Sobre el autor

(Guadix, 1963).
Periodista y licenciado en Derecho.
Subjefe de sección de Nacional.
Premio Ortega y Gasset de
Periodismo 2010 por el caso Gürtel;
Premio de Periodismo El Defensor
de Granada, Premio Nacional
de periodismo Antonio Mompeón
Motos; Boehringer Ingelheim al
Periodismo en Medicina y premio
de periodismo jurídico del Colegio
de Abogados de Madrid.

Sobre el blog

Este blog pretende ser un hueco de debate e información sobre temas con olor a toga y otros aromas adyacentes. Está abierto a cuantos deseen aportar una visión sobre temas de actualidad del mundo judicial, y sus intrahistorias. Lo anecdótico y llamativo también tendrá su espacio en esta web. Sólo se excluye la falta de respeto.

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Dívar, "muy solo y noqueado"

Por: José A. Hernández | 30 may 2012

Al presidente del Tribunal Supremo y del Consejo del Poder Judicial, Carlos Dívar, sus colegas le ven "muy solo y noqueado". Salvo el grupo de vocales que lidera Margarita Robles, que maquina sin tregua para forzar su dimisión, la gran mayoría de consejeros, progresistas y conservadores, tratan de sosternerle, pero no porque crean a pie juntillas en él, sino porque piensan que con España al borde del colapso económico, su caída ahora perjudicaría todavía más la maltrecha imagen exterior del país. Casi nadie descarta que la presión pueda guiarle en algún momento a arrojar la toalla y dejar el cargo, la cúspide de la judicatura española. De momento, sigue atrincherado. 

Sus 20 viajes de dilatadísimos fines de semana a un hotel de lujo de Puerto Banús (Málaga), parcialmente cargados a las arcas del Consejo sin que se tenga constancia de si fueron oficiales, ha desatado una convulsión en el órgano de gobierno de los 4.500 jueces españoles. La tensión es máxima y el vaticinio se ha consumado. Tras haber decretado la fiscalía la ausencia de delito en la conducta de Dívar, un abogado le ha denunciado ante la Sala Penal de su propio Tribunal, el Supremo. Por estafa y malversación de caudales públicos. A él y al vocal conservador Miguel Collado, que está que trina porque también hayan metido sus viajes en el mismo saco turbio de Dívar.  En este caso, el Supremo ha tardado solo unas horas en archivar esta denuncia. Un alivio frente a tanta mala noticia que le permitirá reflexionar sin la tenaza de una causa judicial merodeándole.

¿Resistirá la presión? El juez y ferviente religioso que propuso María Teresa Fernández de la Vega a Zapatero y que Rajoy recibió con júbilo para ser aupado al primer sillón del tercer poder del Estado, no deja de preguntarse por qué el vocal José Manuel Gómez Benítez (exabogado de Garzón,  catedrático de Derecho Penal y negociador en nombre del Gobierno de Zapatero con ETA) se fijó en él. Y por qué durante los últimos meses, en silencio, sin excesivo ruido, Benítez reclamaba oficialmente y examinaba las facturas de sus viajes abonadas por el Consejo. Pero lo que nunca imaginó Dívar, ni él ni la gran mayoría de los consejeros, es que Gómez Benitez llegaría incluso a denunciarle.

Supiera e inspirara, o no, el férreo grupo de Robles (Félix Azón, Inmaculada Montalbán y Carles Cruz) lo que ideaba Gómez Benítez, evidenciar públicamente el escádalo de los viajes de Dívar a Marbella, lo cierto es que estos son los únicos que le defienden. Coinciden con él en pedir la dimisión del presidente del Supremo. “A Benítez lo están usando como lanzadera contra Dívar. Y, la verdad, a nosotros, el presidente, que sigue sin dar explicaciones de sus viajes, nos está poniendo muy difícil su defensa. Aún así, con la prima de riesgo superando los 530 puntos básicos, y por responsabilidad, entendemos que no es el momento de dejar caer al representante del tercer pilar del Estado, aunque se le sujete con la nariz tapada”, coinciden en señalar diferentes fuentes del Consejo.

Hay dos bloques en el Consejo, rematadamente dividido, una guerra abierta, y suspicacias latentes. Tras el caso Dívar la división ideológica ya no les diferencia. Muchos vocales del ala conservadora piensan que detrás de las peticiones de dimisión de Dívar por parte del grupo de Robles, irrumpe el deseo de colocar al presidente de la Sala Civil Antonio Xiol como sustituto de Dívar en la presidencia del Supremo. Pero algunos interpretan que la caída de Dívar sería un nuevo triunfo particular de Robles, quien en los últimos años ha logrado colocar como altos cargos de la judicatura a muchos amigos suyos merced a indisciplinados pactos con el sector de vocales de la derecha.  “Un pasteleo de libro”,  señalan aun disgustadas fuentes del sector progresista que han visto como Robles y el vocal conservador Manuel Almenar conseguían reunir los tres quintos necesarios de votos para elegir altos cargos. “Cuando regrese a la Sala Tercera del Supremo, Margarita se reencontará con jueces que le deben muy especialmente a ella estar allí”, señalan. Por eso, evitar el reforzamiento de los leales a Robles al socaire de esta crisis es la punta de lanza que aglutina a buena parte de los vocales que amarran ahora a Dívar del abismo. Pero el sustituto legal de Dívar, Antonio Xiol, acaricia más una plaza en el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Poder Judicial que se celebrará mañana, jueves, puede ser una reedición del anterior,  el del pasado día 24, que tanto desencantó a los partidarios, con matices,  de Dívar,  que aun así tendrá otra oportunidad de explicar sus viajes,  como también le reclama el PSOE.  El pleno del día 24 fue para eso, dar explicaciones, y el de mañana casi también. Muchos vocales confían en que no vuelva a esgrimir la norma que le exime de detallar sus desplazamientos y explicar la causa, si oficial o no, de las facturas.  El de mañana es un pleno en el que se debatirán cuatro escritos con el denominador común de Dívar y sus estancias en un lujoso hotel de Puerto Banús.  Unos le piden que los explique y/o dimite.  Otros, los proDívar, que se defienda si puede ante la opinión pública; y algunos que el pleno dé luz verde ya al cambio normativo que obligaría a todos a justificar y detallar gastos. Pero todos apuestan porque no se alcanzará ningún acuerdo. Las antiguas mayorías, incluso las forzadas de 3/5 de votos, la llave de los altos cargos electos, están despedazadas. 

