Paz, en construcción

Sobre el blog

Un espacio de reflexión y debate sobre la necesidad de generar condiciones de paz en un mundo azotado por la violencia y la injusticia. El blog será coral, nutrido por colaboraciones de varias personas vinculadas a los centros de investigación, ONG y movimientos sociales por la paz de todo el Estado. También contará con alguna colaboración puntual de voces internacionales.

Sobre los autores

Jordi Armadans Jordi Armadans Politólogo, periodista y analista en temas de seguridad, conflictos, militarismo, desarme y cultura de paz. Director FundiPau (Fundació per la Pau), miembro de la Campaña Armas Bajo Control y miembro de la Junta Directiva de AIPAZ.

Jordi CalvoJordi Calvo Economista, analista e investigador sobre economía de defensa, militarismo, paz y desarme. Investigador del Centro Delàs de Estudios por la Paz (Justícia i Pau) y miembro de la Junta Directiva de la Federació Catalana d’ONG y del International Peace Bureau (IPB).

Josep Maria RoyoJosep Maria Royo Politólogo, analista e investigador sobre conflictos y construcción de paz de la Escola de Cultura de Pau de la UAB. Miembro de la Junta Directiva de la Federació Catalana d’ONG.

Los derechos humanos en el seno del ejército español

Por: | 26 de febrero de 2014

Tomàs Gisbert, investigador del Centro Delàs de Estudios por la Paz

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                 Militares de la AUME protestan en Madrid / ULY MARTÍN

El proyecto de ley de régimen disciplinario de las fuerzas armadas, en tramitación parlamentaria, sigue manteniendo la pena de arresto para los militares sin tutela judicial efectiva. Al parecer el gobierno y la cúpula militar española necesitan de una medida tan extrema para poder mantener la disciplina en las fuerzas armadas.

En una primera mirada podría considerarse que ésta es una medida necesaria dada la peculiaridad de la condición militar y de las fuerzas armadas. Pero no es una medida tan normal o razonable cuando España, desde su ratificación en 1979, ha tenido que mantener la reserva a los artículos 5 y 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales para poder aplicar las diferentes leyes de régimen disciplinario militar que desde entonces se han sucedido.

Ni es tan normal cuando sólo diez de los cuarenta y siete países firmantes del Convenio europeo de los derechos humanos han establecido reservas para poder privar de libertad al personal de las fuerzas armadas con una simple decisión administrativa sin garantías judiciales, que es lo que en realidad es un arresto militar. Estos países son Armenia, Azerbaiyán, Moldavia, Rusia o Ucrania, de una parte, a los que además del Estado español se unen Francia, Portugal y la República Checa y Eslovaquia de los veintiocho países pertenecientes a la Unión europea.

Cabe preguntarse qué hace tan diferente al ejército español para necesitar de una medida tan extrema para mantener la disciplina como es la pérdida de libertad. ¿Por qué el ejército español necesita vulnerar los derechos humanos de sus profesionales? ¿Acaso la mayoría de países de nuestro entorno que no disponen de esta medida tienen problemas disciplinarios en sus ejércitos?

No podemos pasar por alto que en el último año cinco representantes de asociaciones militares como la AUME han sufrido arrestos disciplinarios por defender sus derechos profesionales. Y que dos de ellos, además, forman parte del recientemente creado Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

Quizás lo que preocupa es que el personal de las fuerzas armadas defienda sus derechos profesionales, que no esté dispuesto a acatar una obediencia ciega. Que se quieran contrarrestar los límites a la obediencia establecidos en el artículo 38 de las Reales ordenanzas de las fuerzas armadas y que los ciudadanos de uniforme no tengan la capacidad real de desobedecer órdenes que entrañen la ejecución de delitos.

El no respeto a los derechos humanos y a la dignidad de las personas en el seno de las fuerzas armadas condiciona las finalidades de éstas y por ello afecta al conjunto de la Sociedad. La vida militar no puede construirse en la vulneración de derechos. El estado español debe renunciar a las reservas al Convenio europeo de los derechos humanos y cumplirlo plenamente.

¡Sí se puede regular el comercio de armas!

Por: | 20 de febrero de 2014

Alberto Estévez, Amnistía Internacional España y Jordi Armadans, FundiPau (Fundació per la Pau). Ambos participaron en el proceso diplomático en la ONU para adoptar el TCA.

Nueva york

Acción de las ONG ante la sede de Naciones Unidas en Nueva York reclamando un Tratado

Las malas noticias para los derechos humanos y el desarme suelen ser la tónica habitual. En las últimas semanas hemos asistido, por ejemplo, al fracaso de las negociaciones de paz sobre Siria, al mazazo a la jurisdicción universal en España, la decisión del gobierno español de devolver a un solicitante de asilo de Kazajstán donde puede ser torturado o la deplorable actuación de la Guardia Civil en Ceuta.

