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Fiestas populares, Fallas y Estados de Excepción jurídicos

Por: | 14 de marzo de 2012

2012-03-10_IMG_2012-03-10_03-10-11_fotospropias_20120309_223159Valencia inmersa está de lleno desde hace ya unos días en la fiesta fallera. Locura fallera, diríamos muchos, a la vista del manifiesto descontrol en que ha degenerado la fiesta debido a la pasividad municipal (ya tuvimos ocasión de denunciar algunas situaciones el año pasado). El caso es que desde un punto de vista jurídico es interesante señalar cómo nuestro Derecho público cede ante estas situaciones con enorme facilidad. Normalmente allí donde las autoridades hacen manifiesta dejación de sus funciones, dejando a los ciudadanos a la intemperie y sometidos a la ley del más fuerte (o del más cafre) uno puede aspirar a acudir a los tribunales y que éstos remedien en algo la situación. No es el caso, empero, de las fiestas populares. Y las Fallas de Valencia son probablemente el más claro exponente de este Estado de Excepción Jurídico-Festivo, aceptado por autoridades municipales, jueces y opinión pública que consideran, por lo general, que aquél que sea molestado tiene el deber de callar y capear resignadamente el chaparrón... O emigrar por unos días (que en Valencia pueden ser, perfectamente, dos semanas).

Un primer aspecto donde los derechos de los ciudadanos ceden en favor de las fiestas populares es, como es sabido, el ruido. Si en España ya es habitual, por lo general, que el Derecho administrativo proteja poco, tarde, mal y a cambio de emplear mucho tiempo y dinero frente a los excesos de quienes consideran que su derecho al ocio o a divertirse a su manera está por encima del derecho al descanso o la salud de otros ciudadanos, este problema se agrava enormemente cuando nos topamos con fiestas populares. La norma legal valenciana, como muchas otras españolas, prevé de hecho, expresamente, este estado de excepción, como tuvimos ocasión de comentar extensamente en su día. Resulta increíble, y constitucionalmente más que dudoso, que el legislador pueda desplazar derechos fundamentales en aras a proteger manifestaciones culturales como las fiestas populares, protegidas con un precepto constitucional de entidad muy inferior. Y, por supuesto, estas dudas se acrecientan más si atendemos a que las manifestaciones ruidosas que quedan amparadas son todas, tengan o no que ver con tradición alguna, por lo que en la práctica lo que se hace es primar el derecho al ocio (y al negocio) de unos, pura y simplemente, sobre el derecho al descanso y a la salud de los demás (sean niños, ancianos, enfermos, trabajadores o a quien se pille por delante). De forma generalizada y masiva. En Valencia, además, durante un par de semanitas. Ahora bien, existiendo la norma y declarada la excepción, que no ha sido de momento combatida ante el Tribunal Constitucional, la regla es simple: en fiestas no hay límites al ruido legalmente obligatorios y todo dependerá de la voluntad de la Administración local a la hora de disciplinar la convivencia. En Fallas todos sabemos lo que significa eso: carta blanca para el descontrol. Pero es que, además, la tolerancia va más allá de lo que dice la ley, que sólo permite excepcionar la norma legal en los períodos oficiales de fiestas. Dado que las Fallas en la práctica inician sus actividades ruidosas molestas, con enorme generosidad, unos 15 días antes de la cremà, alguien podría pretender que se aplicara el Derecho vigente, al menos, en ese dilatado período pre-festivo. Obviamente, es una quimera.

