De mamas & de papas

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De la comedia más almibarada al thriller más terrorífico, todo es posible en un día con hijos. En este espacio, padres y madres que a la vez son periodistas, y los lectores, comparten información y experiencias para sobrevivir a estos años apasionantes pero agotadores. Participa en los comentarios o a través de nuestro correo

Familias de segunda (II)

Por: | 03 de noviembre de 2011

Juez

Escribía aquí el otro día Cecilia Jan (@ce_jan) que la suya era una familia de segunda. Entre ella y su pareja, Eduardo, tienen tres hijos: David, Natalia y  Elisa, más una hija adolescente que aporta él. Es decir, seis en familia. Pese a ello, la administración no les concede la condición de familia numerosa porque no están casados. En el mejor de los casos, sólo se le concederá el título a uno de ellos, después de que el otro renuncie por escrito, convirtiendo a su familia en una unidad familiar monoparental. Cosas de la ley de Familias Numerosas, que no contempla otra familia que la unida por un vínculo matrimonial.

Hoy quiero hablar de un caso parecido, aunque algo más trágico. Se trata de una amiga que perdió a su pareja y padre de sus dos hijos en un absurdo accidente hace unos meses. Pese a haberlo hablado –todos lo hacemos siempre ante la posibilidad de que pase algo-, nunca se decidieron a dar el paso de formar una pareja de hecho o casarse, siempre con la confianza juvenil en que nada iba a pasar –todos confiamos en que nada va a pasar que nos trunque la vida-. En su caso, pasó. Y no se le concede una pensión de viudedad porque no estaba casada ni formaba pareja de hecho con el padre de sus dos hijos, de cinco y dos años, con el que llevaba conviviendo –doy fe- desde hace años.

En realidad, la norma  -concretamente, el artículo 174 de la Ley General de la Seguridad Social- es clara: Tiene derecho a la pensión de viudedad “el cónyuge superviviente” cuando el fallecido cumpliese una serie de requisitos laborales –días de cotización, alta en la seguridad social, etc- y también, con estos mismos requisitos y otros sobre ingresos, “quien se encontrase unido al causante en el momento de su fallecimiento, formando una pareja de hecho”.

Añade la ley que “se considerará pareja de hecho la constituida, con análoga relación de afectividad a la conyugal, por quienes, no hallándose impedidos para contraer matrimonio, no tengan vínculo matrimonial con otra persona y acrediten, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable y notoria con carácter inmediato al fallecimiento del causante y con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años”. A continuación, hay una especie de contrasentido, ya que se establece que “la existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o mediante documento público en el que conste la constitución de dicha pareja”. ¿No decía antes que un certificado de empadronamiento bastaba? ¿Y qué tipo de papel es un “documento público en el que conste la constitución de dicha pareja”? En cualquier caso, tanto la inscripción como ese “documento público” deben estar expedidos al menos dos años antes del fallecimiento.

Mi amiga no tiene derecho a la pensión de viudedad. No porque no formase una familia, sino porque su familia no está contemplada en las leyes.

Presentó, no obstante, su solicitud, a sabiendas de que sería rechazada. No fue en vano. Gracias a que presentó su instancia, pudo conocer a una abogada que ya ganó un caso similar y que la está ayudando a reclamar la pensión por vía judicial. Por lo pronto, necesita reunir los testimonios de amigos, familiares, conocidos y otras personas –quizá más neutrales- que acrediten y den fe o testimonio de la convivencia. Después, le espera un largo proceso de meses, en el mejor de los casos, o de años.

Como recuerda Cecilia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurre habitualmente cuando algún juez concede pensiones de viudedad a personas que no estuvieran registradas como parejas de hecho, como en este caso, en el que a una mujer le fue retirada una pensión al no considerar el Supremo el Libro de Familia como prueba de la convivencia, como sí hizo el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en otro caso.

A mi juicio, no estaría de más una actualización de los supuestos que contempla la Ley General de Seguridad Social para la concesión de una pensión de viudedad. Si no para que se amplíen, al menos para que se haga más fácil y claro cómo acreditar que se forma efectivamente una familia, esté o no consagrada por el matrimonio o por la Comunidad Autónoma de turno. Pero habrá quien opine lo contrario.

P.D. 1: Quizá haya quedado un poco tocho legalista. Soy consciente. No quería dejarlo sin hacer constar el profundo sentimiento que me inspiran esos dos excelentes pequeños que se han quedado sin padre y esa MUJER que ahora es lo único que tienen. Pero esos sentimientos son míos.