Y es que desde que Benítez denunció a Dívar, reina la conmoción en el Poder Judicial.  El órgano de gobierno de los jueces lleva semanas tratando sin apenas éxito de gobernarse a sí mismo. Los jueces españoles pueden irse ahora tranquilos de vacaciones a Marbella. Quienes les controlan están descontrolados. Porque de lo que menos se habla ahora en la sede del Poder Judicial es del servicio que se presta en los juzgados a los ciudadanos. Los 20 viajes de fines de semana caribeños de Dívar a las cálidas costas de Puerto Banús mantienen eclipsados otros asuntos. El ¡¡sálvese quien pueda!!  se rumía en el ambiente.

El Poder Judicial español (el que sanciona a los jueces malos y premia a los buenos y a las amistades de los consejeros con altas magistraturas) lo componen 20 vocales, más el presidente Dívar (un coronel elevado a general jefe sin pasar por el generalato).  En su mayoría provienen de la judicatura o de la carrera fiscal.  Casi todos acabaron ahí porque gustaban al PP o al PSOE, que nunca olvidan favores. Fueron elegidos hace cuatro años por ambos partidos bajo el estricto método del “estos son los míos y yo no me meto con los tuyos”. Nueve eligió el PP e igual número el PSOE, que dejaron a CiU y PNV colocar a un vocal cada grupo. Una vez elegidos, se reunieron y eligieron (por indicación de Zapatero y Rajoy) a Dívar. Todos tienen rango de secretario de Estado pero cobran más que sus homónimos. Un dineral (6.500 euros netos al mes; Dívar, en concreto, algo más de 130.000 euros brutos al año); tienen coche oficial y hasta escoltas (Dívar, siete). Y si viajan en avión, Iberia les pasa por la sala de autoridades y les recoge en coche a pie de la aeronave. Van a gastos pagados y, salvo que mañana cambien la norma, si es que se ponen de acuerdo, no tienen obligación de contar ni a dónde se desplazan ni a quién invitan.  

La judialización del ‘caso Dívar’

Por: José A. Hernández | 29 may 2012

El caso de los viajes de lujo del presidente del Consejo del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, a un hotel de lujo de Marbella dio ayer una vuelta de turca. El abogado murciano José Luis Mazón, que suele activar o personarse judicialmente en casos mediáticos y de corrupción, ha presentado una denuncia por estafa y malversación contra Dívar y contra el vocal conservador Miguel Collado. Esta denuncia implica la judialización del caso Dívar tras el archivo por ausencia de delito decretado por la Fiscalía General del Estado a la denuncia que le interpuso el vocal progresista y exabogado del juez Baltasar Garzón José Manuel Gómez Benítez.

La denuncia de Mazón implica la judialización de un asunto que tiene bloqueada la actividad del Consejo del Poder Judicial desde que Gómez Benítez denunció el asunto ante la fiscalía. La denuncia de Mazón ha supuesto esta mañana una nueva sorpresa en el Consejo, que vive su peor crisis desde su constitución por el despilfarro de los viajes de Dívar y su negativa, tras el archivo por la fiscalía de su denuncia, a dar explicaciones a sus colegas del Consejo sobre los gastos de los 20 desplazamientos en larguísimos fines de semana que ha girado desde octubre de 2008 a un hotel de lujo de Puerto Banús. Según Gómez Benítez, Dívar habría cargado a las arcas del Poder Judicial parte de los gastos de sus viajes pese a que no hay constancia de que los mismos fueran oficiales. Mazón también pide que se investigue si el vocal Miguel Collado ha cargado gastos de sus viajes al Consejo.

Al poco de trascender la nueva denuncia contra Dívar y Collado, trece vocales del Poder Judicial han emitido este mediodía un comunicado en apoyo del vocal Collado en relación, dicen, con la denuncia interpuesta por Mazón ante Supremo para que se investiguen sus cuentas y las del presidente Carlos Dívar. En ese escrito, estos 13 vocales eluden respaldar, en cambio, al presidente Dívar. Los vocales que apoyan a Collado rechazan "por infundadas" las imputaciones vertidas sobre él y señalan que siempre se ha distinguido por "por su honestidad, integridad y dedicación a la carrera judicial y a la ciudadanía". El escrito lo encabeza la vocal progresista Margarita Robles y lo secundan Inmaculada Montalbán, Félix Azón, Fernando de Rosa, Miguel Carmona, Ramón Camp, Antonio Monserrat, Antonio Dorado, Pío Aguirre, Manuel Almenar, Gemma Gallego, Carles Cruz y Manuel Torres Vela.

Estos consejeros señalan que la denuncia de Mazón contra Collado está basada en “comentarios infundados” que supuestamente habría hecho Dívar. Sin embargo, el propio presidente del Consejo también redactó ayer su propio comunicado en el que “desmiente rotundamente” haber hecho ningún comentario relacionado con los gastos de los viajes de Collado.