Un segundo y fascinante ámbito donde el Derecho público español cede y renuncia a presentar batalla en materia de fiestas populares es el de la igualdad de género y dignidad de personas implicadas en todo este tinglado. Más allá de polémicas puntuales parece absolutamente consolidado que, por ejemplo, en Valencia haya de haber fallares mayores y corte de honor, con privilegios varios, y que esta figura ha de estar reservada a la mujer. No se entiende muy bien la razón por la que esto deba ser así, la verdad. Como en el fondo tampoco se entiende que un ordenamiento jurídico como el nuestro, que es cada vez más prolijo en la proscripción de comportamientos y medidas que se puedan interpretar como sexistas, cosificadoras de la mujer y transmisoras de una imagen de su papel en la sociedad subordinado y decorativo, conserve y proteja una institución como ésta. Obviamente, a las Fallas no se les aplica la Ley de Igualdad. Y, ya que estamos, tampoco otras normas de orden público que igualmente afectarían a la institución de la corte de honor en su versión infantil (con lo cuidadoso que es ahora nuestro Derecho público en materia de derechos del menor frente a su exposición pública y no digamos su uso comercial, ¿a nadie le parece mal que los padres -y el poder público- sean autorizados a emplear a sus niñas para esa cosa de la corte infantil?; y sobre todo, en un país como el nuestro, donde el home-schooling está prohibido y en el que afortunadamente la inspección educativa alerta inmediatamente a servicios sociales ante las faltas reiteradas de asistencia a clase, ¿qué es eso de que se considere que esta norma no rige para la corte de honor infantil y que se suspenda la obligación de acudir a clase de las falleritas mayores, así como la obligación de sus padres de llevarlas a clase?

Obviamente, y en tercer lugar, en Fallas (y supongo que en otras fiestas populares), tampoco rigen las normas en materias como separación Iglesia-Estado ni, si nos ponemos dramáticos, en cuestiones casi tan peligrosas para la integridad psíquica o física de las personas y los ciudadanos (activos o pasivos espectadores) como son los reglamentos comunitarios en materia de explosivos. Como es sabido, y desde hace años, nuestro gobierno municipal se declara en rebeldía durante unos días, con el beneplácito sonriente del Gobierno central, respecto del cumplimiento de las normas europeas en materia de explosivos para que los niños puedan tirar petardos a gusto.Por supuesto, el derecho a la fiesta ha de primar ante todo. Y la labor tuitiva del Derecho público, protegiendo sobre todo a menores de edad, garantizando que no puedan tener a su alcance artefactos peligrosos es algo que por lo visto jurídicamente puede, también, quedar en un segundo plano. El peculiar balance de derechos que genera el Estado de Excepción Fallero tiene estas cosas. Y si no te gusta, pues siempre te puedes quejar a la patrona, que es agasajada oficialmente y con dinero público durante dos días por eso de la aconfesionalidad del Estado... y de una fiesta pagana como las Fallas (hasta que el Invicto Caudillo la reconvirtió a gusto de la carcundia con enorme éxito de público y crítica, a lo que se ve, pues a estas alturas todavía seguimos así y con todo el mundo dando palmas).

Por último y en cuarto lugar, las Fallas tienen una característica peculiar que introduce una original y delirante especialidad valenciana en la serie de excepciones legales que conllevan las fiestas populares: las Fallas se convierten en pseudo-poder público. Y es que la Junta Central Fallera, en fiestas, divide la cuidada en sectores y "concede" a cada Falla enormes poderes sobre el uso y gestión del espacio público. Dentro de unas normas de mínimos más bien poco exigentes (ya se sabe, no hay que joder la fiesta) la falla (y sus falleros) se convierten en amos y señores, que deciden cuándo, cómo y por qué cortar la calle. Para hacer unas paellas o para lo que sea. Por ejemplo, para apropiarse de la vía pública durante un par de semanas con una buena carpa donde los falleros se reúnen de vez en cuando y así no se gastan dinero en alquilar un local. O, por ejemplo, para conceder (y cobrar) autorizaciones a churrerías y negocios varios en la demarcación, con beneplácito municipal, con la excusa de financiar la fiesta. Si sumamos a todas estas bicocas la subvención generosa que reciben las Fallas de nuestros impuestos el resumen es sencillo: todos los ciudadanos pagamos, tanto con dinero como con molestias cediendo durante días el espacio público y su rentabilización económica, las fiestas a los falleros (o, al menos, parte de ellas). En cuantías importantes. Nos guste o no. Así es la vida.