Sin embargo, a veces hay rayos de esperanza, buenas noticias y pequeñas batallas que la sociedad civil gana, que demuestran que cuando hay una buena idea y un compromiso tenaz a largo plazo, ésta puede influir positivamente en la agenda internacional de los gobiernos en materia de derechos humanos y desarme.

Un ejemplo de ello es la votación que acaba de producirse en el Congreso de los Diputados, aprobando (por casi unanimidad, 313 a favor y una abstención) la ratificación del Tratado sobre el Comercio de Armas. Así, el Gobierno podrá depositar en breve los instrumentos de ratificación del Tratado en la ONU y, si se da prisa, España será el 12º Estado en ratificarlo. Una propuesta, la del Tratado, que el Gobierno ha apoyado sin reservas desde el 2005, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, sometidos a un estrecho marcaje por parte de Amnistía Internacional, FundiPau (Fundació per la Pau) y Oxfam Intermón desde que en 2003 se inició la campaña internacional “Armas Bajo Control”.

El Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) es el primer instrumento global legalmente vinculante que regula las transferencias internacionales de armas y municiones. Fue aprobado en una votación abrumadoramente mayoritaria (156 votos a favor, de 193 posibles) de la Asamblea General de Naciones Unidas el 2 de abril de 2013. Aún se nos ponen los pelos de punta cuando vemos las imágenes de la aprobación masiva del TCA en la sede neoyorquina de la ONU, máxime cuando fuimos parte del proceso de negociación del texto entre 2009 y 2013. Hasta la fecha, el TCA ha sido firmado por 116 Estados y ratificado por 11. Cuándo haya 50 ratificaciones, el Tratado entrará en vigor y los Estados tendrán que cumplirlo.

Sin embargo, el Tratado solo será de obligado cumplimiento para los “Estados Parte", es decir, aquellos que lo ratifiquen, y su universalización llevará tiempo. Aunque algunos países exportadores como Francia, Reino Unido, España e Italia lo ratificarán en breve, otros como EE.UU., el principal exportador de armas de un negocio que mueve en torno a 60.000 millones de Euros anuales, tendrá dificultades para ratificarlo de forma inmediata. En el caso de EE.UU. necesita una mayoría de 2/3 del Senado, en el que hay voces contrarias, principalmente del Partido Republicano. Otros exportadores importantes de armas, como China, India y Rusia, se abstuvieron en la votación, aunque hay matices. Mientras China es posible que firme en un plazo razonable, India objeta a diversas disposiciones del TCA, que considera afectan a su capacidad exportadora, y Rusia no ha mostrado interés en el Tratado, y se afana en una política agresiva de exportación, que incluye clientes que desprecian los derechos humanos.

El acuerdo del Congreso español refleja el sentir mayoritario de la opinión pública, contraria a la venta de armas para cometer atrocidades. El gran logro del TCA es que establece una “Regla de Oro” que prohíbe a los Estados transferir armas convencionales a otros países si saben que van a ser utilizadas para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra o facilitar su comisión. También obliga a todos los gobiernos a evaluar el riesgo de transferir armas, municiones o componentes a otros países donde puedan ser utilizados para cometer o facilitar graves violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Los gobiernos deben denegar las autorizaciones si hay un riesgo “preponderante” de esas graves violaciones que no pueda mitigarse, teniendo en cuenta el riesgo de que se utilicen para cometer actos graves de violencia de género, violencia contra las mujeres y los niños. La delegación del Gobierno español en las negociaciones, encabezada por el Embajador Carlos Sánchez de Boado, desempeñó una función especialmente activa y abierta en este proceso. El Gobierno español, que firmó el tratado en Nueva York el 3 de junio de 2013, fue el único Estado que manifestó entonces que aplicaría provisionalmente esta “Regla de Oro”. Ese compromiso público del gobierno es muy positivo y debe ser el principio rector de las decisiones sobre transferencias de armas españolas al extranjero. La prioridad debe ser evitar las ventas de armas que puedan ser utilizadas para cometer atrocidades.

El Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) no es una panacea, pero es un primer paso, que se puede mejorar progresivamente. No solventará todos los problemas asociados al comercio de armas, ni lo pretende, pero sienta las bases de su regulación, control y una mayor transparencia. A medio plazo, contribuirá a salvar millones de vidas y a iniciativas en materia de desarme de las armas convencionales, las verdaderas armas de destrucción masiva.