La denunciante ante el Supremo de Dívar y Collado es la asociación Preeminencia del Derecho, representada por el abogado José Luis Mazón, que atribuye a Dívar y Collado delitos de estafa o apropiación indebida "o en su defecto por malversación de caudales públicos". Mazón ha acudido al Supremo porque entiende que la investigación realizada por la Fiscalía es una "farsa o pantomima" que demuestra el "lacayismo o dependencia del poder político de turno" del Ministerio Público. "Es por este escándalo que esta asociación detrae parte de su tiempo en hacer lo que la propia Fiscalía tenía que haber efectuado, denunciar judicialmente el caso para que se investigue", afirma. Mazón critica también al vocal Gómez Benítez, que denunció a Dívar ante la Fiscalía en lugar de hacerlo ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, "que no está sujeta a instrucciones gubernamentales".

Una juez a su secretaria: "... Más grandes los tengo yo"

Por: José A. Hernández | 28 may 2012

El Consejo del Poder Judicial ha expedientado a la juez de paz de Espartinas (Sevilla), María Dolores de la Rosa Garruta. El fiscal pidió para ella el pago de una multa de 1.200 euros por falta grave de abuso de autoridad. La juez Garruta odia a la secretaria de su juzgado y muy posiblemente la secretaria a ella. Hasta el punto de que en algunas conversaciones entre ambas, Garruta habría empleado lindezas del siguiente tenor: “¡Si tú tienes muchos cojones, más grandes los tengo yo!”; “¡ay, que me meo, que se me escapa el caldo!”; “soy más larga que una meada cuesta abajo…”.

Estas expresiones, que figuran en el expediente abierto por el Consejo, se agudizaron durante la mudanza de sede que tuvo que realizar el juzgado el año pasado. Un fenomenal embrollo que, para la secretaria, Rebeca Crehuet Olivier, fue la gota que colmó el vaso. Y que la llevó a poner el asunto en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y más tarde ante el Consejo del Poder Judicial. Como instructor fue nombrado el juez decano de Sevilla, quien tras tomar declaración a la juez, a la secretaria y a dos funcionarios/testigos, resolvió que había que actuar contra la juez Garruta por abuso de autoridad.

La reñida mudanza fue fijada para el día 26 de abril de 2011, por acuerdo del Ayuntamiento de Espartinas. Al llegar la secretaria al juzgado por la mañana vio que la mudanza se había materializado  la tarde anterior, pero sin estar ella, y que la juez Garruta había distribuido a su antojo el mobiliario. La secretaria se encendió: no le gustó el lugar donde la juez la había colocado a ella. Y quiso cambiar su ubicación. Pero la juez, según ella, la increpó diciéndole: “¡Quién coño te crees que eres, la mesa no se mueve porque lo digo yo, y aquí se hace lo que digo yo! Si crees que tienes muchos cojones, que sepas que yo los tengo más grandes”.

La secretaria contó también al instructor respecto a la juez: “Su actitud es despótica y prepotente, es una persona soez, ordinaria y maleducada, habiendo proferido en la sede del juzgado y en público expresiones como: 'soy más larga que una meada cuesta abajo'; y en una ocasión hizo una petición en la sala de vistas dirigida a la secretaria de si podía ir a mear”.  Además, “tiene afán de protagonismo y notoriedad, que se refleja en el normal funcionamiento del juzgado y que está entorpeciendo la marcha normal de los procedimientos. Ha manifestado su voluntad de estar presente en una serie de actuaciones, pero no comunica ni fija las horas de audiencia que determina el artículo 18 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio de Jueces de Paz, por lo que resulta difícil citar a las partes para realizar las correspondientes actuaciones, a pesar de haberla requerido para que fijara tales horarios”. Además, señala la secretaria, “el día 6 de junio de 2011 la juez de paz organizó una manifestación a las puertas del Juzgado en su propio apoyo” y en contra de ella.

La juez de paz prestó declaración ante el instructor el día 7 de junio de 2011. Respecto a la modificación unilateral de la fecha de la mudanza, señaló: “Los técnicos del Ayuntamiento me manifestaron que todo el tema del traslado estaba parado por culpa de ésta última [la secretaria]; y como corría prisa, decidí trasladar la fecha del día 26 de abril de 2011 por la mañana al 25, a las 16.00. Informé de ello a la secretaria, pero ella se negó a que tal traslado se hiciera sin su presencia y mostró su voluntad de no asistir esa tarde al no tratarse de su horario de trabajo, a pesar de lo cual así lo acordó la juez [ella]. Al día siguiente, se personó la secretaria en la nueva sede y me llamó gilipollas. Además, tuvimos un conflicto con la sustitución del mobiliario, por lo que nuevamente fui insultada y me sentí amenazada”.

La juez Garruta negó haber efectuado las expresiones malsonantes que se le imputan, si bien  reconoció “que a veces ha empleado algunas expresiones coloquiales que deben interpretarse en el contexto social propio del lugar, pero que en ningún caso iban dirigidas al personal del juzgado o a los profesionales”. Solo admitió que “un día, en sala, pidió permiso para ir al baño”. También negó “haber fomentado la convocatoria de una manifestación a la puerta del Juzgado”, pese a que “conoció su existencia”. Si malas son las relaciones con la secretaria judicial, tampoco eran buenas con algunas funcionarias. Una de ellas contó al instructor: "La juez es normalmente muy malhablada". En concreto, un día, en sala, le dijo a la secretaria, en voz alta y delante de todos los profesionales, que si podía “ir a mear”.  Y añadió: "La juez no viene a diario al juzgado, ni tiene fijado un horario de audiencia al público, aunque ignora si la secretaria judicial le ha requerido para que la fije". Y también ignora si la manifestación celebrada a la puerta del Juzgado en apoyo de la Juez de Paz fue convocada por la juez.