Pero lo más delirante e impresentable de todo esto es que esta situación se ha convalidado por el ayuntamiento incluso desde el ejercicio de funciones de Derecho público y, desbordándolo, amparando excesos de Derecho privado que hasta serían difíciles para un poder público. Así, en Valencia, la Administración considera de pleno derecho a las fallas como entes semi-públicos con capacidad no sólo para gestionar el espacio público sino, incluso, lo que ya es increíble, para imponer a los particulares prestaciones forzosas y limitaciones en derechos como el de propiedad. El caso más sangrante es el de la iluminación festiva (de más que dudoso gusto) de algunas comisiones, que se acostumbra a anclar a las fachadas, balcones y salientes de edificios de los alrededores. Lo acepte la comunidad de vecinos o no lo acepte. Conviene recordar, por cierto, que hay legítimas y fundadas razones para no querer (piensen en lo mal que se duerme con miles de watios de sonido y luz justo delante de tus ventanas durante 10 días), pero que en principio ni siquiera es preciso alegar justa causa para excluir del uso de tus bienes. El derecho de propiedad normalmente permitiría a cualquiera negarse con tan fundada razón como "no me da la gana" que cuelgues tus lucecitas de mi casa. Pues bien, al amparo de la naturaleza pseudo-pública de las Fallas, el Ayuntamiento ha avalado que las Fallas sí pueden, que tienen derecho a obligar a una comunidad de propietarios a usar su fachada a su antojo, sin que la autorización de este uso requiera de unanimidad de los vecinos (la ley de propiedad horizontal no rige en Fallas) e incluso en el caso de que haya una oposición total de toda la comunidad de propietarios.

Los argumentos, avalados por el propio Ayuntamiento de Valencia, como pueden ver en esta increíble explicación de su responsable de fiestas, son jurídicamente muy divertidos. Y sólo dejan, como es habitual, una solución larga y procelosa al ciudadano indefenso: iniciar un caro y costoso en tiempo camino en sede judicial, donde además ha de luchar contra todos (Administración, opinión pública y el propio ayuntamiento). Así, la doctrina al efecto es tan escandalosa que resulta hasta divertida (recordemos que viene avalada por el propio ayuntamiento):

- Basta el consentimiento tácito del propietario del balcón en el que durante años la Falla ha anclado los cables de sujeción de las estructuras lumínicas, para que esta pueda hacerlo de nuevo del modo en que ha venido haciéndolo, sin que pueda recriminársele dicha conducta como antijurídica por faltar el consentimiento unánime o mayoritario de los copropietarios. Tal conclusión resulta del hecho de haber consentido durante años la comunidad de propietarios que los titulares de los balcones prestasen la citada aquiescencia. Es decir, pasando del Derecho civil regular, que estamos en Fiestas. Empleando este mismo argumento se podría (es más,quizás se debería) autorizar a los falleros a apropiarse de la propiedad de ciertos bienes, por ejemplo de los inmuebles en cuestión, contando con la aquiescencia de solo uno de los copropietarios, preferentemente un miembro de la Falla. Es, en el fondo, el mismo modo de razonar jurídicamente. ¿Por qué una cosa sí y otra no? ¡Falleros, aprovechad y lograd para la Falla un buen patrimonio, que a fin de cuentas todo lo que revierta en beneficio de la Fiesta es bueno y decente!

- La falla Sueca-Literato Azorín tiene derecho a practicar en los salientes del inmueble el anclaje que durante años ha venido trabando y del modo en que ha venido haciendo, pues la propia conducta de la comunidad de propietarios ha generado en la Falla la confianza legítima que ahora le confiere tal derecho. Como puede verse en este casos estamos ante una revolucionaria aplicación del principio de confianza legítima que nos lleva, paradójicamente, a esa muy tradicional y antigua doctrina que permitía en ciertos ordenamientos pre-modernos entender posible violar a tu cónyuge, novio o novia, pues si habías consentido tradicionalmente, oiga, no te puedes hacer luego el estrecho y dejar sin fiesta a quien ya se había hecho ilusiones.