El TCA se aplicará a las principales armas convencionales (carros de combate, vehículos blindados de combate, sistemas de artillería de gran calibre, aeronaves de combate, helicópteros de ataque, buques de guerra y misiles y lanzamisiles) así como las armas pequeñas y las armas ligeras. Regula las exportaciones, importaciones, actividades de corretaje, tránsito y transbordo, aunque no el transporte y la financiación, por ejemplo. Exige a los Estados que establezcan un sistema nacional de control y medidas para evitar el desvío de armas convencionales y promueve la cooperación y la asistencia internacional. Implica importantes avances en  materia de transparencia, pues obliga a los Estados a presentar informes anuales sobre las exportaciones e importaciones autorizadas o realizadas.

El desafío del gobierno, el Congreso de los Diputados y la sociedad española es mantener la voluntad política de controlar el comercio de armas, igualar este compromiso con los recursos necesarios y ser activos en el ámbito internacional en la puesta en práctica del TCA. Lo que esta campaña ha demostrado es que “Sí se puede” regular el comercio de armas y evitar la venta de armas para cometer atrocidades. ¿Hará la ciudadanía que el Gobierno cumpla ese compromiso?

Mujeres visibles y transgresoras que transforman el mundo

Por: | 19 de febrero de 2014

Manuela Mesa y Laura Alonso, Centro de Educación e Investigación para la Paz (CEIPAZ)

Foto manuela i laura

A pesar de la diversidad y gran complejidad que los efectos de la violencia y la guerra tienen sobre las mujeres y los hombres, históricamente y aún hoy, existe un enfoque que vincula a las mujeres con el papel de víctimas en los conflictos, del mismo modo que se asocia a los hombres con individuos susceptibles de encarnar al héroe.

La sobrerrepresentación de las mujeres como víctimas alimenta la visión estereotipada y dicotómica entre mujeres y hombres, del mismo modo que refuerza un modelo de acción basado en mitigar los efectos de la violencia pero que no cuestiona ni persigue sus causas.

En los últimos años, y con el impulso de la Resolución 1325 aprobada en el año 2000 por el Consejo de Seguridad de la ONU, se han llevado a cabo múltiples iniciativas para poner en valor la construcción de la paz protagonizada por las mujeres. A pesar de que esta resolución ha superado ya ampliamente la década y de que muchas organizaciones de mujeres en todo el mundo trabajan con perseverancia para su implantación efectiva, los procesos de paz siguen dando la espalda a los aportes de las mujeres en el diálogo y en la toma de decisiones: las recientes negociaciones de paz en Siria son una decepcionante muestra de ello.

La exclusión de los aportes de la mitad de la población resulta más fácil cuando el imaginario social muestra desenfocadas o incluso ausentes a las mujeres de entre los que se identifican como actores de la paz. Desenfocadas cuando son mostradas como mujeres-pacíficas por naturaleza, sin ningún mérito más que serlo per se, sin mediar mayor capacitación o talento que el innato. Ausentes cuando son mostradas como mujeres-víctimas porque de ellas no se espera nada más que su recuperación o su olvido tras engrosar las incómodas cifras de víctimas o pérdidas humanas. Sin embargo, la realidad es obstinada y día a día la paz que construyen las mujeres transforma el mundo.

La reciente publicación “Visibles y Transgresoras. Narrativas y propuestas para la paz y la igualdad” de CEIPAZ-Fundación Cultura de Paz y WILPF España tiene entre sus objetivos poner en valor las contribuciones de las mujeres en la construcción de la paz facilitando nuevos referentes para su representación visual. Esta publicación otorga un papel clave a las imágenes como mecanismos simbólicos de representación (simplificación) de la realidad y por su importancia en la construcción de referentes y valores que son compartidos en el imaginario colectivo de una sociedad. También pretende abrir el necesario debate sobre el uso de imágenes por parte de las organizaciones sociales donde la paz que construyen las mujeres y sus valores asociados deben de ser referente para la transformación social, la promoción de la justicia y la paz.

Hacer visibles las propuestas de las mujeres y la transgresión que sus iniciativas suponen, frente a los discursos dominantes de violencia y abuso, nos ofrece un marco nutrido de valores estratégicos para la transformación social, la defensa de los derechos humanos y la paz que, tal y como está el mundo, no podemos ni debemos ignorar.