Otra funcionaria del juzgado ratificó que el traslado de sede se hizo en contra de la voluntad de la secretaria judicial, "que era la encargada de realizarla, y sin su presencia”. Recordó, eso sí, cómo al día siguiente de la mudanza, ya en la nueva sede, la secretaria intentó “mover una mesa de su despacho que había sido colocada Incorrectamente” y la juez se lo “impidió” manifestando que “ella era la juez de paz y debían tener cuidado con quien estaban hablando”. “La juez es muy malhablada. En una ocasión”, precisó, “dijo en sala a la secretaria que si podía ir a mear"; y en otra, “que le diera recuerdos a su prima, que es una hija de la gran puta”.

Tras estos testimonios, el instructor del expediente entendió que los hechos era constitutivos de “una falta grave del artículo 417,9º de la LOPJ, y dos faltas graves previstas en los números 5 y 10, respectivamente, del artículo 418 del mismo cuerpo legal” (abuso de autoridad).

De los actuado, la inspección del Consejo del Poder Judicial sacó sus propias consideraciones, las siguientes:

 1.- Que en fecha 25 de abril de 2011, Doña María Dolores de la Rosa Garruta, en su condición de Juez de Paz del Juzgado de Espartinas, autorizó, pese a no ser la competente para ello, el traslado de la sede el Juzgado en horario de tarde, en ausencia de la Sra. Secretario, Doña Rebeca Crehuet Olivier, la cual había acordado con los funcionarios municipales que dicho traslado se realizara en la mañana del día siguiente a su presencia y bajo su responsabilidad.

 2.- Que el día 26 de abril de 2011, y una vez en la nueva sede, al disponerse doña Rebeca Crehuet Olivier a cambiar la ubicación de su mesa de trabajo, la Sra. Juez de Paz se opuso a que lo hiciera vertiendo expresiones tales como que quién “coño” se había creído que era, y que la mesa no se movía porque lo dice ella, que es su jueza de paz y en el lugar se hace lo que ella dice; además de otras expresiones soeces de las que habitualmente suele hacer uso en público en la sede del juzgado ante funcionarios y profesionales y que constan explicitadas en los escritos de denuncia (en concreto, hacer petición pública de ir a “mear”).

 3.- Que en distintas ocasiones ha hecho clara ostentación pública de su cargo, y en otras (en concreto hallándose celebrando juicios de faltas y un acto de conciliación el día 12 de mayo de 2011) ha dejado patente en su actuación su amistad hacia alguna de las partes. 

4.- Que la sra. juez de paz no tiene fijado un horario de audiencia pública, pese a haber sido expresamente requerido para ello por la sra. secretario judicial, lo que dificulta la normal tramitación de los asuntos,  ante la imposibilidad que tiene esta última para realizar los señalamientos, al no conocer si la Juez acudirá o no ese día al Juzgado, ya que no lo hace con asiduidad, desatendiendo sus funciones.

 La inspección del Consejo concluyó que “los hechos referidos podrían ser constitutivos de distintas infracciones: en primer lugar, de una falta muy grave (...) puesto que no comparece con asiduidad al juzgado, y aun cuando manifestó a la Sra. secretario su voluntad de estar presente en todas las actuaciones, no ha fijado horario expreso de audiencia al público, pese a los requerimientos que a tal fin le ha dirigido ésta". Además, "su conducta descrita podría estar incardinada en la faltas grave tipificada en el número 5 del artículo 418 de la citada Ley Orgánica, que recoge como tal el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial”. 

La fiscalía pidió para ella un total de 1.200 euros de multa por ambas infracciones. El Consejo no ha informado si ha resuelto o no aún este expediente.

 

 

La Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido a trámite la querella por delito continuado de prevaricación interpuesta por la Fiscalía de Madrid contra la juez Coro Cillán por su actuación en relación con la famosa discoteca madrileña Moma, 56. La fiscalía le imputa haber actuado arbitrariamente al otorgar un supuesto trato de favor a “un amigo íntimo” en el asunto de esta discoteca, que cayó en su juzgado, el número 43 de Madrid, estando ella de guardia.

Cillán es la juez de Madrid que durante los últimos años intentó reabrir, sin éxito, el caso de los trenes de la muerte de Atocha, el 11-M, a pesar de que ya estaba juzgado y sentenciado por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.

La admisión a trámite de la querella, de la que será informado el Consejo General del Poder Juidicial, no implica la suspensión inmediata de Cillán en sus funciones. Hasta  2011, el órgano de gobierno de los jueces tenía por costumbre apartar inmeditamente a un juez de su juzgado si un fiscal se querellaba contra él y la querella era admitida a trámite. Desde 2011, en cambio, el Consejo se ampara en la normativa que indica que la suspensión tendrá lugar solo cuando un tribunal entienda que “hay lugar a actuar” contra el querellado, bien emitiendo un auto de procesamiento o decidiendo sentarle en el banquillo. Pero no antes. Fue la norma que se aplicó en el caso del juez Garzón.  

Según la querella de la fiscalía, Cillán, estando de guardia el 21 de septiembre de 2011, asumió una denuncia de uno de los socios de Moma con otra otro. El denunciante pedía, como medida cautelar urgente, el precinto del local. Desde el primer momento, resalta el fiscal, la juez “se posicionó a favor de la parte denunciante, dictando una serie de resoluciones judiciales en beneficio de la misma, a pesar de ser consciente de que dichas resoluciones resultaban arbitrarias, inmotivadas, y sin la mínima base fáctica que las pudiera justificar”.

Reseña la fiscalía que Cillán, justo después de asumir la denuncia, “instó vehementemente de la fiscal que desempeñaba funciones de guardia, la emisión de un informe favorable a las pretensiones de la parte denunciante”. La fiscal, sin embargo, se opuso a dicha petición, al entender que antes era necesario una “comprobación de los hechos denunciados”, habida cuenta de que, además, “ya constaba otra denuncia" entre las mismas partes de la que habia conocido otro juzgado de Madrid, el 38.  Es decir, sobre ese tema “existía ya un pronunciamiento judicial de fondo en relación con las diferencias existentes entre denunciante y denunciado, toda vez que, en fecha 06/07/11, el mismo denunciante había interpuesto, y básicamente por los mismos hechos, otra denuncia contra el mismo socio denunciado, que recayó en el Juzgado de Instrucción 38, interesándose en aquella ocasión y como medida cautelar el lanzamiento de quienes ocupaban el inmueble donde la entidad MOMA desarrollaba sus negocios”.