P.D. 2: Fui con Cecilia la semana pasada a hacer pan. Suscribo lo que escribe y aprovecho para recomendar un descubrimiento que hice con las manos en la masa: Blog de madre. Uno de los blogs mejor escritos y más divertidos que he leído. Gracia infinita, sublime escritura, simpatía a chorros. De mi barrio tenía que ser. Saludos, Eva (blogdemadre).

P.D. 3: Felicidades, Nacho.

Hay 173 Comentarios

Tras la ley del 'matrimonio homosexual', hasta el término 'pareja de hecho', subterfugio de estos hasta ese momento, carece de sentido. ¿Por qué nos empeñamos una y otra vez en crear figuras jurídicas y equipararlas entre ellas? ¿sólo porque no nos gusta como suena la palabra 'matrimonio'? Y cuando pasa lo peor, ¿entonces pensamos 'oh, que malo el señor legislador, poniéndomelo difícil? ¿Familias de segunda? Me parece absurdo y un poco obtuso de parte de algunos.

sigo pensando que cuando tienes derecho a casarte y no lo haces porque no te da la gana TU eres quien renuncia a las consecuencias legales. Otro tema es que se te negara ese derecho, pero no es el caso.
Me parece perfecto que la gente se case, se arrejunte, se inscriba como pareja de hecho, no haga nada o lo haga todo, es una decisión personal.
Pero señores, seamos coherentes y responsables de esas decisiones.
Yo no me quiero tomar el jarabe porque no me gusta como sabe pero luego no pretendo que me haga efecto como si me lo hubiera tomado ¿no?

a mí lo de no casarse, ni hacerse pareja de hecho ni nada de nada me parece muy guay, muy hippie y fenomenal, lo digo de verdad, y he vivido así muchos años. Tenía sus ventajas y sus inconvenientes, y hay que aceptar tanto unos como otros. Igual que casarse, tiene ventajas e inconvenientes, y si te casas hay que aceptarlos todos, no solo la parte que te gusta más.
Pero luego pedir los mismos derechos que si estuvieses casado me parece una actitud adolesente.
Tienes derecho a tal cosa. ¿Por qué? ¿porque lo dices tú? sin pruebas, sin papeles... así, de repente, sin que lo hayas puesto en conocimiento de nadie de forma legal? que lo saben la famnilia, los amigos... ya, pero es que la sociedad, que es quien en su conjunto costeamos estas cosas, la formamos muchas más personas, y de alguna forma hay que organizarse... porque el matrimonio es eso, es decir "yo convivo con esta persona, nos cuidamos mutuamente", y a partir de ahí la sociedad ya lo sabe y tendrá que tenerlo en cuenta en las diferentes situaciones vitales que pase la pareja.
No dar explicaciones está muy bien, pero si una pareja vive sin dar explicaciones a la sociedad, la sociedad esté en su derecho de no darse por enterada después.
Si me quedo en paro, puedo no solicitar la prestación "porque yo no tengo que dar explicaciones a nadie de si trabajo o no", pero luego no me puedo sorprender de no cobrar la prestación, y decir ofendido "es que tengo el mismo derecho, he trabajado, cotizado, etc, etc".
Pues claro que tienes derecho! solo tienes que ir, rellenar la solicitud, presentar los documentos que te solicitan y lo cobrarás religiosamente cada mes, lo que te corresponda, así de fácil!
Pues lo del matrimonio, lo mismo.

crasel, muy bien, veo que como siempre te fijas en lo importante....

En el fondo los que seguís insistiendo con "pues te casas y punto" porque es sólo un contrato nos estáis dando la razón a los que no nos casamos: en derecho los contratos verbales también generan derechos y obligaciones, no sólo los escritos.

pd. Ir de "progre" no es un insulto :)

hoyendia: Zimbabue, no Zimbague; Viudedad, no viudez; Cotización, y no tributación... hasta ahora creía que no sabías escribir, ahora sé que no sabes tampoco leer. Busca a alguien que sepa hacerlo y pídele que te busque en wikipedia (o en cualquier diccionario económico) los siguientes conceptos: seguro, reaseguro, cotización y capitalización. Estoy seguro de que no lo entenderás, pero al menos no iras presumiendo ignorancia

España da asco, porque la inmensa mayoría de la gente no es honrada. Todos buscan exprimir el sistema para obtener el máximo beneficio intentando dar lo mínimo a cambio, y que pague el vecino. Así les va a los noruegos o a los alemanes por un lado y a nosotros por el otro. 5.000.000 de parados de los cuales la mitad trabaja sin cotizar ni pagar impuestos, mientras cuatro pringados pagamos hasta las facturas con IVA porque nos han educado como toca. Seguid así compatriotas, que lo estais haciendo de categoría.