República Centroafricana: crónica de una guerra anunciada

Por: | 12 de febrero de 2014

Josep Maria Royo, Escola de Cultura de Pau, y Albert Caramés, Médicos Sin Fronteras

1390238467_000950_1390238954_noticia_normalLa alcaldesa de Bangui, Catherine Samba-Panza, es elegida presidenta interina de RCA en enero de 2014./ISSOUF SANOGO (AFP)

Este artículo, que cuenta con un extracto de una conversación con Albert Caramés, responsable de asuntos humanitarios de Médicos sin Fronteras (MSF), ubicado en RCA, surge de la preocupación ante el silencio recurrente que se cierne sobre uno de tantos países en el mundo cuya relativa importancia geoestratégica provoca que sólo sea la violencia y el desastre humanitario el que nos recuerde su existencia antes de regresar nuevamente al olvido mediático. Ese país no es otro que la República Centroafricana (RCA). Siempre comparado en tamaño a su antigua metrópolis, Francia, aunque con una población 14 veces inferior, se independizó de iure en 1960. Su historia postcolonial se ha caracterizado por una continua inestabilidad política, que ha desembocado en diversos golpes de Estado y dictaduras militares, la más estridente de ellas liderada por el emperador Bokassa en los años setenta.

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Robots armados para la guerra

Por: | 05 de febrero de 2014

Tica Font, Directora del Instituto Catalán Internacional por la Paz

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Campaña Stop Killer Robots

Hasta principios del 2000 los robots de uso militar eran simples adaptaciones de los robots civiles, no podemos decir que existiera un diseño de robot militar propiamente dicho. Cuando EEUU invade Irak en el 2003 los militares disponen de unos pocos vehículos no tripulados, drones, actualmente existen drones armados con misiles que pueden despegar, volar hasta un destino establecido, recargar combustible en vuelo y aterrizar sin la intervención humana, es decir que están programados para llevar a cabo estas tareas sin que un militar los esté comandando a distancia.

Los drones actuales están siendo utilizados para diversas tareas militares, espiar, obtener información, apoyar operaciones militares y disparar misiles contra presuntos terroristas. Las misiones que más debate generan estos drones en términos morales y de legalidad está siendo la de llevar a cabo asesinatos selectivos por parte de Estados Unidos en Pakistán, Afganistán, Yemen, Somalia o Líbano.

La industria y los centros de investigación robótica están trabajando en prototipos de robots con mayores capacidades autónomas, se especula que unos veinte o treinta años existirán robots que una vez activados pueden seleccionar y atacar objetivos sin la intervención humana, los llamados “robots autónomos letales” o “robots asesinos”.

Estas nuevas armas con capacidad de decir por si mismas si disparan o no, si matan o no, están generando un intenso debate. Por una parte se cuestiona si es posible o no, que los algoritmos de programación de los robots incluyan el cumplimiento del Derecho Internacional, el Derecho Internacional Humanitario o la Convención de Ginebra. En concreto se debaten tres principios jurídicos esenciales.

La responsabilidad, un robot es evidente que no tiene capacidad legal, moral o de cualquiera otro tipo y, por lo tanto, no puede ser responsable de sus acciones. Si hay un error o un acto de crimen de guerra ¿quién será el responsable? ¿El programador informático? ¿El fabricante?, ¿El militar? ¿El político que autoriza el despliegue? ¿Y sí es usado por un agente privado no estatal?

El principio de proporcionalidad exige que, antes de atacar, se debe evaluar el daño que pueda causarse a la población civil con respecto a la ventaja militar obtenida con la acción. La proporcionalidad es propia del discernimiento humano y se basa en conceptos como el sentido común, actuar de buena fe o que la orden sea razonable; para determinar si una ataque ha sido proporcional es necesario examinar si la persona que ha tomado la decisión de atacar estaba razonablemente bien informada de la situación, de las circunstancias o si ha hecho un uso razonable de la información disponible. La cuestión estriba en determinar si los robots pueden ser programados para replicar procesos psicológicos en los juicios de valor humanos necesarios para evaluar la proporcionalidad de una decisión.

El principio de distinción entre  combatientes y otros actores como insurgentes, civiles, niños, mujeres ancianos, etc. El robot no solamente tiene que ser capaz de distinguir si el objetivo es combatiente o no, sino que también tiene que hacer un balance de intenciones. En los conflictos actuales no es fácil identificar a los combatientes, ya que a menudo no llevan uniforme o insignias distintivas y suelen mezclarse con la población civil.

Christof Heyns, relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, ante la muy plausible incapacidad de que se puedan programar robots para que cumplan las normas del derecho internacional, recomendó a los Estados de la Asamblea General de UN que establezcan una moratoria en el desarrollo de ciertos robots letales.

Human Rights Watch es más contundente, afirma que las armas totalmente autónomas serían incapaces de cumplir las normas del derecho internacional, por lo cual deben de ser declaradas ilegales y prohibir su desarrollo2. A tal efecto ha puesto en marcha, junto con otras organizaciones una campaña para su prohibición.

El País

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