El juez del 38, al que también se habían pedido medidas cautelares, sobreseyó el tema tras una exhaustiva investigación en la que llegó  “a la inequívoca conclusión de que la administración de hecho de la sociedad MOMA por parte del denunciado aparecía justificada".  Y que, en todo caso, las partes debían dirimir sus diferencias en la via civil. 

El fiscal señala que, aunque Cillán era consciente de la resolución del juzgado 38 y del informe desfavorable del fiscal”, y “sin practicar ninguna diligencia de comprobación complementaria” ni dar “audiencia a la parte denunciada” ordenó ese día el precinto de Moma y arrebató la administración al denunciado.

Le reprocha el fiscal a Cillán que, tras precintar el local, debió enviar la causa a reparto del Decanato, pues la misión del juez de guardia se limita a la adopción de la medida cautelar, pero no puede quedarse con el asunto, y menos aun si ya ha sido resuelto por otro juzgado. Aún así, y pese a que era “consciente de que carecía de competencia” ordenó  “a un agente judicial”, que había enviado el asunto a reparto, que lo “rescatara” con el fin de “incorporar las diligencias como un procedimiento más de su juzgado”.

La querella prosigue así: “El 22 de septiembre, es decir, al día siguiente de la guardia, levantó el precinto acordado, procediendo a decretar mediante auto la administración judicial de la sociedad, nombrándose para ello, sin dar audiencia al Ministerio Fiscal, a un administrador judicial, sin que el auto en que se acordaba medida de tal transcendencia estuviera mínimamente fundamentado”. “A pesar de que se vulneraron las normas de reparto y de que en cualquier caso debiera haberse inhibido a favor del Juzgado de Instrucción nº 38, como reiteradamente se le puso de manifiesto en numerosos Informes por parte del fiscal (…) la querellada", sostiene el fiscal, "continuó instruyendo el procedimiento, dictando providencia en fecha 30/09/11 en la que se nombró a tres administradores judiciales para que actuaran mancomunadamente”. Uno de ellos fue “don Francisco Javier Caballero Dotres, con el cual la magistrada”, dice la fiscalía,  “tenía una relación de íntima amistad; acordando, asimismo, por auto de 20/10/11, nombrar administrador único al Sr. Caballero Dotres, ante la renuncia de los otros dos administradores judiciales”. Llegó a fijar para él un sueldo de 18.000 euros al mes, que luego redujo.

Y no sólo eso: “la magistrada querellada ordenó la apertura en fecha 18/10/11 de una cuenta corriente en la sucursal de la entidad Banesto, sita en la Calle Capitán Haya nº 43, a fin de canalizar en la misma los ingresos y gastos derivados de la administración judicial, siendo la cuenta la nº 0030-1845-19-0001858271, figurando como titular de la misma la Entidad “MOMA 56 S.L., y como apoderado D. Francisco Javier Caballero Dotres; sin que haya constancia de que en el procedimiento instruido se reflejara documentalmente la apertura de la reseñada cuenta, así como los movimientos habidos en la misma”.

Finalmente, “con fecha 7/11/12, el mismo día en que tuvo conocimiento de que por la Fiscalía se requería de su Juzgado la remisión de testimonio completo de las actuaciones, dictó una providencia remitiendolas" al Decanato para reparto.  

Recuerda la fiscalía “la jurisprudencia del Tribunal Supremo”, que señala que el “delito  no se produce por la aplicación errónea del derecho sino por dictar, a sabiendas, una resolución injusta”. Y que tal injusticia "puede derivar de razones de fondo, y también existirá cuando haya importantes defectos de forma o procedimiento”.

La fiscalía pide que se cite para declarar a la fiscal Soledad García Serrano; a la secretaria Sacramento Fernández Vivancos; a la también secretaria Celia García Moreno Carrobles; a Ángeles Añover López (gestor procesal del Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid); a Segundo Pérez García (gestor procesal del mismo juzgado); a Luis Quesada Carcelén, tramitador procesal del Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid; a la fiscal del Juzgado 43 Conrado Saiz Nicolás, y al denunciante que sufrió la supuesta arbitrariedad de Cillán.

 

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha archivado las diligencias que abrió al anterior juez instructor del caso Gürtel, Antonio Pedreira, por no haber tramitado una cuestión de competencia negativa ante el Tribunal Supremo sobre sí debía ser él o sus colegas de Valencia quienes investigasen al exdirector general de Canal 9, Pedro García, en relación con su implicación en el saqueo de la visita del Papa en 2006 en Valencia, de la que la trama Gürtel logró un pelotazo de casi tres millones de euros.

La Sala de Gobierno (que preside Francisco Vieira y que integran también magistrados como la presidencia de la Audiencia de Madrid, Ana Ferrer; el juez decano, José Luis González Armengol, y el magistrado Antonio Viejo, entre otros) ha acordado archivar las diligencias. El volumen de la causa, una de las más densas en cuanto a informes y documentos de las que se tramitan en España, el hecho de que el asunto surgió cuando el TSJM había perdido la competencia sobre Gürtel en favor de la Audiencia Nacional y solo tramitaba lo urgente, aparte de que el citado asunto ha sido solventado sin problemas, son las razones que esgrime la Sala de Gobierno para archivar las diligencias informativas abiertas.