En todo caso, y en el fondo, esta idea de fondo, por increíble jurídicamente que pueda parecer, no deja de ser, a la hora de la verdad, el leit-motiv dominante: Son fiestas y tenemos derecho a todo porque siempre ha sido así, así que no vengan a joder la marrana los sosos de turno con sus derechos, su descanso, sus derechos y tonterías de esas. Y si nos inventamos una tradición de cuatro días de antigüedad pues también, haberte quejado antes, que ahora ya está consolidada.

No es de extrañar que, tal y como comentaba este lunes en mi columna en El País Comunidad Valenciana, por estas y otras muchas razones, las fallas se hayan convertido a día de hoy en la fiesta antipática por excelencia.

Una fiesta antipática
ANDRÉS BOIX
Las Fallas son una fiesta popular que tenía cosas fantásticas. Aunque en el fondo los seres humanos tendemos a parecernos cuando nos juntamos para pasárnoslo bien, el hecho de que la excusa para hacerlo tenga que ver con ciertos valores artísticos y con la exaltación de la sátira y la crítica al poder es algo, sin duda, particularmente sano. Además, las Fallas han tenido siempre un componente horizontal muy especial. La fiesta invade todos los barrios de la ciudad, no sólo algunas zonas, y ocupa la calle, que por unos días es lugar de encuentro, de paseo, de disfrute… arrinconando coches y todo lo que se ponga por delante. Obviamente, esta ocupación festiva de la ciudad genera molestias, pero bienvenidas sean si por unos días los niños pueden jugar en la calle tranquilamente mientras los demás nos tomamos una xocolata amb bunyols o los vecinos del barrio se reúnen para hacer paellas o una torrà.
Tristemente la inmensa mayoría de los ciudadanos de la ciudad de Valencia, con toda la razón, hace mucho que hemos dejado de percibir las Fallas con simpatía. Porque no es lo mismo que la calle esté ocupada por niños unos días que por inmensas carpas que se apropian del espacio público durante medio mes. Nada tiene que ver que el bar de toda la vida saque unas mesas y sillas en el chaflán para aprovechar el incipiente buen tiempo en plan festivo con que miles de churrerías y chiringuitos venidos de no se sabe dónde ocupen industrialmente nuestras calles. Y, por supuesto, mucha gente en vela hasta las cuatro o las cinco de la madrugada, día tras día, percibe con cabreo la diferencia entre que los vecinos se reúnan debajo de tu ventana a cenar al aire libre unes xulletes y que lo hagan cuatro descerebrados, con equipos de sonido propios de campos de fútbol, en verbenas que se prolongan de madrugada o, simplemente, como amenizadores musicales de esas horrendas carpas que martirizan a tantos vecinos.
El denominador común de todos estos excesos que han convertido las Fallas en la fiesta antipática por excelencia (Valencia tiene el honor de ser la ciudad que obliga a un mayor éxodo de sus vecinos en fiestas) es la tolerancia municipal que lleva años dando carta blanca a unos pocos para que se apropien de la fiesta, de la vía pública, de la convivencia… en su propio beneficio. A nadie se le escapan las implicaciones económicas de todas las derivas señaladas. Para que a unos pocos la fiesta les salga más barata se tortura a todos los demás. A cambio de esta laxitud el Ayuntamiento ha venido recibiendo el apoyo incondicional del colectivo fallero-borroka para convertir una fiesta que era horizontal y de barrio en la más jerarquizada del mundo (la estructura y funciones de la Junta Central Fallera, como su nombre indica, son propias de una organización militar) y transformar una supuesta festividad en torno a la sátira y a la crítica en exaltación de la Autoridad Municipal, simbolizada por su mayestática presidencia de todo tipo de actos que se le concede bajo la protección, como hemos visto estos días, de cortes de honor y ofrendas religiosas varias. Unos vestigios de otra época sorprendentemente devenidos intocables a pesar de su evidente simbología respecto del papel de la mujer en nuestra sociedad y de su obvia contradicción con el espíritu pagano, festivo y crítico de una fiesta popular.