Para "hoyendia". Sale más rentable la conjunta cuando un cónyuge no trabaja, porque se entiende filosóficamente que es un familiar a cargo del cónyuge que sí que trabaja. Por supuesto que los que no trabajan viven subvencionados por los que sí que lo hacemos: no cotizan, no pagan IRPF y tampoco consumen demasiado (se gastan el dinero que otro gana).

Casarse cuesta 2 visitas al Registro Civil y perder entre las dos 4 o 5 horas (trayecto incluido). El que no lo hace es porque no quiere, ya que no tiene prácticamente desventajas si te casas en separación de bienes. Yo me casé una mañana antes de ir al trabajo, no tuve ni que cambiarme de traje :). Nada de bodorrio, ni iglesias...

De segunda porque quieren, pero de primera cuando por el hecho de estar "solo uno" empadronado tienen ventajas a la hora de tener plaza en las guarderias, en las escuelas... vamos, menos cuentos. Cuantas parejas con trampa=de segunda porque quieren tienen prioridad en las guarderias cuando nosotros tenemos que mendigar una plaza durante meses...

Nada les impedía casarse o registrarse como pareja de hecho. Si no lo hicieron no tienen nada que reclamar.

Yo no se porque tienen que darle una pension a ella.Que se las den a sus hijos que les va a faltar su padre...si ella no trabajara, no pudiera o algo asi...de todas maneras nose puede ir de progre y no querer ser matrimonio pero si querer las ventajas de ser un matrimonio...casate no lo celebres sino kieres pero protege a tu familia

Las leyes que regulan el matrimonio, las parejas de hecho, las prestaciones de la SS, las consultas electorales, etc. las aprueba el Parlamento cuyos diputados son elegidos por los ciudadanos. Evidentemente, las leyes pueden cambiar, pero mientras no lo hagan se aplican a todos los ciudadanos las leyes en vigor. Las pensiones de viudedad desaparecerán, sin duda, algún día; pero hoy existen y están reguladas por la ley, nos parezca bien o no. Cecilia, la amiga de Javier y cualquiera tienen derecho a organizar su vida familiar como les parezca conveniente, inscribiéndose en el registro de parejas de hecho, casándose por el juzgado o por la Iglesia, conviviendo sin dar cuentas a nadie, organizando una comuna, etc. También tienen derecho a que las leyes sean de conocimiento público y se apliquen objetivamente por los organismos que tienen potestad para ello en nuestro ordenamiento jurídico. Una vez valorados los pros y contras de cada situación y tomada la decisión que más les conviene deben aceptar los derechos y deberes inherentes a la misma. La tragedia de la amiga de Javier es la pérdida de su pareja y padre de sus hijos; a la pensión de viudedad renunciaron ambos de facto cuando, por las razones que sean, decidieron vivir su relación como una unión libre. No veo la discriminación por ninguna parte; lo que hubiera sido discriminatorio es que se les hubiera impedido cualquier otra alternativa de convivencia por razones de raza, sexo religión, etc.

A Antonio Fernández: lo que cuenta Javier Salvatierra sobre mí es totalmente verídico. Si te lees el post entero en el que lo cuento, que está enlazado arriba, verás que esto sucede desde la reforma de la ley de familias numerosas que hizo el PP en 2003, así que probablemente tú no tuviste ningún problema porque lo solicitaste en 2000. Pero si te hubiera pasado tres años después, te habrían hecho borrarte o a ti o a tu mujer de la foto. Un saludo.

Vaya, así que sí o sí hay que pasar por el aro, porque en su se determinó así y ahora pedir los mismos derechos que un casado sin estarlo es utópico. Vamos, uno día de estos me llaman 'anticonstitucional' (que en este país decir eso es de lo peor, que ya sabemos que la constitución es intocable)

El matrimonio es una figura de derecho civil que conlleva derechos y obligaciones. Tanto con la pareja de hecho "registrada" como la de sin registrar se están pidiendo derechos que ya existen en otra institución civil, que es el matrimonio. Estoy de acuerdo con Rosie en que el matrimonio no tiene porqué conllevar celebración, ni bodorrio, ni ningún convencionalismo de ese tipo. Vas, te casas, y está. Es como el que va a firmar la compra de una casa, un contrato de arrendamiento, o la compra de un coche con su pareja. Se le da demasiada importancia al significado del matrimonio arcaico, cuando en realidad es un cúmulo de derechos y obligaciones contractuales, que en determinadas situaciones son beneficiosas y otras no. No se puede estar a todo.