Estas diligencias fueron incoadas por Vieira el pasado 8 de marzo de 2012, después de que el Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional, el que dirige Pablo Ruz y que instruye ahora Gürtel, preguntase sobre al TSJM sobre esa cuestión de competencia.

La Sala de Gobierno indica en una nota: “Por unanimidad, la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid, una vez conocidos los informes elaborados por la Sra. Secretario de la Sala de lo Civil y Penal de este tribunal, por el Juzgado Central nº 5 de la Audiencia Nacional y por el magistrado juez instructor de las diligencias previas 1/2009 de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, considera, por un lado, que el planteamiento de la cuestión de competencia negativa ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo y la sustanciación de los trámites oportunos para darle curso vino a coincidir prácticamente en el tiempo con la pérdida de competencia de la Sala Civil y Penal del TSJM para el conocimiento de la causa”.

Y añade: “Y, por otra parte, considera también que lo voluminoso de las actuaciones, con las complicaciones añadidas que ello comporta en orden a preparar la causa principal y la ingente documentación para su remisión al órgano que resultó competente para continuar la instrucción, el Juzgado de lo Central nº 5 de la Audiencia Nacional, explica que no se aprecien motivos que aconsejen el alargamiento innecesario de las diligencias informativas incoadas el 8 de marzo, así como su archivo, máxime cuando la omisión padecida ha sido ya subsanada por el órgano que actualmente tiene atribuida la competencia”.

El juez Pablo Ruz ha entrado de lleno en los actos que efectuó la trama Gürtel para el Gobierno de Esperanza Aguirre en la Comunidad de Madrid, y de los que la trama que dirigía Francisco Correa obtuvo suculentas comisiones. A través de su exvicepresidente de Presidencia, Alberto López Viejo, quien se halla imputado y que, según informes policiales, cobró fuertes comisiones de la red, la trama organizó casi todos los actos protocolarios y de proyección pública de la presidenta Esperanza Aguirre entre los años 2004 y 2009. Cada vez que Aguirre inauguraba un hospital, como los de Valdemoro, Majadahonda o Coslada; colegios de la región, o asistía a eventos institucionales, detrás de los atriles y decorados, específicos para ella (Gürtel procuraba incluso que el colorido del escenario fuese acorde con el vestido que llevase ese día Aguirre), se hallaba la trama mafiosa y sus decenas de empresas.

En registros policiales efectuados en el local que la red tenía en la calle de Serrano, los agentes encontraron expedientes sobre esos actos y sus importes, hiperinflados. Algunos costaron casi el doble de lo que habría percibido cualquier otra empresa del mercado. Pero en ellos, supuestamente merced a las buenas relaciones entre López Viejo y la trama, solo podía meter mano la red de Correa.

El juez Ruz ha entrado ahora a saco en este tema. Y acaba de dictar un auto que ocupa 15 folios en el que reclama al vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, que le facilite los contratos y expedientes completos de 317 actos organizados o participados por Gürtel para el Gobierno regional, y en especial para su presidenta, Esperanza Aguirre. Pide, por ejemplo, que se le aporte el expediente de un viaje que giró Aguirre a Rumania en enero de 2006; otro que derivó en un vídeo de alabanza a la gestión de la presidencia; otro sobre un acto de la Bescam, policía local autonómica; otro relacionado con el ascenso del Getafe a primera división de fútbol, uno más sobre un convenio de colaboración por la igualdad de la mujer, así como decenas de actos de inaguración a las que asistió la presidencia regional durante esos años.

Tras la dimisión de su exvicepresidente López Viejo, Aguirre señaló que ella siempre estuvo al margen de la operativa de estos contratos, a pesar de que la trama fue la que le hizo durante seis años casi todos sus actos de proyección pública. La decisión de Ruz de entrar a saco en los actos de Aguirre supone un fenomenal avance en la instrucción de caso Gürtel, cuyos tentáculos abarcan varias comunidades autónomas (Madrid, Valencia, Andalucía, Aragón y Castilla y León). Las pesquisas sobre la trama de Madrid iban ralentizadas, pero ahora empiezan a tocar el corazón administrativo de las fechorías de Gürtel en el Gobierno regional de Aguirre, que, de momento, se ha saldado con la dimisión e imputación de López Viejo y de otros dos diputados de la Asamblea madrileña.

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha reducido de 600.000 a 200.000 euros la fianza que debe depositar el cabecilla de la red Gürtel, Francisco Correa, si quiere abandonar la situación de prisión provisional en la que se halla desde 2009. Desde su ingreso en prisión hace algo más de tres años, Correa ha pedido una decena de veces quedar en libertad, pero los distintos jueces instructores de la trama, o se la han negado o le han impuesto importantes fianzas porque no se fían de él y entienden que persiste el riesgo de fuga, dado que la policía sospecha que el jefe de Gürtel aun oculta mucho dinero en el extranjero. Solo en Suiza, su red escondía 23 millones de euros.

El juez Pedreira llegó a imponerle 15 millones de euros de fianza, que su abogado, José Antonio Choclán tildó de muy desproporcionada. El importe inicial de la fianza a Correa ha ido reduciéndose paulatinamente, hasta los 200.000 euros que ha fijado ahora Ruz, a medida que avanzan su periodo de reclusión preventiva. Sin juicio no puede estar en la cárcel más de cuatro años.

Correa es el único de los tres encarcelados de la red que sigue aun preso. Su número dos, Pablo Crespo, exsecretario de organización del PP de Valencia, quedó en libertad provisional hace dos meses tras pagar una fianza de 100.000 euros.  Y anteriormenete recuperó la libertad, también bajo fianza, el tercer cabecilla de la red, Antoine Sánchez, primo y testaferro de Correa.

