se hace el juego a aseguradoras y se nos va a colar por la puerta de atrás el casco obligatorio para todos: un desastre.
Publicado por: kits bicis eléctricas | 15/05/2014 11:08:20
Leí un borrador en el que se incluía la posibilidad de rodar en bici por aceras y al cruzar los pasos de peatones se debían parar el resto de vehículos, como sucede con los peatones. ¿Esto es así en la práctica?
Publicado por: Pedro Martínez | 14/05/2014 21:40:44
Simplemente una burrada, la gente que desarrolla esta ley como todas las demás leyes de este país son uno burros, vagos, etc. No saben nada! Cero experiencia de vida. Por favor!!!Es lo más ridículo que un niño ande por un parque en bicicleta con un casco. Ignorantes, ineptos, pónganse a hacer cosas que realmente sea útiles, y no solo estar detrás de un escritorio dictando leyes que ni siquiera saben para que sirven. Yo me pregunto, la culpa no será nuestra? Hasta cuando nos vamos a seguir dejando que nos dominen? Yo uso la bici como transporte y no voy a usar casco, aunque antes lo usaba pero por propia decisión, no por obligación!
Publicado por: Gonzalo | 13/05/2014 22:10:14
mas de 30 años en bici por ciudad y ruta, escribo desde la práctica, esta ley es un atraso!!!
Publicado por: omar | 13/05/2014 21:36:27
A este paso hasta para hacer spinning va a ser obligatorio el casco.
Publicado por: Sergio | 10/05/2014 18:00:54
Es un buen negocio, la venta de cascos. Es el 1º objetivo.
Publicado por: Mario | 10/05/2014 10:06:17
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=773126532706823&set=a.273457939340354.72693.248726185146863
Publicado por: Actibici Valencia | 10/05/2014 9:04:03
Esta gente no ha jugado nunca de niño en un parque, no han tenido infancia normal, todo el día con la nany y las doncellas y llevadas al cole por mamá en su 4x4 les ha llevado a pensar que andar en bici un niño en un parque es una actividad peligrosa. Nos gobiernan las familias cursis de la época, deberían viajar, abrir la cabeza y conocer Europa, países donde ir en bici al colegio o al trabajo es normal y nadie lo intenta limitar.
Publicado por: saúl | 09/05/2014 20:45:33
La ley sobre el casco no se ha hecho con sentido común y no se cumplirá.
Publicado por: John Rawlins | 09/05/2014 17:33:28
Gracias a la Sra. Seguí somos el hazmerreir de Europa (y del mundo prácticamente). Si un niño va en bici por el parque debe ir con casco. Si se monta en un patinete, no. Si trepa a un árbol o a los columpios, tampoco.
Cuál es el motivo por el que la Sra. Seguí entiende que los padres de un niño no saben valorar en qué momentos su hijo debe usar casco? Regulamos también en qué circunstancias los niños deben ir con abrigo?
Como siempre, se crean leyes que finalmente en la práctica NUNCA se aplican... a excepción de un accidente. En ese caso, las aseguradoras podrán beneficiarse de la reducción de la indemnización en caso de atropello a un chaval sin casco. Enhorabuena!
Publicado por: Rofranco | 09/05/2014 16:02:01