Hay 6 Comentarios

Vamos, que no te gustan las fallas...

Me parece una monstruosidad las fallas y que el ayuntamiento y la ciudad se vuelvan salvajemente inhumanos: hace tres años, a mi hermana le daban radioterapia 15 16 17 de marzo. volvia a casa con vómitos y mareos. Nos cortaron el tráfico (veniamos a casa en taxi) y un policia se empeñó en que se bajara del coche y siguiera andando. Gracias a que mi sobrino y el taxista plantaron cara al poli y le amenazaron con denunciarle con lo cual pudimos pasar. Lo más espeluznante es recordar que la sala de espera de radioterapia estaba aquellos días a tope y no seriamos los únicos en ser tan mal tratados por el ayuntamiento DE RITA BARBERÁ. ES INHUMANO Y DURA UN MES. Hay que pasar por ahí para saber cómo son

El problema de las fallas es que, siendo valenciano y con cariño hacia ellas, se están "pasando varios pueblos", si no se pone freno a esto, acabarán perjudicándose ellas solas.
No se hace mención en el artículo al impacto medioambiental de la quema de toneladas de estiropor o poliexpam que produce vapores tóxicos. HAce 4 años pedí un informe a bomberos y aún lo estoy esperando.
A mi me queman todos los años mi casa (una falla sección especial a escasos 5 metros de la fachada) sin que quieran poner un telón ignífugo ni nada que se le parezca. Nadie quiere ni oír hablar de poner una demanda.
"Trabajo todo el año para estos días y si eres un mal valenciano que no te gustan las fallas, vete fuera de Valencia".
Soy valenciano, incluso me gustan las fallas, solo pido por favor que no me quemes mi casa... vale me voy fuera ¿me pagas tu las vacaciones? ¿me proteges tu mi casa?.
En fin... suma y sigue

I on hi ha els contrapoders (polítics, mediàtics, cívics, intel·lectuals, acadèmics, alternatius...) per a contrarrestar l'ocupació?

Je, ¿y los meados? ¿Y las cacas? ¿Y las churrerías grasientas sin controles sanitarios? ¿Y los parkings que cada comisión monta para sus falleros cortando más y más calles?

Completamente de acuerdo. y aún hay más cosas. Aparte de la falla, las luces, la paella, los petardo, la carpa, etc, montan mercaditos en las puertas de nuestras casas y les cobran a los comerciantes por usar la vía pública; aparcan sus coches (cochazos) en la parcela que han vallado y dónde han prohibido aparcar a los vecinos. No sólo es usurpación, es recochineo.

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No se trata de hacer leer

Sobre el blog

Una mirada al mundo y a la actualidad a través del Derecho público. Este blog no es sino el reflejo de los anteojos de un jurista y su uso para filtrar obsesiones, con mejor o peor fortuna. Aspira a hacer más comprensible la realidad aportando un prisma muchas veces poco visible, casi opaco. En todo caso, no aspira a convencer a nadie sino a dar razones. Porque se trata, sobre todo, de incitar a pensar desde otros puntos de vista.

Sobre el autor

Andrés Boix Palop

(València, 1976) es Profesor de Derecho administrativo en la Universitat de València y ha estudiado o investigado, en diversos momentos en Universidades francesas y alemanas (París, Múnich, Fráncfort). Al margen de sus trabajos sobre cuestiones de Derecho público escribe regularmente sobre temas de actualidad que tengan que ver con esa parcela del ordenamiento, no sea que en contra de lo que históricamente han considerado los juristas españoles, haya alguien ahí fuera a quien puedan interesar estas reflexiones a caballo entre lo jurídico, lo noticioso y las obsesiones personales de su autor.

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