El juez Pablo Ruz acaba de dictar una resolución en la que imputa a otros dos altos cargos de la televisión pública valenciana Canal 9 en relación con el saqueo que sufrió la visita del Papa a Valencia en 2006 a manos de la trama Gürtel. Los dos nuevos imputados son  Luis Sabater Balaguer, jefe del departamento técnico de Canal 9, y Antonio de la Viuda, director de antena de este canal.

El juez les atribuye delitos de malversación continuada de caudales públicos, prevaricación y falsedad por sus gestiones a favor de adjudicar la instalación sonora y acústica de la visita papal a la empresa leonesa Teconsa, vinculada a la red Gürtel y utilizada como pantalla para esta operación a cambio de 200.000 euros.  El contrato fue adjudicado a Teconsa por 7,5 millones de euros, pero casi la mitad del dinero se lo repartieron los cabecillas de la trama. Ya que los trabajos fueron subcontrados a otras empresas, que los hicieron por la mitad de ese dinero.

La imputación de Sabater y De la Viuda se produce después de la reciente declaración que prestó también como imputado Pedro García, máximo responsable del ente público valenciano cuando se efectuó la adjudicación del contrato, y quien supuestamente habría facilitado la operación a Teconsa, empresa sin ninguna experiencia en ese tipo de trabajos, en connivencia con los cabecillas de la red mafiosa, con los que mantenía una estrecha vinculación. Informes policiales señalan que García obtuvo una tajada de 500.000 euros de este contrato.  

El juez Ruz también ha imputado al empresario Carlos Fragio en relación con esta fraudulenta contrata. Le imputa un delito contra la Hacienda Pública. Fragio es uno de los empresarios responsable de dos de las empresas que finalmente hicieron ese trabajo. Hace unos días, uno hermano suyo, Óscar, declaró ante Ruz que pagó una comisión de 88.000 euros al número dos de la red, Pablo Crespo.

El derecho a la información, ¿una utopía?

Por: José A. Hernández | 13 may 2012

La Audiencia de Madrid mantiene imputada a la periodista de la Cadena Ser Pilar Velasco por revelar un secreto (un viaje oficial) de Ignacio González, el todopoderoso número dos de Esperanza Aguirre en el Gobierno de Madrid. A González se le ocurrió viajar a Cartagena de Indias con dos altos cargos del Canal de Isabel II y ¡mire usted por donde! unos malvados detectives españoles siguieron sus pasos por la calle y le grabaron entrando en un piso con unas bolsas y saliendo después sin ellas. Punto.

Aunque a  bote pronto asaltan dos preguntas: una de ellas trata de despejarla el juez Carretero: imputados los detectives falta saber quién les contrató, a ellos; las miradas no enfocan lejos de su entorno presente y pasado.  La otra inquietud es qué había en esas bolsas, opacas: quizás unos zapatos, libros…

Lo cierto es que Pilar Velasco tuvo acceso al vídeo de la caminata y lo divulgó. Era la prueba periodística incontestable de que alguien había grabado en Colombia al segundo que más manda en el Gobierno de Aguirre. Sorpresivamente el derecho constitucional a la información, veraz, decae ahora ante el de imagen e intimidad de un político en viaje OFICIAL.

Desde ya renuncio a escribir noticias impertinentes. No quiero inquietar a nadie; y menos a un político que maneje dinero público.  Y si a alguien se le ocurre ofrecerme un vídeo del viaje (OFICIAL) de Ignacio González paseando con bolsas que desaparecen tras entrar en un edificio de Cartagena de Indias, se lo tiraré a la cara, educadamente.  González trataría de entrullarme, como con Pilar Velasco. A estas alturas solo acepto vídeos previamente depurados y edulcorados.  Sería fantástico quemar todos los vídeos inquietantes de políticos en viaje OFICIAL y divulgar solo los de la hemeroteca del NO-DO.

Pero no quiero líos, señores. Vídeo es sinónimo de caérsele a uno el pelo. Da igual que el juez Carretero (sí, el que investiga a Sor María, la monja que  decidía si una parturienta era digna de quedarse con su bebé), haya dictaminado que la periodista solo hacía su trabajo, es decir, exhibir la prueba de que a González lo espiaban. O mostrar a la ciudadanía que González, aun en viaje oficial, se vale él solito para llevar con sus manos sus propias bolsas. Lo que fuera en ellas es irrelevante (y nada presupongo). Es irrelevante si lo espían y el contenido mismo de las bolsas. La noticia es que él lleva sus propias bolsas por la calle sin ayuda de nadie, y cómo estas se evaporan en el santiamén de entrar y salir de un bloque de pisos. No acercamos sin darnos cuenta al terreno de la magia.   

Pero les decía antes que yo me doy de baja.  Uno ya tiene edad como para tentar la cárcel, o el banquillo de los delincuentes, y menos por dos simples bolsas. Me acuerdo de los portadores de bolsas de la trama Gürtel y me pregunto si han servido de algo los cientos de horas que pasé tras ellos. Y les confieso que revelé secretos, pero no me arrepiento. Las arcas son públicas. De todas formas los de la Gürtel no habrían podido llevar bolsas por la calle, pesaban demasiado. Sin tener ni idea, alocadamente, algunos del PP se hartaban de decir que Rubalcaba, el malo, era el filtrador de Gürtel. A El País.  ¿Quién no ha oído eso?  Es impresentable cómo se habla desde la ignorancia. Aún así, quien les escribe aguantó las embestidas. Y trabajó a deshoras.

Pero señores, insisto, yo me doy de baja. Porque lo de la Audiencia de Madrid, empurando a Pilar Velasco, no tiene perdón de Dios. Que jueces como Juan José López Ortega y Mario Pestana, de acreditada solvencia progre, quieran enjaular a mi colega porque se le ocurrió revelar el secreto de un vídeo hecho por otro y acerca de otro (un político en viaje oficial) que iba en plena calle con bolsas de plástico que se esfuman tras visitar un edificio, disuade almas. Pero aquí no hablamos de secretos, solo de magia.