Partiendo del hecho que una pensión de viudedad vitalicia es algo anacrónico en los días que corren, estoy de acuerdo con lo comentado. Pero, que sentido tiene que una persona que se queda viudo o viuda a la edad de por ejemplo 20 años este cobrando una pensión de viudedad durante 45 años aunque éste este trabajando y teniendo ingresos por su actividad profesional? Saben además que la subvención de medicamentos en estos casos es del 100% cual pensionista de 70 años? Pues es así, aunque se que es un tema delicado hoy por hoy situaciones así son un sin sentido.

Todo muy triste pero muy fácil de prevenir. Te vas a un juzgado a la hora del café, te casas y te vuelves al trabajo.

Pero bueno, ¿dónde está el problema? que se casen y ya está

Rosie, el estado somos todos,(salvo para crasel que es un seguro privado) y por eso también los que no comulgamos con el matrimonio queremos el mismo trato por el estado al que contribuimos de la misma forma. Las leyes se pueden cambiar.

Javi, si no hubiera ventajas por ser pareja no habría fraude.

Gracias, Ana. Lo has explicado mejor que yo. A veces no controlo el cabreo que me producen algunas opiniones del tipo "la ley es así, lo acatas y te callas".

En la misma linea que otros comentarios, si no quieres casarte, despues no pidas los derechos que tal estado conlleva. Actualmente el matrimonio no es (o no tiene que ser) ni religioso, ni para toda la vida, ni se tiene que gastar nada en "bodorrio" (un par de testigos, un papel y un juez, nada mas), etc, etc. Cuando te casas acreditas tu identidad, tu voluntad de convivir con tu pareja y que lo haces libremente. El estado toma nota del hecho y aplica despues leyes, prestaciones, etc.
Actualmente si uno convive y no se casa, o bien es porque es un inconsciente o esta en contra del matrimonio por principios sui generis. En el primer caso, el estado no tiene porque ser la niñera de personas poco responsables. En el segundo, pedir despues prestaciones es una hipocresia de tomo y lomo.
En resumen, son familias de segunda? pues si, pero por decision propia, no por injusticia del estado.

La entrada del blogger hace referencia a la pensión de viudedad. Y mi opinión es que soy contraria a esa pensión así que a menos que quieras imponer el pensamiento único no veo porque no puedo exponerla. Que ha derivado en un debate con crasel, pues sí. Pero tampoco veo nada malo en ello. Me parece bien que las ventajas fiscales sean al individuo, justamente, lo que me parece mal es que exista beneficio o perjuicio en caso de que no exista contrato de pareja. No comparto que la madre al estar empadronada sola tenga ventajas en plazas escolares (a menos que el hijo sea huérfano de padre o el padre renunciara a la paternidad).

Ellie, ya has visto antes a Mayte que te decía lo que ella conocía. Yo te digo lo que conozco yo. Hay otro comentario que hablaba de que había estudiado las ventajas de hacerse pareja de hecho. Esto. Es. España. Aquí la gente se sabe la parte de la ley que le conviene para pillar y se hace la tontita a la hora de apechugar con lo que no le conviene.

Si tú no lo haces, bien por ti. Pero presuponer honradez cuando es casi imposible que te pillen, es de ingenuos. Y, tanto por mi experiencia como por la de Mayte, lo normal es declarar lo que más te conviene. ¿Es triste? Sin duda. Pero es así.

Y ya no me meto cuando hay divorcios y pensiones anteriores de viudedad. Ahí tampoco se dan de alta para no perder la pensión del divorcio o la de viudedad. Y, de nuevo, lo normal es el fraude.

Luego el fraude tiene consecuencias y, entonces, llegan las lágrimas y el "qué injusta es la ley", "¿cómo que no somos pareja?" y blablabla. Lo siento mucho, pero no cuela. Si quieres las ventajas de ser pareja, firma el papelito. De igual manera que si quieres cobrar el paro, no aceptes trabajar en negro (y no pagar impuestos). Pero al plato y a las tajadas, no.

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