Una cuestión para debatir: ¿Estamos ante un retroceso de la jurisprudencia constitucional que da prioridad al derecho a la información sobre el de la imagen e intimidad?

 

José G. L. ha pedido una indemnización al Estado de un millón de euros por los tres amargos años que pasó. De repente, se vio sin casa y sin hija. Su expareja sentimental le puso una denuncia por violencia de género (injurias y vejaciones) y, como medida cautelar, el juez le echó de su propia casa (orden de alejamiento). La casa era suya, pero el magistrado valoró la existencia de una hija menor de la pareja y dictaminó que él debía irse y quedarse la madre y la niña. Muchos meses después, salió absuelto de todo. Y quiso volver a su vivienda, pero se topó con la justicia y sus largas demoras. Su mayor sorpresa fue cuando descubrió, por unas pruebas de ADN, que la hija que creía suya no lo era.

Los hechos son los siguientes:  Francisca P.L., expareja sentimental de José, interpuso en abril de 2007 una demanda reivindicando la guardia, custodia y pensión de alimentos, y la casa como hogar de la menor. Simultáneamente, solicitó medidas provisionales urgentes. Al juzgado se le olvidó hacer la comparecencia necesaria para decisiones así. El 6 de mayo de 2007, ella le denunció por un delito de violencia de género (insultos).  El Juzgado de Instrucción 4 de Getxo incoó diligencias urgentes, también por delito. José G. L. explicó al juez que “la denuncia no obedecía a otro motivo que el retraso en la adopción de las medidas provisionales” y que su expareja había activado torticeramente esa vía urgente para “colocarse en una posición más favorable en la contienda judicial”.  El  7 de mayo de 2007, el juez le ordenó “abandonar de manera inmediata su domicilio”.  

A instancias del fiscal, en agosto de 2007 se practicó a ambos miembros de la pareja un examen psicológico. La denunciante describió “un cuadro depresivo”, mientras que el denunciado evidenció “normalidad en todos los ámbitos de la vida”.  El 21 de enero de 2008, la fiscalía logró del juez que considerase los hechos como una falta de injurias. Por entonces,José G. L. llevaba nueve meses fuera de su domicilio.  El juicio por la falta se celebró finalmente el 17 de julio de 2008. El juzgado le condenó “a la pena de 8 días de localización permanente y a que indemnizara a la denunciante en la cantidad de 500 euros”.  

José G. L. recurrió, y la Audiencia Provincial de Vizcaya le dio la razón y le absolvió: “[En] el caso presente”, dictaminó la Audiencia, “no resulta siquiera necesario entrar a examinar si las relaciones entre las partes, de las que cada una da una pormenorizada y compleja versión en los escritos de recurso y de oposición, permiten considerar la concurrencia de un móvil espurio en el testimonio de la denunciante, pues para solucionar la presente controversia basta atender a la circunstancia de que la sentencia no recoge indicio ni hecho alguno que constituya corroboración periférica de lo que afirma la denunciante.  Se trata de unos supuestos insultos (…), de modo que la sentencia apelada prefiere su versión antes que la del denunciado sin ningún motivo objetivado, convirtiendo la resolución judicial en mero ejercicio de arbitrio cuya fundamentación no aparece en la misma”.

Para entonces, José G.L. llevaba 1 año y 7 meses expulsado de su casa. Y la contienda seguía. Receloso de su expareja, se hizo una prueba de ADN y la cotejó con la de quien creía su hija. Descubrió que no lo era, y dejó de pagar la pensión de alimentos. Su expareja le denunció también por eso. Y el asunto recayó en el mismo juzgado que había acordado su expulsión de la casa, preferente al disponer de competencia en materia de violencia sobre la mujer; y el juez acabó dándole a ella la razón: concurria  impago de la pensión.

José G. L. apeló ante la Audiencia de Vizcaya, que revocó la sentencia y le dio la razón a él. La menor no era su hija y no estaba obligado a pagar. Su expareja recurrió al Tribunal Supremo, sin éxito. Pese a que había ganado todos los juicios, el juez mantuvo el caso abierto. Estuvo en la calle, tras otros recursos de ellas oponiendonse al lanzamiento, hasta el 10 de marzo de 2010, es decir, casi 2 meses después de la fecha prevista del primer lanzamiento, 9 meses más tarde de solicitarse la ejecución provisional, 14 meses después de haber solicitado la terminación del procedimiento, y casi 3 años después de que se dictase la “injusta” resolución, por la que se le obligaba a  abandonar su domicilio.

El Poder Judicial ha analizado el caso de José G. L.  y  no le ha dado la razón. No porque no la lleve, sino porque señala que, entre sus funciones, no está la de corregir decisiones judiciales. Los jueces son independientes. Y frente a sus errores existe el mecanismo del recurso. Y que un error judicial solo pueden calificarlo las instancias superiores de los jueces, no el Consejo. Tampoco ve el poder Judicial que en estas diligencias concurran dilaciones indebidas en su tramitación. Entiende que han sido prolijas las resoluciones y que no ha habido interrupciones.

Concluye el Poder Judicial, en una ponencia del vocal Claro José Fernández Carnicero, que no cabe calificar de injusto el auto mediante el que José G. L. fue expulsado de su casa: “El Consejo General del Poder Judicial carece de facultades para examinar el acierto o desacierto de las resoluciones judiciales. La cuestión planteada no se sitúa en el ámbito del funcionamiento normal o anormal de la Administración de Justicia, sino en el estricto ámbito del ejercicio de la potestad jurisdiccional”.

La decisión del Consejo del Poder Judicial no es vinculante para el Ministerio de Justicia, que es quien paga, o no. ¿Creen ustedes que José L. G. debería ser indemnizado?

El País

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